El Colegio de Odontólogos de Entre Ríos dispuso aplicar sanciones a aquellos matriculados que no cumplan con el regimen arancelario aprobado para las obras sociales, y que encuentra resistencia, entre otros, en el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper).
A través de la resolución N° 404, del 27 de noviembre último, el Colegio de Odontólogos estableció un protocolo arancelario para convenios y contratos asistenciales «mediante los cuales se brindan prestaciones odontológicas a beneficiarios del sistema de la seguridad social (mutuales, obras sociales, empresas de medicina prepaga, etc.), siendo este listado sólo orientativo, tanto a través de entidades que nuclean profesionales (círculos, sociedades, asociaciones, etc.) como de matriculados de manera individual, el que se adjunta en el Anexo 1 de esta Resolución y forma parte de la misma».
La decisión de los odontólogos de aplicar un nuevo esquema arancelario generó la reacción de un grupo de obras sociales.
Al respecto, las obras sociales salierona denunciar “maniobras coercitivas” de parte del Colegio de Odontólogos para “presionar por aranceles”.
Representantes de distintas obras sociales de la provincia repudiaron la decisión del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos, que determinó “coercitivamente y monopólicamente ejercer presión a sus colegiados para que cumplan estrictamente las disposiciones arancelarias dispuestas por esa institución”, informó el presidente del Instituto Obra Social de Entre Ríos (Iosper), Fernando Cañete.
Directivos de seis obras sociales (Iosper, Iosfa, Osuthgra, Luz y Fuerza, Amur y Jerárquicos) difundieron una carta abierta en la que rechazaron “todo acto que constituya abuso de derecho o de situación de dependencia económica o poder de negociación superior en detrimento de intereses de orden público como es el derecho a la salud”.
Las obras sociales repudian la «presión» de los odontólogos por aranceles
La entidad dispuso que los convenios con mutuales y obras sociales para prestaciones odontológicas deberán contar con la “aprobación arancelaria” del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos, «a fin de que los profesionales matriculados que prestan servicios odontológicos a través de los mismos, cumplan con las normas arancelarias vigentes». El artículo 7° de esa norma sostiene que en «conocimiento y cumplimiento de lo dispuesto en la presente, los profesionales matriculados formalizarán y presentarán la declaración jurada».
El anexo de la resolución del Colegio de Odontólogos tiene un apartado referido al incumplimiento de esa directiva por parte de los profesionales, y al respecto fija: «En los casos en que se hayan agotado las instancias previstas en la presente resolución para el cumplimiento de lo aquí dispuesto y se tomara conocimiento de que algún profesional matriculado estaría incumpliendo las normas arancelarias vigentes, se informará de lo mismo al Consejo Directivo para el inicio del correspondiente trámite atento a lo previsto en los Artículo 27°, 28° y 29° de la Ley N° 7.468».
La Ley N° 7.468, sancionada en 1984, creó el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos. En su artículo 27° establece que los matriculados «quedarán sujetos a las sanciones disciplinarias previstas en el Artículo 28º en los siguientes casos:
a) Falta de pago de las cuotas periódicas por lapso superior a los seis meses y de las demás
obligaciones pecuniarias dentro del semestre de resultar exigibles;
b) Infracción de las normas arancelarias;
c) Incumplimiento o trasgresión de las normas éticas profesionales vigentes;
d) Transgresión del régimen de incompatibilidades e inhabilidades;
e) Negligencia reiterada, ineptitud manifiesta u omisiones graves en el cumplimiento de sus
deberes profesionales;
f) Toda transgresión a las disposiciones de la presente Ley, reglamentos internos, resoluciones
de la Asamblea General y del Consejo Directivo no previstas en los incisos anteriores».
Las sanciones van desde una multa hasta la suspensión por un año en el ejercicio de la profesión.
De la Redacción de Entre Riós Ahora