La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó una impugnación extraordinaria presentada por los defensores del abogado victoriense Daniel Alfonso Ochoteco, condenado el 7 de diciembre de 2018 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay a 2 años y 6 meses de prisión condicional por el delito de usurpación de un campo de 100 hectáreas, denominado La Unión, ubicado en Victoria, propiedad de su exsuegra, Flor Destefanis. Su exmujer, Alicia María Brassesco, fue condenada por el mismo delito a 2 años de prisión condicional; al igual que el hijo de ambos, Marcelo Daniel Ochoteco.
En la remisión de la causa a juicio, el 13 de noviembre de 2017, los fiscales Jorge Gamal Taleb e Iván Yedro trazaron un cuadro de situación de la causa, cruzada por inquinas familiares, traiciones, despojos, intimidaciones y bravuconadas, proferidas incluso en un despacho judicial en medio de la disputa por la ocupación de un campo. Así, detallan que a partir del 23 de agosto de 2015, Alicia Brassesco, su hijo Marcelo Ochoteco y el abogado Daniel Ochoteco «despojaron a la señora Flor de María Destefanis, de 87 años de edad, madre de Alicia Brassesco, del derecho real de usufructo vitalicio que ella posee sobre una fracción de campo, sita en el Distrito Corrales de Victoria (…), con una superficie de 110 hectáreas y respecto del cual tanto la mencionada Alicia Brassesco como su hermano Héctor Francisco Brassesco, poseen la nuda propiedad, al impedirle mediante amenazas que ella haga efectivo el uso, goce y explotación del predio.
El relato da cuenta de que Brassesco y Ochoteco padre e hijo se mantuvieron «ilegítimamente en el inmueble e inhibiendo el ingreso de la Sra. Destéfanis al mismo, a través de intimidaciones tales como decirle a quien era entonces su curadora – la doctora Andrea Noguera, designada en el marco de un proceso llevado a cabo en el Juzgado e Familia-, las siguientes frases de un carácter amedrentador: ´Se creen que nos van a sacar del campo, esa vieja y los que lo ayudan, que sepan que a los que se interpongan en nuestro camino los vamos a hacer mierda´. Y también: ´Sí, los vamos a hacer mierda, que no se pongan en nuestro camino´, expresiones vertidas en un juzgado de esta ciudad (Victoria), las cuales llegaron a conocimiento de la Sra. Flor de María Destéfanis, por intermedio de la Dra. Andrea Noguera».
Los fiscales también imputaron a Alicia Brassesco, Marcelo Ochoteco y el abogado Daniel Ochoteco por haber despojado a Héctor Francisco Brassesco, hermano de Alicia, del derecho real de dominio que posee sobre el inmueble de 24 hectáreas «al invadir el inmueble, mantenerse en el mismo e impedir el ingreso de Héctor Francisco Brassesco al mismo, mediante agresiones verbales y amenazas tales como: ´A quien se interponga en nuestro camino, lo voy a liquidar´, que habría sido pronunciada por el doctor Héctor Daniel Ochoteco, reiterándose las intimidaciones dirigidas al Sr. Héctor Brassesco hasta la actualidad».
En el alegato de apertura del juicio contra el trío Alicia Brassesco-Daniel Ochoteco-Marcelo Ochoteco, el fiscal Taleb trazó el cuadro de situación de una historia familiar muy oscura. Todo empieza el 23 de agosto de 2015, cuando usurpan el campo La Unión, y empiezan las presiones y amenazas contra la dueña legístima, Flor de Maria Destefanis, madre de Alicia Brassesco, abuela de Marcelo Ochoteco.
«El medio comisivo para inhibir el ingreso a la finca es la intimidación que ejerció el Dr. Daniel Ochoteco con quien entonces era su curadora provisoria, luego fue designada mediante el sistema de apoyo como persona encargada de velar sobre el cuidado económico de los bienes de la Sra. Destefanis, que es una señora de 90 años actualmente», señaló.
Marcelo Ochoteco «vivía en el campo La Unión en la fecha de los hechos», y Alicia Brassesco explotaba económicamente el lugar, al dejar allí la hacienda y hacer una explotación ganadera del campo, «siendo que el ejercicio real del usufructo que se impidió le correspondía» a Flor de María Destefanis, mientras que el doctor Daniel Ochoteco, padre de Marcelo Ochoteco, que había sido pareja de la señora Brassesco realizó las intimidaciones a la curadora Noguera.
El segundo hecho que se le atribuye también es una usurpación por despojo y también implica que no se le permitió ejercer a Héctor Francisco Brassesco, hermano de Alicia Brassesco, el derecho que tenía un un lote de 24 hectáreas, contiguo al establecimiento La Unión y tenía el derecho real de dominio. Fue mediante intimidaciones que se le impidió concurrir al inmueble y ejercer el derecho real de dominio. El medio comisivo también fueron las intimidaciones y también fueron proferidas por el doctor Daniel Ochoteco, que le dijo en la calle, «vamos a hacer mierda a todo aquel que se interponga en nuestro camino», una amenaza similar a la que había dirigido a Noguera. Mediante intimidaciones lograron que Flor de Maria Destefanis y Noguera su curadora, como el bioquímico Héctor Brasesco, concurran y puedan explotar el Establecimiento La Unión y el lote contiguo. También, esto sucedió a partir del 23/08/2015″.
