La camarista María Carolina Castagno, integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, resolverá el lunes, a las 9, el pedido de sobreseimiento que reiteró en la audiencia de este viernes en Tribunales la defensa del médico dermatólogo Jorge Luis Daichman, quien carga con dos denuncias por abusos de parte de pacientes que acudían a su consultorio.
El defensor de Daichman, Hernán Lell, apeló a un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) para pedir el sobreseimiento del médico. Se trata de la resolucón que derivó en el sobreseimiento de Juan Alfonso Blason Lorenzatto, imputado en una investigación por supuestos contratos truchos mientras se desempeñó en la oficina del exdiputado radical Ricardo Troncoso, por considerar que el Ministerio Público Fiscal alargó los tiempos de la investigación sin argumentos, cuestión que, dice la Sala, no fue advertida ni por el juez de Garantías, el Tribunal de Juicios y Apelaciones ni la Cámara de Casación Penal, ya tuvo su primera consecuencia.
En un escrito que presentó en Tribunales, Lell explicó que “en virtud de haber transcurrido holgadamente los plazos procesales en los cuales mi pupilo ha estado inmerso en estado de sospecha, violándose el derecho al plazo razonable, defensa en juicio y debido proceso legal, ante la inactividad de 8 meses verificada en el legajo de referencia y casi 20 meses desde el inicio de las actuaciones y la presentación espontánea de mi pupilo (mayo de 2020), solicito se declare la extinción de la acción penal y se dicte el sobreseimiento de mi defendido”.
El defensor de Daichman argumenta su petición, precisamente, en el fallo de la Sala Penal del STJ que benefició con el sobreseimiento a un exempleado de la Legislatura imputado en una causa de utilización de forma fraudulenta de contratos laborales, el antecedente a la causa de los contratos truchos. Lell subraya que, a partir de ese pronunciamiento judicial, “no ha existido solicitud de prórroga ante el vencimiento de los plazos perentorios que deben computarse desde la apertura de la causa, no consintiendo mi parte la continuidad de las actuaciones”.

Médico Jorge Luis Daichman y jueza María Carolina Castagno.
En función de esa situación, el defensor pidió que “se fije audiencia a los efectos interesados y oportunamente se declare la extinción de la acción penal, siendo que el sobreseimiento en tal supuesto procede en cualquier estado del proceso”.
Pero la vía del sobreseimiento fue rechazada en diciembre último por el juez de Garantías Mauricio Mayer
En diciembre último, el juez de Garantías Mauricio Mayer rechazó el pedido de sobreseimiento. Aunque en su fallo el magistrado exhortó al Ministerio Público Fiscal a que «en forma inmediata concrete la intimación de los hechos al imputado».
Los fiscales Facundo Etienot y Valeria Vilchez se opusieron al planteo del defensor, y señalaron que de seguirse esa postura se estaría ante una «elocuente incompatibilidad con las Convenciones Internacionales, específicamente con la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer conocida como Tratado de Belèm do Parà y la Convención sobre Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer de la Onu -Cedaw, por su sigla en inglés- especialmente porque se estaría desconociendo todo el plexo normativo de protección de la mujer que vincula a nuestro país».
En la audiencia de este viernes la posición de la Fiscalía fue refrendada por la fiscal María de las Mercedes Nin. En tanto que el querellante Milton Urrutia. «Le expliqué a la jueza lo que yo había escuchado en los dos debates anteriores -reseñó el letrado-. El planteo de forma y de fondo. Argumenté que el artículo 31 de la Constitución nacional manda a las autoridades, y en este caso provinciales, a respetar todo lo que es el bloque de Derechos Humanos. También expliqué que el último acto procesal válido de Fiscalía fue el 2 de diciembre y no el 13 de diciembre, como dijo el juez Mayer. También manifesté que el defensor Lell debió interponer ese pedido antes del 2 de diciembre. Pero interpuso el pedido de sobreseimiento el 13 de diciembre, con lo cual consintió la actividad procesal de Fiscalía. Por eso, el debate es formas versus el fondo».
Urrutia dijo que la defensa «consintió» los actos procesales de la Fiscalía. «Además, le manifesté que Daichman, habiendo sido interpuesto el recurso de apelación, compareció a declarar como imputado el 22 de diciembre, con lo cual Daichman saneó toda la actividad. Fui muy práctico a la hora de explicar. Le manifesté a la jueza que no debió el abogado llevarlo a declaración de imputado. Si interpuso un recurso el 21 de diciembre, no tenía que haberlo llevado a declarar el 22. Así, purgó los defectos que pudo haber de parte de la Fiscalía. Le consintió todo», resumió.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora