El Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) aprobó un nuevo cuadro tarifario del servicio eléctrico que regirá en Entre Ríos desde el 1º de febrero y hasta el 30 de abril de 2023, y que surgió de la discusión que se dio el 31 de agosto último, en Villaguay, en ocasión de realizarse la audiencia pública para la revisión quinquenal de la tarifa del servicio.

Un modo de ver cómo impactará ese aumento en la facturación final sería a través de la evolución que tendrá el cargo fijo, que todos los usuarios abonan a las distribuidoras, haya o no consumo. Actualmente, ese item tiene un costo de $262,54, pero a partir del 1º de febrero subirá a $333,26, un aumento de casi el 27%.

Aunque esta vez no se trató de un mero retoque estacional del cuadro tarifario. El contrato de concesión del servicio eléctrico prevé una revisión quinquenal. El que se aprobó en la audiencia pública de Villaguay regirá hasta el 30 de junio de 2026

En esa audiencia pública hubo pedidos de actualización de la tarifa por parte de la distribuidora estatal Energía Entre Ríos SA (Enersa), que absorbe el 70% del mercado en la Provincia, y también de la cooperativas eléctricas La Paz, Concordia, Villaguay y San Martín. Según el Ente Regulador que preside José Carlos Halle, la tasa de actualización presentada por las distribuidoras, del 12,29%, «es prácticamente coincidente y en sintonía con las determinadas en las últimas revisiones tarifarias y utilizada en forma similar por el ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad) en sus revisiones tarifarias».

De acuerdo al texto de la resolución Nº 219, publicada el 23 de este mes por el EPRE, «la resolución de esta Revisión Tarifaria se da en el marco de proceso macroeconómico de alta inflación, luego de un contexto de emergencia sanitaria y de pandemia cuyos efectos persisten, habiéndose establecido desde el Gobierno Nacional mecanismo de asignación de subsidios más justos y razonables, a través de un esquema de segmentación de usuarios residenciales, de acuerdo a los ingresos monetarios y patrimonio del grupo familiar conviviente, estableciendo tres niveles de usuarios».

En ese escenario, destaca que al Ente Regulador le cabe «la difícil tarea de velar para que el usuario consumidor del servicio público económico eléctrico pague el menor costo posible -tarifas justas y razonables-, garantizando un servicio que sea transparente, adecuado, regular, constante y continuo. Esta es la ecuación que celosamente se debe mantener equilibrada, tanto para que los usuarios sientan de la menor manera posible las readecuaciones tarifarias y las Distribuidoras presten el servicio sin riesgos para sus empresas, siempre teniendo presente que se está ante la presencia de un servicio público que debe aspirar a que todo ser humano tenga una vida digna».

El extenso documento recuerda que «durante el año 2020, no hubo aumento de VAD (valor agregado de distribuciòn) en la provincia de Entre Ríos; en el año 2021 solo hubo un único incremento del 15% en tarifa media global; y durante el año 2022, un 40,3%, también en tarifa media global conforme a la aplicación del factor de adecuación trimestral de tarifa, lo que arroja como resultado que en los últimos 36 meses (3 años), el VAD ha aumentado 1,54% en forma mensual y 18,48% en forma anual. Sin embargo, durante igual período (años 2020, 2021 y 2022) la macroeconomía ha sufrido los efectos de una alta inflación, muy superior a esos guarismos, los cuales superan ampliamente el tope del 10% trimestral (40% al año), establecido para la adecuación de tarifa»,

En ese marco, y «atendiendo a lo solicitado por las empresas distribuidoras y por los defensores del usuario, desde este Ente se considera razonable, oportuno y conveniente, disponer los incrementos del Valor Agregado de Distribución en su implicancia económica y determinarlo en forma equivalente a su consecuencia en la Tarifa Media Global, estableciéndose ello en forma gradual, a fin de dar adecuada respuesta a las necesidades y requerimientos que necesitan las distribuidoras provinciales y a los derechos de los usuarios, de tener una tarifa justa y razonable y a que se conozca con debida anticipación el costo del servicio. Por ello, éste ente establecerá los incrementos del Valor Agregado de Distribución (VAD) en etapas anuales (sin perjuicio de la aplicación de la adecuación tarifaria que trimestralmente corresponda por efecto de la inflación), siendo la del primer año equivalente en forma aproximada en la Tarifa Media Global del 20% para el año 2023, del 15% para el año 2024, del 10% para el año 2025 y 10% para el año 2026″.

La resolución del Ente Regulador establece que  «para la determinación del cuadro inicial se establece un incremento de VAD equivalente en forma aproximada a lo que representa un incremento del 20% de la tarifa media global sobre el cuadro tarifario vigente y que se aplicará como cuadro inicial del tercer período tarifario, con vigencia a partir del I o de febrero 2023 el cual se adecuará trimestralmente, conforme al mecanismo de adecuación previstos en los contratos de concesión aprobados».


La convocatoria

A través de la resolución N° 116, del lunes 13 de junio de 2022, el Ente Regulador convocó a audiencia pública para el 31 de agosto, a las 10, en  Centro de Convenciones Papa Francisco, de Villaguay. En ese ámbito, se trataron  las propuestas de recomposición tarifaria que presenten las distribuidoras hasta el 30 de este mes.

A través de la resolución N° 255 del 17 de diciembre de 2020, el interventor en el Ente Regulador, José Carlos Halle, ya había ordenado la revisión quinquenal del cuadro tarifario de las distribuidoras, que tendrá vigencia para el período comprendido entre el 1° de julio de 2021 y el 30 de junio de 2026.

«Las distribuidoras deberán explicar claramente su propuesta y fundar debidamente cada una de sus partes. Deberá aportar todos los antecedentes, documentos y memorias de cálculo que justifiquen la aplicación de un criterio y/o concepto, valores y resultados, citando claramente las fuentes de información, y nombrando y describiendo los casos concretos y reales en los que se hayan aplicado las metodologías de cálculo propuestas y los valores de referencia invocados. No se aceptarán supuestos que no se encuentren sustentados en aplicación prácticas comprobables, y en estudios y desarrollos teóricos publicados”, dice la resolución del Ente Regulador.

Esa revisión está contemplada en la Ley de Marco Regulatorio N° 8.916. La última revisión quinquenal ocurrió en 2016.

Entonces, el EPRE autorizó, a través de la extensísima resolución Nº 168 –contiene 100 páginas–, un incremento tarifario para 2017 del 32%, en tres fases.

Ese año, el pedido había sido formulado por la distribuidora estatal Energía Entre Ríos SA (Enersa) en la audiencia pública de revisión quinquenal del cuadro tarifario que se desarrolló el 31 de agosto de 2016 en Villaguay. Entonces, hizo la petición de que la tarifa aumentara un 23%, más el 9% por actualización trimestral.

En 2020 estaba prevista una nueva audiencia de revisión quinquenal pero la pandemia hizo que se pospusiera.

El 29 de marzo de 2021 el EPRE emitió la resolución N° 59 que receptó un planteo de Enersa a través del cual consideró «conveniente postergar los estudios y por ende la Audiencia de Revisión Tarifaria Integral, hasta tanto finalicen y/o se logre amesetar los efectos de la pandemia, caso en que se deberá evaluar por ese Ente Regulador un plazo razonable para la nueva presentación».  La misma petición formularon 14 de las 18 cooperativas eléctricas de la Provincia.

Finalmente esa audiencia tendrá lugar en agosto, en Villaguay. El Ente Regulador designó como instructores de la audiencia pública a los abogados  Alejandro Almará y Pablo Franco. Y además invitó a la Dirección de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia de Entre Ríos  para que junto a la Defensoría del Pueblo de Paraná y los organismos de Defensa al Consumidor de los distintos Municipios «asuman y efectúen la defensa de los intereses de los usuarios/consumidores del servicio eléctrico provincial».

También el EPRE invitó al Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y al Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre  Ríos «para que propongan profesionales del Derecho y de la Ingeniería, respectivamente, para que actúen como defensores de los usuarios/consumidores, en conjunto o separadamente de los organismos» de Defensa del Consumidor.

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora