A más de seis años que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenara “volver las cosas a su estado anterior” en los humedales de Gualeguaychú por la construcción del country fluvial “Amarras”, el fallo sigue pendiente de que se efectivice.
La instancia de remediación del ecosistema por el impacto de la construcción del condominio náutico se encuentra envuelta en un entuerto jurídico por los obstáculos interpuestos por la desarrolladora Altos de Unzué SA y la Fiscalía de Estado de Entre Ríos, apuntaron desde la querella que, para colmo, fue separada del expediente. La demanda fue impulsada por el abogado Julio Jesús Majul junto a un grupo de letrados, pero tras su fallecimiento, el juez del caso, Ricardo Javier Mudrovici, negó que los demás profesionales lo puedan reemplazar.
El magistrado también impugnó a Fundación Cauce y la Asociación Arroyo Perucho Salvaje para que intervengan en el proceso colectivo, confirmaron a ERA Verde. Trascendió asimismo que la constructora comenzó a recibir reclamos millonarios por inversores que realizaron compras adelantadas de los lotes en malogrado barrio privado.
El mega proyecto inmobiliario comenzó a edificarse sobre el valle de inundación del río Gualeguaychú, en unas 112 hectáreas que fueron desmontadas y rellenadas sobre un sector que originalmente constituían una parte de los humedales en jurisdicción de Pueblo General Belgrano. El proyecto preveía desarrollo urbano como el Nordelta del Tigre bonaerense, con una capacidad de 220 lotes para viviendas con amarras al río y lagunas interiores. También un complejo gastronómico y un centro comercial con marcas de lujo. La degradación ambiental producto de una intervención nociva en este terreno llevó a que se iniciara, en el año 2012, un reclamo administrativo que luego cobró cuerpo en un reclamo judicial hacia 2015. Luego de ser rechazado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el 11 de julio de 2019 determinó “volver las cosas a su estado anterior”. La demanda fue impulsada por el abogado Julio Jesús Majul, que falleció en marzo de 2024, sin que pudiera ver que la resolución se cumpliera.
Con la sentencia firme desde hace más de seis años, su ejecución sigue pendiente porque el expediente ingresó en una maraña de impugnaciones que ha impedido la remediación del ambiente. Esta situación se presenta porque el proceso de ejecución de sentencia ha sido frenado por una serie de apelaciones presentadas por la propietaria del emprendimiento náutico, Altos de Unzué SA. Esta estrategia también ha sido acompañada por la Municipalidad de Pueblo General Belgrano, cuyo intendente, Francisco Fiorotto, ha expresado públicamente que mantiene interés en que esta iniciativa resucite. Asimismo, –coinciden los abogados que acompañaron a Majul– la Fiscalía de Estado en representación de la Provincia sigue en concordancia estas medidas que tienen como fin respaldar a la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos como órgano que debe monitorear la remediación y no el juzgado, como piden los demandantes. Este es el nudo, aunque no el único, se planteó a ERA Verde.
Aniversario
El juez que entiende originalmente en la causa es el titular de Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Gualeguaychú, Ricardo Javier Mudrovici, quien entre sus últimas decisiones se allanó a los recursos de los condenados y recientemente “proveyó de una lista de peritos para que se propongan expertos que puedan expedirse sobre el mentado y pomposo ‘Plan de recomposición ambiental’ que fue aprobado por la Secretaría de Ambiente de la gestión provincial anterior” y es el que Altos de Unzué SA pretensa rija para reparar el ambiente, comentó Luis Leissa, uno de los letrados que integra el equipo que acompaño a Majul. .
Leissa apuntó que, “si bien la obra sigue paralizada, se advierte una enorme tensión en la empresa propietaria porque es de suponer que el costo por la ausencia de recupero de lo que preveían con la inversión, los debe estar ahogando financieramente. Esto aparece como más palpable cuando ya están saliendo juicios donde se condena a Altos de Unzué SA porque reclaman cumplimiento del contrato que oportunamente suscribieron los que compraron lotes”, señaló el profesional en referencia concreta a al menos uno de los litigios caratulado «Chappe c/Altos de Unzué SA» que tiene sentencia de primera y segunda instancia favorable por un monto que oscilaría en alrededor de u$s 180.000. “Y habría dos más en trámite”, trascendió a ERA Verde.
De todas maneras, la preocupación más grande es que “ya llegamos a los seis años de la sentencia firme de la Corte Suprema de Justicia y del Superior Tribunal de Entre Ríos, que ordenó ‘volver las cosas a su estado anterior’ en el predio y eso sigue sin cumplimentarse”, sostiene el abogado que suma como agravante el apartamiento del equipo legal para intervenir en el expediente.
Censurados
La desvinculación del expediente de los abogados Selva Chesini, Araceli Gaitán, Martín Britos, Camila Ronconi y Leissa fue a pedido de Altos de Unzué SA, señala el representante legal consultado por ERA Verde quien, agrega, fue con “el acompañamiento insólito” del Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.
Ahora las tratativas de los letrados es poder intervenir a través una ONG de Gualeguaychú, ya que así se podrían sortear los argumentos del juez del amparo que adujo esta razón para no hacer lugar a que participen otras ONG entrerrianas, Fundación Cauce de Paraná y Arroyo Perucho Salvaje de Colón con interés en que se reparen los humedales. Mudrovici adujo que eran “extrañas” y no se registraron oportunamente en el listado que se abrió en la convocatoria a participar de la «acción colectiva» ambiental.
Son “argumentos muy endebles”, sostiene Leissa. La interpretación que realiza el juez del amparo es muy restrictiva y viola el artículo 240º del Código Civil y Comercial que creó los denominados ‘derechos de incidencia colectiva’. Uno es propietario de un inmueble o de una mesa: eso es un ‘derecho individual’. Pero ante los ‘derechos de incidencia colectiva’ como son el paisaje, el ambiente, la flora, la fauna, la biodiversidad, el agua, los valores culturales inclusive, los ‘propietarios’ o ‘titulares’ de esos derechos son las generaciones futuras y los vecinos actuales en general. Esto es una concepción innovadora del derecho a partir del 2015 –con la reforma al Código Civil y Comercial–, que es aplicable y no es una utopía”.
Mientras tanto, quien impulsa la demanda es la fiscal coordinadora Mónica Elizabeth Carmona, designada por el Procurador General, Jorge Amílcar García.
Silvio Méndez
De la Redacción de ERA Verde