Los concejales de Cambiemos Francisco Avero y Walter Rolandelli, del bloque radical, y Maximiliano Rodriguez Paulin (PRO) instaron a rever la decisión, contenido en el último decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Alberto Fernández, que dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio en Paraná, y que derivó en la imposibilidad de realización de algunas actividades.

Los ediles opositores presentaron un proyecto de comunicación en el Concejo Deliberante de Paraná mediante el cual manifestaron «rechazo a la decisión de los Poderes Ejecutivo Nacional y Provincial de prohibir las actividades en centros culturales, restaurantes, cafeterías, bares y gimnasios, y por el cual instamos a rever estas medidas con carácter de urgente».

Apertura de Bares by Entre Ríos Ahora

Señalan que «los comercios, gimnasios, centros culturales y emprendimientos gastronómicos enfrentan el gran desafío de subsistir», y que «esta crisis sanitaria transita de la mano de un gran deterioro económico, y los gobiernos locales deben ser actores estratégicos e inmediatos para la protección de los emprendedores locales y el desarrollo económico de las ciudades».

Los concejales opositores sostienen que «la decisión del gobierno de endurecer la cuarentena y prohibir que los paranaenses trabajen es no reconocer la crisis económica que estamos atravesando». Y que  «las medidas adoptadas resultan decisiones arbitrarias, injustas y alejadas de la realidad. El Estado debe adoptar medidas apropiadas para afrontar eficazmente la pandemia». 

Este lunes 31 de agosto, el Gobierno provincial dictóel decreto N° 1.376 que delimita las actividades que están permitidas durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) que dictó el presidente Alberto Fernández en las ciudades de Gualeguaychú, Paraná, Oro Verde, San Benito y Colonia Avellaneda, que se extenderá hasta el próximo 13 de septiembre.

El artículo 1° del decreto autoriza “en las ciudades de Paraná, Oro Verde, San Benito, Colonia Avellaneda y Gualeguaychú el desarrollo de las siguientes actividades en el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO):

*Comercio minorista.

*Obras de construcción de índole privada.

*Servicios.

*Profesionales liberales, colegios profesionales y cajas forenses.

*Actividad bancaria”.

Sin embargo, suspende “las reuniones sociales de 10 personas en espacios públicos o de acceso público al aire libre”.