Un año después de haber iniciado el operativo mudanza de los carribares de la zona de la Costanera baja al sector de Puerto Nuevo, el gobierno municipal no puede concluir la tarea porque uno de los locales comerciales, que funciona bajo la denominación comercial «El Paso», resiste la medida.
Hugo Núñez, dueño del carribar Al Paso, no estuvo de acuerdo con la medida del Municipio de Paraná, y fue a la Justicia con un recurso de amparo. En primera instancia, el juez Hugo Perotti, de la Cámara de Casación Penal, rechazó el planteo.
Perotti firmó una resolución en la que rechazó el planteo en la causa “Hugo Núñez c/Municipalidad de Paraná. s/Acción de Amparo “, y además le fijó el cobro de las costas y los honorarios de los profesionales que intervinieron en la presentación judicial.
Núñez fundamentó que el retiro de su negocio constituyó un proceder irregular del Estado, por lo que “fue una intolerable violación de los derechos constitucionales habida cuenta que no es real la ocupación ilegal, tal como adujo la justicia de faltas”.
Y fue en apelación ante la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que le dio la razón al Estado municipal y confirmó el fallo de Perotti.
La resolución del alto cuerpo, fechada el viernes 22 de diciembre de 2017, con el voto de los vocales Daniel Carubia y Miguel Ángel Giorgio y la abstención de Claudia Mizawak, rechazó la apelación del dueño del carribar, que había considerado la sentencia de Perotti como “equívoca y errónea”, y hasta incluso “contradictoria e incongruente”.
Nuñez argumentó que “no se puede en un estado de derecho desalojar con una topadora un espacio otorgado oportunamente por otra gestión de gobierno o, al menos, sin designar un nuevo espacio para que puedan seguir trabajando y ejerciendo su industria lícita”.
El STJ hizo notar que Nuñez “no logra demostrar la existencia de un acto, hecho u omisión manifiestamente ilegítimo que pueda reprocharse a la comuna accionada, surgiendo de las constancias de autos que el accionante mantiene su tozuda posición y reitera los argumentos ya esgrimidos en su promocional -los cuales fueron sólidamente desarticulados por el a quo-, sin lograr acreditar la ilegítima conculcación -con el proceder del municipio demandado- de derecho constitucional alguno, en razón de que la -conjeturada- ilegitimidad a la que con ahínco se refiere, no resulta tal, al emerger de las probanzas obrantes en autos que el propio actor celebró en fecha 18/11/2013 un instrumento en donde se estipuló un “compromiso de uso”, el cual, en su parte medular, reza que “tendrá vigencia a modo de reubicación temporal y precaria, comprometiéndose el promitente al desalojo del predio ante la sola notificación por parte del municipio”.
La protesta de los empleados del carribar, este miércoles, frente a la Municipalidad.
El desalojo motivó un nuevo pleito judicial, esta vez ante el Juzgado Civil y Comercial N° 7, a cargo de Martín Furman, que todavía no se cierra.
Este miércoles hubo una audencia en el despacho del magistrado, a la que asistieron las partes en conflicto: los abogados Esteban Leonel Rodríguez y Guido Zufiaurre, en representación de la Municipalidad de Pasraná, y Hubo Alberto Nuñez y su hija, Tamara Marisol Nuñez, asistidos por el abogado Gabriel Conrado Meier. No hubo ningún acuerdo.
En 2017, la Justicia de Faltas de Paraná dispuso la clausura del carribar «Al Paso, impuso el pago de una multa y ordenó el desalojo, medida esta última que fue resistida. «El señor juez expresa que para resolver es necesario calificar jurídicamente a las respectivas relaciones de poder que cada parte tiene respecto del inmueble objetivo de autos -dice la resolución que se adoptó este miércoles-. Cada parte afirmó hechos en los cuales basó sus respectivas calificaciones pero ninguno de esos hechos ha sido controvertido por la contraria con la única excepción de la firma por parte del señor Nuñez de un supuesto compromiso de uso. Atento a que la actora ofreció como prueba de ese hecho documental ya agregada por cuerda, el juez dispone que los autos pasen a despacho para el dictado de la sentencia».
«Con las pruebas que hemos presentado, lo que procede ahora es el desalojo por orden judicial», afirmó una fuente de la Municipalidad.
Y como dato de color hizo notar la manifestación que un puñado de no más de diez personas hizo este miércoles por la mañana frente al Palacio Municipal, con corte de calle Corrientes: protestaban por el «desalojo» del carribar «Al paso».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.