Héctor Brasesco es hermano mellizo de Alicia Brasesco, ambos hijos de Héctor Lorenzo Brasesco y de Flor de María Destefanis.
Fallo Brassesco Ochoteco by Entre Ríos Ahora
El 2 de agosto de 2012 se produce el fallecimiento de Héctor Lorenzo Brassesco, el pater familias. Hasta ese momento, había tenido la explotación exclusiva del establecimiento La Unión y de otro establecimiento que era de su propiedad. En vida, se encargaba de todo lo que tenía que ver con la explotación agrícola ganadera de ese establecimiento. Cuando se produce la enfermedad, poco antes de su muerte, le da un poder de administración a su hijo Héctor Brassesco para que se encargue del manejo de los negocios. Pero una vez muerto el padre, estallan los conflictos entre los mellizos Alicia y Héctor, y se desatan las denuncias penales cruzadas.
Alicia Brassesco denunció a su hermano y a su madre. La primera denuncia fue por una administración infiel, aunque le dictan el sobreseimiento a su hermano. Pero entabló además otras dos demandas contra su madre. En los años 2013 y 2014 la inquina familiar se agudizó: Alicia Brassesco decide ingresar por la fuerza al campo La Unión. «Se produce el ingreso, la ocupación ilegítima del predio, y a partir de los años 2013 y 2014 se comienza una serie de intercambios de cartas documentos, donde Flor de María reclama poder ejercer el derecho real de usufructo porque era su fuente de ingreso, ya que contaba con una jubilación mínima», dice el planteo fiscal.
El 4 de agosto de 2015 la Justicia Civil hace lugar a una demanda de desalojo de la madre contra la hija. Pero lo que sigue son denuncias por intimidación y persecución. Y vuelta a lo mismo: el 23 de agosto «se produce el reingreso»: Marcelo Ochoteco se va a vivir al establecimiento La Unión y Alicia Brassesco lleva de nuevo su hacienda integrada por más de 100 animales.
«El día 23 de agosto reingresan al lugar, rompen los candados, cambian los candados, se retira el servicio de policía y se produce una nueva modalidad comisiva (…) Hay rotura de candados, con lo cual hay violencia física para reingresar al lugar a pesar de que no había ninguna medida judicial que lo avale, y a partir de ese día se inhibe la presencia en el lugar de Flor de María Destéfanis y Héctor Brassesco, de que ejerzan su derecho real de dominio y el derecho real de usufructo, a través de intimidaciones del Dr. Ochoteco sobre la curadora de la señora Flor de María y su hijo Héctor Brassesco que hasta que se produce el desalojo en el año 2016 y ya con lo que había sucedido anteriormente, se ven impedidos de explotar los lotes de 24 ha y 110 ha».
«Puede haber razones de amor filial o de solidaridad fraternal, que en otro caso, justificarían que esto pase, pero está claro en este caso, que ello no está presente, porque es una familia con conflictos muy intensos. La razón por la que esta situación injusta se perpetua en el tiempo, es porque no fueron a explotar el establecimiento La Unión y el lote contiguo por miedo, por las intimidaciones que habían recibido», plantea el fiscal.
Causa Brassesco Ochoteco by Entre Ríos Ahora
En la causa actuaron como querellantes Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, mientras que la defensa de Brassesco y Ochoteco, padre e hijo, estuvo a cargo de Raúl Barrandeguy, y Candelario Pérez. En el pronunciamiento del 23 de septiembre último, la Sala Penal, con voto de la vocal Claudia Mizawak, al que adhirieron Miguel Giorgio y Daniel Carubia, planteó que «es inaudible la pretendida atipicidad de las conductas enrostradas a los acusados que pregonan sus defensores técnicos, y las genéricas e incomprobables denuncias de supuestas deficiencias en la imputación de los hechos juzgados».
«Finalmente -dice el fallo-, en sintonía con lo resuelto por la Casación, estimo que es equivocada la descontextualización que realiza la defensa del testimonio de Flor de María Destefanis. En efecto, no surge de sus dichos que se haya retirado ´voluntariamente´ del predio, sino que como bien evaluaron los sentenciantes, la denunciante y su hijo se retiraron del lugar ante el miedo y desazón que las conductas de sus propios familiares les provocaron».
Y apuntó: «De todo lo expuesto emerge indubitable que la impugnación extraordinaria articulada por la defensa de los imputados no exhibe más que una mera disconformidad con el criterio seguido para valorar la prueba por el Tribunal de mérito y aplicar la ley sustantiva, convalidada por el Tribunal de revisión, omitiendo los recurrentes formular una concreta y fundada crítica de todos y cada uno de los específicos argumentos fundantes de la sentencia de casación que se pretende atacar».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora