La oposición le reclamó al Poder Ejecutivo entrerriano que derogue un decreto que contiene un aumento en el Impuesto Inmobiliario Rural.
La petición la formuló el titular del bloque de senadores de Cambiemos, Beltrán Lora, a través de un proyecto de ley que ingresó en la Cámara Alta.
Lora señaló que a través de ese proyecto intenta “poner freno al aumento indiscriminado del impuesto inmobiliario rural”. Dijo que existe “incoherencia política del Poder Ejecutivo”, debido a que “el decreto provincial, por el que se instruyó la moratoria de los impuestos provinciales, su principal argumento es el problema económico de los contribuyentes, pero ejerciendo un abuso desmedido de su potestad tributaria aprueba un aumento aproximado del 40 por ciento para este año en relación con el período fiscal del año 2018”.
En los fundamentos, Lora citó textualmente el argumento que consideró el Poder Ejecutivo Provincial en el decreto Nº4.649. de fecha 26 de diciembre de 2018, para fundar la moratoria que se encuentra en curso, entre ellos: “‘Que los últimos años se han suscitado circunstancias climáticas excepcionales que han afectado de diversas formas las actividades que se desarrollan en el ámbito rural y subrural, y con ello han impactado en las posibilidades de los contribuyentes de sostener un adecuado y regular cumplimiento de sus obligaciones fiscales…”’.
Para Lora, “existe una total incoherencia política y hasta socarrona por parte del Ejecutivo para con sus contribuyentes”, cuestionó el legislador.
Asimismo, el presidente del bloque de Cambiemos consideró que “jurídicamente esta aprobación que realiza el Poder Ejecutivo está incurriendo en una violación de la Constitución de Entre Ríos, artículos 122 inc. 7º, en cuanto hay una delegación prohibida de facultades legislativas tributarias. La Ley fundamental entrerriana, en virtud de la forma republicana de gobierno establecida en el artículo 1, hace reservas, imperativamente, de establecer su monto (artículo 122 CP)”.
Además, recordó que las atribuciones del Poder Legislativo, tal como está establecida en el inciso 7, de la Constitución provincial, es la de dictar la legislación impositiva observando lo dispuesto por el artículo 79 y a esos fines y efectos establecerá impuestos, tasas y contribuciones cuyo monto fijará…”.
Por esa razón, Lora consideró que la aprobación de los parámetros que determinan el monto concreto del impuesto a abonar está en potestad del Poder Legislativo. Por esa razón, a través de un proyecto de ley, pide la derogación del decreto del Poder Ejecutivo.
El proyecto que consta de un solo artículo dispone: “Artículo 1°. Deróguese el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 570/19 Expediente Nº 2189773/18 con fecha 1º de abril de 2019 y arbítrese las medidas necesarias para corregir las liquidaciones realizadas para el corriente año, retrotrayendo los valores a los establecidos para el período 2018. Establécese el primer vencimiento en un plazo no inferior a los 30 días de aprobada la presente”.

