Los abogados defensores de un grupo de imputados de la causa de los contratos de la Legislatura recusaron a los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry, quienes a principios de junio presentaron el pedido de elevación a juicio de la causa en  la que se investigó el presunto desfalco a la Administración Pública a través de contratos en la Cámara de Senadores y Diputados, entre 2008 y 2018.

Según supo Entre Ríos Ahora, en líneas generales los letrados invocaron una violación del principio de objetividad en el escrito de remisión a juicio. Algunos cuestionaron el rol que tuvieron en 2019, cuando se conoció que la fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche -quien se apartó del caso-  compartió un fideicomiso y una relación comercial con el imputado Pedro Opromolla en la propiedad de un departamento.

En una resolución fechada el 9 de junio, la jueza de Garantías Nº 1 de Paraná, Marina Barbagelata, puso en conocimiento del Procurador General, Jorge Amílcar García, y la fiscal de Coordinación, Mónica Carmona, de las recusaciones presentadas por los defensores de Juan Pablo Aguilera y Alejandro Almada, de Alfredo Bilbao, Ariel Roberto Faure, Flavia Beckman, Hugo Mena, Esteban Scialocomo, Pablo Balladares, María Jazmín Mena Gioveni, Viviana Giselle Mena Gioveni, Alejandro Ferreyra, Fernando Sarnaglia, Andrea De Martín, Nicolás Beber, Sergio Esteban Cardoso, Fabián Jorge Lázaro, José Javier Schneider.

El Jefe de Fiscales y la fiscal de Coordinación deberán responder “si admiten la recusación o no”. En caso de rechazar las mismas, como seguramente se realice, la Oficina de Gestión de Audiencias “deberá fijar la audiencia que prevé la norma precedentemente citada, en la que las partes deberán producir la prueba de que intenten valerse -artículo 46 por remisión del artículo 60 del Código Procesal Penal”.

La magistrada también corrió traslado a la Fiscalía sobre un recurso de reposición y requerimiento de tutela judicial, interpuesto por la defensa de Jorge Enrique De Breuil; y de la resolución del juez Federal Nº 2, Edgardo Alonso, para que la causa pase a la Justicia Federal.

Contratos: “No se investigó a los responsables políticos”, dice defensor

Pedido de la Fiscalía de Estado

En la misma resolución, la jueza de Garantías dispuso otorgarle 30 días más a la Fiscalía de Estado para que interponga la demanda como actor civil. No obstante, no hizo lugar al libramiento de oficio al Honorable Tribunal de Cuentas para que emita la pericia sobre el cálculo del perjuicio económico causado por cada imputado que tenía un contrato con el Estado.

“El plazo de 30 días para la parte civil se computará a partir del 31 de mayo de 2021, fecha en la que fuera notificada del requerimiento de elevación a juicio de la Fiscalía”, aclaró la magistrada.

Consultado al respecto por Entre Ríos Ahora, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, explicó: “Nosotros presentamos un escrito solicitando mayor plazo porque, si bien la pericia para la acción penal está hecha, falta la pericia para vincular el perjuicio concreto de cada imputado”. Este informe está a cargo del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.

La causa, entre la Justicia Provincial y Federal

 A principios de junio, los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry dieron por concluida la investigación penal preparatoria y solicitaron a la jueza de Garantías la elevación de la causa a juicio.

Sin embargo, un mes después, el miércoles 9 de junio, el juez Federal Nº 2 de Paraná, Edgardo Daniel Alonso, declaró la competencia de la Justicia Federal para entender en la causa y requirió el expediente a la jueza Barbagelata. 

La resolución respondió a una petición presentada en el Juzgado Federal por los abogados Emilio Fouces, (defensor de Sergio Cardoso), José Velázquez (por Flavia Beckman, Esteban Scialocomo y Hugo Mena), Miguel Ángel Cullen (defensor de Gustavo Pérez y Pedro Opromolla) y Damián Petenatti e Iván Vernengo (por Alfredo Bilbao).

Los letrados habían planteado que la causa debía pasar al ámbito de la Justicia Federal puesto que existiría prueba que indican que los fondos investigados tendrían como fin “aportes y/o financiamiento” de campañas políticas partidarias en el período comprendido entre 2008 y 2018.

Al respecto, mencionaron que en octubre de 2019 se incorporó al caso documentación que un desconocido dejó en la puerta del estudio del abogado Miltón Urrutia, en la que surge la entrega y/o retiro de fondos bajo la leyenda “Gastos Sen., Duplicados Diputados …” donde se consigna a diversas personas del ámbito político que supuestamente habrían retirado dinero a los fines de afrontar gastos de la campaña política.

Al resolver, el juez Alonso sostuvo que la documental incorporada en octubre de 2019 y la pericial que se realizó luego –que determinó que la letra que figuraba era de Hugo Mena, uno de los imputados-, “sugiere, con elevado grado de probabilidad la investigación de cuestiones reservadas en forma exclusiva y excluyente por la normativa federal a la jurisdicción de la Justicia Nacional Electoral, al comprometer severamente la financiación de los Partidos Políticos en su intervención en diversas campañas, hechos que no desparecen con la aprobación administrativa por parte de la Justicia Electoral en los supuestos de eventuales delitos”.

Disponen que la causa contratos de la Legislatura pase a la Justicia Federal

Una discusión que puede llegar a la Corte

A pesar de que el fallo del juez Alonso dispone el pase de la causa  a la Justicia Federal, se estima que la discusión llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá definir la competencia de la Justicia Federal o Provincial para juzgar los hechos investigados.

De momento, se da por descontado que el Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos se oponga al pase de la causa a la órbita federal. Así, si la jueza Barbagelata ratifica la competencia provincial, rechazando lo dispuesto por el juez federal, será el máximo tribunal nacional quien deberá dirimir la discusión.

La investigación cobró notoriedad en septiembre de 2018 y generó un alto impacto por el volumen del supuesto desfalco que se habría producido a las arcas del Estado mediante contratos irregulares de personal en Diputados y en Senadores.

El 1º de junio, los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry dieron por concluida la investigación penal preparatoria y presentaron el pedido de elevación a juicio del expediente. En el escrito, de más de 500 páginas, sostienen que el monto sustraído de la Legislatura en el período investigado asciende a 52.927.878,50 dólares, lo que actualizado a mayo de este año (cotización dólar oficial $93,75 al 28/05) sería de $4.961.988.609.

Son 32 los imputados en la causa: Flavia Marcela Beckman; Hugo Rubén Mena; Esteban Ángel Scialocomo; María Victoria Ávarez; Alfredo Bilbao; Gustavo Hernán Pérez;  Roberto Ariel Faure; Verónica Caíno; Ángel Rubén Ferreyra; Fernando Gastón Sarnaglia; María Jazmín Mena Giovenni; María Macarena Álvarez; Andrea Noemí Beatriz Demartin: Sergio Esteban Cardoso; Alejandro Luis José Almada; Juan Pablo Aguilera; Diego Martín Pagnoni; Mariano Speroni; Hernán Javier Díaz; Marta Aurora Pérez; Maximiliano Degani; Pedro Eduardo Opromolla; Guido Daniel Karpp; Renato Jesús Mansilla; Juan Domingo Orabona; Jorge Enrique De Breuil; Jorge Fabián Lazzaro; Nicolás Beber; Jorge Pablo Balladares; José Javier Schneider; Viviana Giselle Mena Gioveni.

 

Causa Contratos: qué penas pidió la Fiscalía

La defensa plantea que no hay contratos truchos

Al contrario de la tesis de la Fiscalía, los defensores sostienen que en la causa no existen contratos truchos y rechazan la elevación de la causa a juicio. En un artículo publicado en Entre Ríos Ahora, el abogado José Velázquez (defensor de Flavia Beckman y Hugo Mena), sostuvo que «no hay contratos truchos porque las firmas de los contratados y los contratantes son reales, máxime cuando el mismo contratante  es el encargado de certificar la firma»

Por qué no hay contratos truchos

 

Asimismo, agregó que «es el mismo contratante quien se encarga de asignar y controlar las tareas encomendadas. Insisto en esta idea: todos los contratos eran suscriptos por una autoridad política y una persona»

«Por eso hay que ser claros: al no haber contratos truchos, Ministerio Público Fiscal tiene que imputar necesariamente a todos, para que los autores, que realmente disponían de los recursos, puedan defenderse, y esas defensas, que excluyen el injusto, se comunique a los partícipes, como es en este caso Hugo Mena. Y justamente por ello, entiendo que dogmáticamente, al regir el principio de accesoriedad de los partícipes, no puede quebrarse el hecho investigado, en dos causas distintas, es decir,  esa idea de contratos I y II es una clara violación a la defensa en juicio y debido proceso», añadió el letrado.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.