La Justicia rechazó el planteo de prescripción formulado por los empresarios Walter y Viviana Grenón, dueños de Red Mutual, entre otras firmas, y que durante 2010 y 2012 estuvieron al frente en el manejo de El Diario, tras la venta de la mayoría accionaria por parte de la familia Etchevehere. Los Grenón y los Etchevehere están imputados en una causa por estafa que tramita el juez de Transición Carlos Hugo Ríos, y en la que se les endilga el vaciamiento de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), empresa editora de El Diario, a través de una maniobra de triangulación de la que participó una empresa «fantasma», Construcciones del Paraná.
La denuncia, formulada en 2013 por Dolores Etchevehere, apunta a su propia madre, Leonor María Magdalena Barbero Marcial, y a sus tres hermanos, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere. Pero salpica a los hermanos Grenón y a otros ejecutivos de SAER.
El pedido de prescripción fue presentado por los abogados Guillermo Vartorelli y Alberto Sampayo, defensores de los hermanos Grenón. Al planteo se opuso, en duros términos, el fiscal Álvaro Piérola y el querellante particular, Patricio Cozzi. Los Grenón participaron de la dirección de SAER entre 2010 y 2012 por lo que consideraron que el delito que se les reprocha ya está prescripto.
En su escrito, Vartorelli y Sampayo señalaron que «la acción penal dirigida a perseguir la conducta atribuida a sus defendidos Walter Grenón y Viviana Grenón, se encuentra prescripta por el paso del tiempo transcurrido entre el momento en que los mismos dejaron de tener toda relación con Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), por la venta de acciones realizada en noviembre de 2012 por el primero de los nombrados, conforme surge con absoluta claridad del Libro de Registro de Acciones Societarias de SAER». Y que en igual período cesó su participación Viviana Grenón.
En el escrito señalaron que «después de desprenderse de tales acciones
ninguno de ellos tuvo absolutamente más nada que ver ni vínculo alguno con la Sociedad Anónima Entre Ríos y que de ningún modo tenían a partir de entonces capacidad para manifestar o expresar la voluntad del ente; que es a partir de la medianoche de ese día donde comienza a correr el curso prescriptivo de la acción persecutoria penal». Y que resultaría «material y legalmente imposible que sus mandantes hayan podido -luego de esa fecha en que cesaron su participación, como accionista o director según el caso- (aunque antes tampoco lo hicieron) cometer ni un sólo acto contrario a sus deberes».
El fiscal Piérola planteó que la prescripción no puede ceñirse a «un mero cálculo matemático», y agregó que «la dirección argumental tropieza con la compleja trama ejecutada por todos y cada uno de los sindicados en la
presente causa, quienes de forma continuada e integrada entre sí, desde distintos modos de intervención jurídico penal, fueron creando una situación de ruina comercial y financiera de SAER». En opinión del representante del Ministerio Público Fiscal en la causa Etchevehere, «la maniobra de vaciamiento como hecho único investigado, no sólo encuentra a Walter Grenón desde ´adentro´ de SAER, sino también desde
´afuera´, participando dolosa y necesariamente en la transferencia
-vaciamiento- de los bienes que eran propiedad de El Diario de
Paraná».
Piérola cita un acta de asamblea de SAER del 20 de diciembre de 2010 que dispone, «teniendo en cuenta la imposibilidad de hacer frente con recursos financieros propios al pago de las deudas fiscales como así también la imposibilidad de acceder a créditos en atención a los estados contables de la empresa es que aprueban por unanimidad poner a la venta la totalidad de los inmuebles de la Sociedad (SAER) con exclusión del ubicado en calle Buenos Aires y Urquiza donde se encuentra la sede social. A tales efectos, se autoriza al entonces Presidente, Walter Grenón, a realizar actos correspondientes a los fines de la venta de los
inmuebles y/o suscripción de boletos de compraventa y/o escrituras
traslativas de dominio que correspondan».
El 16 de marzo de 2012, el directorio de SAER -que integraban Viviana Grenón y Leonor María Magdalena Barbero Marcial de Etchevehere- resolvió aceptar la propuesta de compra de esos inmuebles presentada por la firma Arroyo Ubajay SA, propiedad, claro, de Walter Grenón, «respecto de cinco importantes inmuebles -detallados en la
imputación- y otros dos inmuebles -también detallados- a la firma
Nexfin S.A. (propiedad Grenón). Tal decisión de ´enajenación´, fue en su
momento considerada la más viable, aparentemente fundamentada
por la falta de liquidez de la empresa para afrontar deudas y gastos
corrientes»
Así empezó el vaciamiento de la sociedad editora de El Diario.
.Luego, conforme acta de directorio de SAER del 20 de marzo de 2012, se resolvió aceptar la propuesta de compra de bienes presentada por la firma Construcciones del Paraná SA. «Bajo los mismos argumentos -dados
cuatro días antes- se autorizaron las ventas de siete importantes
inmuebles -detallados en la imputación-, a las firma Arroyo Ubajay SA y Nexfin SA (ambas propiedad de Grenón)». Luego, una asamblea extraordinaria del 21 de marzo de 2012, «los socios de Nea Capital Creativo S.A., representados por Walter Grenón y la Sucesión de Luis Félix Etchevehere, representada por Leonor Barbero, aprueban las Actas de Directorio del 16 y 20 de marzo del 2012, en lo referente a la venta de los
inmuebles. Luego, el 21 de septiembre de 2012, SAER (Viviana Grenón y Leonor Barbero), «aceptan la oferta de la firma Nexfin S.A. (Walter Grenón) para la compra de un inmueble (Tratado del Pilar Nº526) que Arroyo Ubajay desistió de comprar. En igual sentido, Nexfin S.A. ofrece comprar el inmueble de calle Buenos Aires Nº11 de Paraná. Luego por Acta de Directorio de SAER del 31/10/2012 surge que el producido de las ventas fue destinado a cancelar deudas con AMUS y con los coimputados Etchevehere y Barbero Marcial».
