El Legajo Nº 289851 del Ministerio Público Fiscal está caratulado “Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) s/Administración Infiel”, a cargo del fiscal Gonzalo Ariel Badano, busca establecer si efectivamente la obra social provincial pagó sobreprecios en la contratación de la cobertura en prótesis para sus 300 mil afiliados.
El fiscal Badano decretó la apertura de causa y solicitó al Tribunal de Cuentas que “informe si la auditoría especial recabó la información interesad por el Fiscal de Cuentas Nº 1, mediante dictamen SG Nº 2108/25, en su caso remita copia papel o digital. Asimismo se interesa que haga saber si respecto al convenio suscripto entre el Iosper y la Asociación de Proveedores de Ortopedia, Cirugía e Insumos de Entre Ríos (Apocier) la Auditoría recabó algún otro tipo de información relevante, a efectos de ponerla en conocimiento”.
La pesquisa de Fiscalía apunta a “investigar las presuntas irregularidades cometidas en el marco del convenio suscripto entre el Iosper y la Asociación de Proveedores de Ortopedia, Cirugía e Insumos de Entre Ríos (Apocier) para la provisióin de materiales protésicos, en el que se habría producido dilaciones sistemáticas en la provisión, lo que habría generado un daño a los afiliados ante la falta de provisión oportuna de prótesis, gastos en el aumento de amparo por mora con el consecuente gasto de honorarios y costas, gastos en provisión de prótesis por fuera del convenio, y consecuentemente un beneficio económico para la Asociación en detrimento del Iosper”.
“Existe un proceso establecido según el tipo de lesión identificando cuál es la Institución que puede dar cobertura a la necesidad según el caso. Sorteado este paso, el afiliado concurre a la Institución sanatorial, siendo ésta la encargada de la carga del pedido de cirugía y solicitud de prótesis para su correspondiente auditoria, en ese momento el sistema expresa su carácter de: `Iniciada` con formulario GP775”, detalla.
Y suma: una vez que es abierta por el auditor médico muta su estadío a “en Observación”, teniendo 3 posibles resultados previo análisis de los requisitos médicos y formales:
- a) “Autorización”
- b) “Rechazo”
- c) Mantener estado de “Observación” con uno de los siguientes motivos:
– requerir una “Aclaración o documentación faltante”.
– el mantenimiento en observación deliberado, sin motivación, método que pudo facilitar una dilación teniendo en cuenta la posibilidad económica del Prestador no la necesidad del Instituto y mucho menos la del Afiliado. Seguidamente, en muchos de los casos se solicitaba -extendiendo aún más el proceso- cotización del elemento al único prestador, ingresando así al circuito de compra con los pasos previstos para casos ajenos al contrato que los vinculara.
“Esta extensión de los plazos indicaba según los datos estadísticos una cobertura del 40% sobre el total de requeridas en el mes, lo que determina la acumulación de pedidos no satisfechos”, abunda la denuncia ante el Tribunal de CUentas. “Superada esta instancia se requería a la casilla de mail denunciado, la prótesis al prestador aunque sin variar el carácter en el sistema de `Observación`”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora