El 16 de agosto de 2002 se publicó en el Boletín Oficial de Entre Ríos el texto de la Ley N° 9.424 que creó el Registro de Deudores/as Alimentarios de la Provincia de Entre Ríos el que funcionará en el área de la Subsecretaría de Justicia.
El listado de personas anotadas en ese Registro, dice la ley, no tendrán acceso a habilitaciones, cnocesoines, licencias o permisos para efectuar contrataciones en el ámbito del Estado provincial. «Antes de tomar la decisión respectiva, deberán requerir a éste la certificación de que las personas de referencias no se hallen inscriptas como deudores/as alimentario moroso», dice la norma.
También especifica que los proveedores del Gobierno de la Provincia, los permisarios, licenciatarios y concesionarios deberán, como condición para cualquier actuación, adjuntar a sus antecedentes una certificación en la que conste que no se encuentran incluídos en el Registro. Y fija que los partidos políticos, para oficializar las candidaturas, deberán acompañar además de los requisitos pertinentes, la certificación de no estar incluídos en el Registro respecto de todos los postulantes a cargos efectivos provinciales o municipales.
«Serán considerados deudores alimentarios, a los efectos de esta ley, todas aquellas personas que adeuden más de 3 cuotas alimentarias consecutivas o más de 5 cuotas alternadas, estas últimas en el período de 1 año a contar desde la determinación de la obligación, sean alimentos provisorios o definitivos, dispuestos judicialmente, o acordados ante la Defensoría de Pobres y Menores y/o Juzgados de Paz, siempre y cuando estos acuerdos se encuentren debidamente homologados por el Juez competente», dice la ley.
En el Concejo Deliberante de Colón se debate ahora una adhesión municipal a ese regimen provincial.
Se trata de un proyecto para exigir que la cuota alimentaria sea obligatoria a la hora de trámites municipales, y fue presentado en la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante por el bloque “Todos por Colón”.
Los concejales consideran además que debe legislarse para evitar que sean vulnerados los derechos de los niños, ya que mediante la norma se busca complementar los sistemas legales que exigen que los progenitores cumplan con las obligaciones alimentarias.
Desde el municipio no se podrá dar curso a la solicitud, por ejemplo, del carnet de conducir, entre otros trámites, sin antes comprobar un “libre deuda” de cuota alimentaria.
El proyecto se trabajó en conjunto entre concejales y el área de la Mujer.
“El proyecto de Ordenanza es una idea que surge en conjunto con la Secretaría de Gobierno y el área de la Mujer, estábamos buscando la manera de implementar esto”, comentó al respecto la concejal colonense Belén Padilla.
“Los morosos de cuotas alimentarias no podrán renovar el registro de conducir, ser proveedores del municipio, participar de licitaciones o concursos de precios ni concesionar espacios públicos que el municipio que tiene para ese fin”, señaló la edil colonense.
Y añadió: “El municipio ya contaba con un registro de morosos, que no estaba actualizado ni estaba trabajando en el mismo, la idea es que vuelva a funcionar”.
Estas personas deberán recurrir al área de niñez y obtener un certificado que constata que están al día con las cuotas alimentarias, “como si fuera un libre deuda” explicó la concejal. El proyecto, que ingresó en la última sesión del Honorable Concejo Deliberante, es tratado en comisión por el cuerpo para su tratamiento.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