Más adelante, el 28 de diciembre de 2012, el Directorio autoriza la
toma de créditos para cancelar deudas de SAER.
Se trata, dice en su escrito el fiscal Piérola, de «una mega maniobra de coetáneas ´ventas´ de catorce inmuebles de una firma insignia de la
comunicación provincial y regional, con cientos de trabajadores que
de ella dependían, a la postre despedidos en su mayoría. Ventas
que tuvieron una particular forma de concretarse o garantizarse». Al respecto, detalló que Construcciones del Paraná SA, compradora de esos inmuebles, «tiene como únicos socios a Luis Miguel Etchevehere, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere; y que la Mutual AMUS tiene como socio mayoritario y Director al señor Walter Grenón, quien a la vez es representante de la firma NEA Capital Creativo S.A., socia mayoritaria de SAER».
Etchevehere Rechazo Prescri… by Entre Ríos Ahora
Luego de la venta de esos 14 inmuebles, los mismos fueron «a parar a manos tanto de aquellas empresas dirigidas por Grenón, como de Luis Miguel Etchevehere, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere». Más tarde, «SAER se obligó con otras instituciones distintas de las bancarias para obtener más dinero ´fresco´ para hacer frente a los compromisos económicos contraídos», dice Piérola, «lo que da la pauta
que la venta de inmuebles tenía como destino exclusivo hacer
circular el dinero entre las empresas de los socios de SAER, vaciando a ésta última y quedándose con sus bienes».
Y habla de un «movimiento circular» en la operación de vaciamiento: «los inmuebles cambiaban de titular (de sociedad), el dinero obtenido de tales ventas volvía hacia los mismos compradores, que a la postre terminaban siendo las mismas personas físicas que integraban ambos Directorios».
Más adelante, el fiscal da cuenta que «el sucesivo descalabro comercial y financiero de SAER, que comienza con el deliberado desprendimiento de sus bienes más importantes y continúa con la administración ruinosa a
través de innumerables actos perjudiciales, se encuentra evidenciado en el Informe General de fs. 1374 y siguientes e incluso expresamente reconocidos y declarados por los imputados Sebastián Etchevehere y Luis Guevara».
En 2018 SAER entró en concurso preventivo, y el juez Civil y Comercial N° 9, a cargo de la causa, nombró una Sindicatura, que elaboró un informe que da cuenta que «en el año 2010 dos de los hermanos de Luis F. Etchevehere (Arturo Roosvelt e Ivar Etchevehere) transfirieron sus acciones a Nea Capital Creativo SA, empresa de titularidad de Grenón, quien continuó liquidando los inmuebles para sanear el pasivo. Así, los inmuebles fueron vendidos en su mayoría, pero su pasivo más que saneado se fue incrementando. Y en el año 2012, culminando con la venta
de inmuebles, se transfieren varios de ellos a Construcciones del Paraná SA, Nexfin SA y Arr4oyo Ubajay SA»
El fiscal replica parte del informe de la Sindicatura, que dice: «El año 2012 fue cuando se puso a la concursada de rodillas, se la liquidó, y ya las condiciones para la obtención de fondos frescos para hacer frente a sus deudas fiscales y corrientes fue diferente, subsistiendo la empresa gracias a la pauta publicitaria oficial. También en ese año el Sr. Grenón transfirió sus acciones de Nea Capital Creativo al Sr Ramiro Nieto. Sólo quedaron en el patrimonio de SAER dos inmuebles, la sede de calle Urquiza y Buenos
Aires, y el ubicado en Av. Zanni Nº1591″.
Al analizar esas maniobras, Piérola concluye en que lo «más trascendente de todo este descalabro bochornoso, premeditado y connivente, es que de las actas surge claramente que los fondos que ingresaban como parte de la licuación del patrimonio empresario, se destinaba a la cancelación de deudas con los propios accionistas (Grenón y Etchevehere) y no a deudas
imprescindibles para el funcionamiento del negocio comercial». Y agrega: «Esta circunstancia ruinosa, claramente conocida por quienes toman el control de la empresa a fines del año 2012, es la condición única e inescindible del resultado perjudicial de la administración fraudulenta que, iniciada años atrás, se sigue consolidando con la gestión administrativa a partir del año 2013».
Al rechazar el planteo de prescripción, Piérola señala que «el delito en cuestión se extendió en su consumación, por lo menos, hasta el momento en que SAER se encontró en estado de ser disuelta (31/12/2014) a consecuencia de las deudas generadas, los compromisos cambiarios y toma de deudas destinados a saldar los costos y gastos corrientes de todos y cada uno de los bienes cuya venta se acordara y concretara por parte de los Accionistas, Directores y extraneus». Y entiende que «el plazo de
prescripción no puede desvincularse de todo este escenario ruinoso
atribuible a los hermanos Grenón», que continúa hasta la fecha.
El querellante Patricio Cozzi coincidió con el fiscal y señaló que «no caben dudas que la acción penal se mantiene vigente respecto de ellos porque los actos de desapoderamiento se siguieron concretando o efectivizando más allá del momento en que los mismos dejaron de tener relación formal con la Sociedad Anónima Entre Ríos en Noviembre de 2012, sea por la
venta de acciones (Walter Grenón) o por el cese en sus funciones (Viviana Grenón)».
El juez Ríos compartió ambos planteó y resolvió rechazar el pedido de prescripción formulado por los hermanos Grenón.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora