La Fiscalía de Estado y el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) acudieron hoy ante la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) en apelación del fallo que dictara el lunes 7 de enero el juez Alejandro Joel Cánepa, que obligó al Estado a cubrir un medicamento, solicitado por los papas de un nene de 4 años que está en proceso de recuperación de la operación de un tumor, y cuyo costo ronda los $10 millones.
En la causa caratulada «Raineri Gonzalo Jesús. En representación de su hijo menor Raineri Enzo Gabriel c/Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos y Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/Acción de Amparo», el juez Cánepa ordenó al Estado cubrir el 100% del costo de esa medicación, del modo siguiente: un 80% a cargo del Gobierno, que para eso deberá readecuar partidas presupuestarias, y el 20% restante a cargo del Iosper.
Cánepa sostuvo que debe priorizarse el diagnóstico y la recomendación de tratamiento dado por la médica tratante -la oncóloga Mercedes García Lombardi, del Hospital Ricardo Gutiérrez, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- y desestimó así los reparos puestos por los auditores de Iosper y también del forense, cuya opinión fue solicitada en la causa. A Enzo Raineri le diagnosticaron un cáncer infantil conocido como neuroblastoma IV, de alto riesgo, con metástasis en médula osea y huesos del cráneo. Lo operaron, le extirparon el tumor y le recetaron la aplicación de una medicación que no se fabrica en el país sino que se importa de Alemania: dinuximab beta.
En su sentencia, el magistrado reprochó la posición de Iosper que, dijo, «pretende ponernos en una disyuntiva de hierro en relación a la comparación entre el costo del medicamento prescripto para Enzo y las demás prestaciones a su cargo, y la forma en que se resentirían otros afiliados que también necesitan -imperiosamente- la cobertura de salud de ese organismo». Y subrayó: «Sencillamente, y con tales antecedentes, no es justo responsabilizar a Enzo -de tres años de edad- por las prestaciones que -según el citado organismo- deberían dejar de hacerse respecto de otros afiliados para cubrir los costes de su enfermedad».