La Sala Penal del Superior Tribunal de Justica (STJ) analiza un planteo de recusación contra una fiscal de la causa de los contratos supuestamente apócrifos de la Legislatura, investigación iniciada en septiembre de 2018 y que, a tenor de la adjudicación hecha por el Ministerio Público Fiscal, supondría un millonario desfalco al Estado.

El 21 de diciembre de 2020, la Sala Penal del STJ, en un fallo firmado por los vocales Claudia Mizawak, Daniel Omar Carubia y Miguel Ángel Giorgio, hizo lugar al recurso de queja interpuesto por el abogado Pablo Miguel Hawlena Gianotti, defensor de Jorge Enrique De Breuil, empleado del Senado entrerriano imputado en la causa contratos.

Para la Fiscalía, De Breuil resulta una pieza clave en el armado de la logística de recaudación a través de los contratos truchos junto con el contador Gustavo Pérez, exdirector del Servicio Administrativo Contable del Senado, y Alfredo Bilbao.

Una recusación que escaló al máximo tribunal

Según supo Entre Ríos Ahora, la defensa de De Breuil recusó a la fiscal Patricia Yedro –quien lleva adelante la investigación junto a Ignacio Aramberry-, pero la jueza de Garantías Nº 1 de Paraná, Marina Barbagelata rechazó el planteo.

La presentación contra la fiscal se fundamentó en que tomó una decisión que no habría respetado el derecho de defensa y el debido proceso. En rigor, señaló que la fiscal rechazó una autorización que había dado, como defensor de Jorge De Breuil, para que un abogado de confianza compareciera ante Fiscalía y tomase participación de las actuaciones de la causa y realizara copias.

Al rechazar la recusación, la jueza Barbagelata se apoyó en la Ley Nº10.407 de Ministerios Públicos, en el cual se establece que las recusaciones deben tramitarse ante la Procuración General, a cargo de Jorge Amilcar García.

La resolución de Barbagelata fue apelada por el defensor ante la vocal de juicio María Carolina Castagno, quien volvió a darle un revés a De Breuil: el 4 de agosto de 2020 rechazó el planteo.

No conforme con ello, la defensa del imputado interpuso un recurso ante la Cámara de Casación Penal de Paraná. El 18 de septiembre de 2020, el Tribunal integrado por Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti, declaró inadmisible la pretensión.

Nuevamente, la defensa del acusado interpuso un recurso de impugnación extraordinaria para llegar al Superior Tribunal de Justicia. Sin embargo, Casación se lo denegó el 6 de noviembre de 2020.

La última jugada De Breuil –más precisamente su abogado defensor- fue interponer un recurso de queja directamente ante la Sala Penal del STJ. En el escrito sostuvo que “lo decidido prohíbe la operatividad de la garantía constitucional de acceder a la justicia en la petición de la obtención de tutela judicial efectiva para evitar que su pupilo siga sometido a la conducta funcional arbitraria e ilegal de quien es la representante del Ministerio Público Fiscal a cargo de la investigación”.

El 21 de diciembre de 2021, la Sala Penal del STJ le dio la razón a De Breuil al hacer lugar al recurso de queja. La vocal Claudia Mizawak fundamentó el voto a favor del planteo del acusado y a su conclusión adhirieron los vocales Carubia y Giorgio.

“Nos encontramos frente a una cuestión constitucional que determina que la articulación recursiva deba ser analizada y decidida por este Tribunal ad quem, más allá de la definitividad o no de la resolución puesta en crisis, atento a lo normado en el artículo 521, inciso 1°, del Código Procesal Penal de Entre Ríos”, sostuvo la magistrada.

La Sala Penal del STJ acept… by Entre Ríos Ahora

Asimismo, consideró que “debe ponderarse que lo resuelto por los tribunales inferiores en relación a quien resulta competente para decidir la recusación de un integrante del Ministerio Público Fiscal, es en apariencia contradictorio con el criterio seguido por esta Sala en lo Penal en el precedente «Almada-Batalla», sentencia del 30/10/2020, lo que viabiliza también la concesión de la impugnación extraordinaria incoada, en virtud de lo expresamente dispuesto por el inciso 2, del artículo 521, del código ritual, que establece como causal de procedencia del recurso extraordinario provincial ‘… los casos en que la sentencia de la Cámara de Casación Penal resulte contradictoria con la doctrina sentada en fallo anterior del mismo tribunal o del Tribunal Superior de Justicia sobre la misma cuestión’»

“En definitiva, -concluyó Mizawak- creo que el recurso en examen satisface mínimamente las condiciones extrínsecas de procedencia formal requeridas por la ley ritual y el fundamento del auto denegatorio de la impugnación extraordinaria deducida en la causa se revela como una afirmación dogmática que no dimensiona las concretas implicancias constitucionales del caso planteado. En consecuencia, propicio acoger la queja deducida, declarar mal denegada la impugnación extraordinaria interpuesta y concederla para ante esta Sala, estableciéndose las costas de oficio y remitiendo comunicación de la presente a la Sala I de la Cámara de Casación a efectos de que emplace a las partes y proceda conforme el trámite del rito”.

El rol de De Breuil en la causa contratos

De Breuil es empleado en el Senado entrerriano, allegado del senador nacional y ex vicegobernador Pedro Guillermo Guastavino y señalado como su mano derecha. En la Justicia lo consideran una pieza clave en el armado de la logística de recaudación a través de los contratos truchos junto con el contador Gustavo Pérez, exdirector del Servicio Administrativo Contable del Senado, y Alfredo Bilbao.

De Breuil formó junto a Alfredo Bilbao y a Gustavo Pérez un grupo inversor denominado “G3”, según datos que surgen desde la Fiscalía.

Según el Ministerio Público Fiscal, en la investigación por los contratos truchos legislativos se estableció la relación de negocios entre Alfredo Bilbao; el ex jefe del Servicio Administrativo Contable del Senado, Gustavo Hernán Pérez, y el empleado del Senado entrerriano, Jorge De Breuil, también contratado por el senador nacional Pedro Guillermo Guastavino (PJ-Entre Ríos) en el Senado nacional. 

Bilbao se encargaba de “participar del neto de las ganancias ilícitas” a Pérez y De Breuil y aplicaron el dinero sustraído “para disimular su origen ilícito, en diferentes inversiones inmobiliarias y agrícola – ganaderas”.

Foto: Análisis Digital

De la Redacción de Enre Ríos Ahora