El exgobernador Sergio Urribarri quedó a un paso del juicio oral la rechazar, este mediodía, un tribunal conformado por los camaristas Daniel Julián Antonio Malatesta, Gustavo Román Pimentel y Rafael Martín Cotorruelo, el pedido de recusación al juez José Eduardo Ruhl, formulado por sus defensores, Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez.

¿Qué importancia tiene el juez Ruhl? Es el magistrado que este viernes debe resolver si va a juicio la primera causa por corrupción que pondrá en el banquillo de los acusados al actual presidente de la Cámara de Diputados.

Al pedido de recusación de Ruhl se habían sumado los defensores Miguel Ángel Cullen, que representa a Alejandro Almada, Corina Cargnel y Maximiliano José Sena;  Ignacio Díaz y José Velázquez, que defienden al exministro Pedro Ángel Báez; y Guillermo Vartorelli, que representa a Gustavo Tamay, Emiliano Giacopuzzi y Corina Cargnel. Todos ellos están imputados y embargados en la causa  “Urribarri Sergio D., Báez Pedro A., Aguilera Juan P, Cargnel Corina E., Bustamante Jesús J.M., Montañana Hugo E., Tamay Gustavo R., Almada Luciana B., Giacopuzzi Emiliano O., Almada Alejandro S/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

El tribunal también rechazó el planteo de Cullen de reprogramar la audiencia prevista para este viernes 1°, a las 9, en la que el juez de Garantías José Eduardo Ruhl -que había sido recusado- decidirá si esa causa que investiga la distribución irregular de $24 millones en publicidad en vía pública, de la que se habría beneficiado, mediante el pago de coimas, el cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, va finalmente a juicio oral. En caso de que el magistrado resuelva ese camino, deberá pedir en forma previa el desafuero de Urribarri y Báez a la Cámara de Diputados, medida similar a la que ya formuló otro magistrado, Gustavo Maldonado, en otra causa por corrupción.

El presidente del tribunal, Daniel Malatesta, dijo que los tres magistrados realizaron un “profundo análisis” de lo que habían planteado los abogados defensores, y que recurrieron a jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ), de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y también del ámbito internacional, para analizar de qué modo aplicar “el instituto de la recusación de los jueces”.

Fue antes de dar a conocer el rechazo de los reproches de las defensas. Dijo el tribunal que no se ve afectada la “imparcialidad” del juez Ruhl, y que el magistrado tampoco ha hecho anticipo de opinión por el hecho de haber intervenido en más de una oportunidad en la tramitación del expediente judicial. “No existe para el tribunal atisbo alguno de parcialidad o anticipo de opinión como aseveró la defensa”, dijo Malatesta en la audiencia oral y pública que se desarrolló el mediodía de este miércoles.

En cambio, el tribunal no quiso adentrarse en el planteo hecho por el exgobernador Urribarri ante el Tribunal de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ), en el que acusó de mal desempeño al juez Ruhl por cuanto no existe denuncia formal que haya sido incorporado a la causa.  Y respecto del pedido de inconstitucionalidad de los artículos 46 y 48 del Código Penal, que habilita los caminos de la apelación, se lo rechazó por “inadmisible”.

Los argumentos de la recusación habían sido expuestos el lunes 28, durante una audiencia pública por parte de los defensores, y en la que los fiscales Alejandro Cánepa y Gonzano Badano reclamaron su rechazo.

La causa sobre la que ahora el juez Ruhl deberá decidir su elevación a juicio investiga  la distribución irregular, según la calificación del Ministerio Público Fiscal, de $24 millones en publicidad en vía pública que recayeron en manos de las firmas Tep SRL y Next SRL, que se adjudican a Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, quien a su vez conformó con las firmas Jesús Bustamante, de Paraná, y Hugo Montañana, de Concepción del Uruguay, un pool empresario que no permitió, entre los años 2010 a 2015, la participación de ninguna otra empresa. En medio, han dicho los fiscales, hubo pago de sobornos a las empresas Tep SRL y Next SRL por parte de Bustamante para garantizarse la permanencia de los contratos con el Estado.

Sólo dos defensores en la audiencia de este miércoles: Candelario Pérez e Ignacio Díaz.

 

Aunque el defensor Miguel Cullen, que representa a Alejandro Almada, Corina Cargnel y Maximiliano José Sena- pidió este lunes al tribunal que se aplace la audiencia de remisión a juicio.  “Solicito que, al no tener juez por estar recusado, se mita orden de suspensión de la audiencia de remisión a juicio”, planteó.

 

En la causa por los contratos de publicidad otorgados entre 2010 y 2015 por la administración Urribarri, el juez Ruhl dispuso, el 2 de febrero último, un embargo de $26 millones en los bienes de Urribarri, medida que alcanzó también a Báez, Aguilera, y Hugo Fernando Montañana, también por $26 millones, más la inhibitoria general de bienes. El empresario Jesús Bustamante, que había quedado en la misma situación, se desligó de la causa mediante un juicio abreviado.

El jueves 1° de febrero, Cánepa y Yedro habían pedido la elevación a juicio de la causa en la que se investiga a la administración Urribarri por la supuesta contratación amañada de publicidad con empresas ligadas a su cuñado, Juan Pablo Aguilera, en la está directamente también comprometido el exministro de Cultura y Comunicación y actual diputado provincial justicialista Pedro Ángel Báez. La petición de los fiscales incluyó otros dos elementos relevantes: el pedido de desafuero para los diputados Urribarri y Baéz ; y un adelanto de la solicitud que harán durante el debate en juicio, la pena de 8 años de prisión, de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos para Urribarri, Báez y Aguilera.

Los delitos investigados consistieron en el direccionamiento de órdenes de publicidad durante los años 2010 a 2015 por un monto total de $24.204.918,69 a lo largo del gobierno de Urribarri y su ministro Báez “en contrataciones de campañas publicitarias en vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del exgobernador”, según el dictamen fiscal. . Para los acusadores, esas firmas que se adjudican al cuñado Aguilera, Tep SRL y Next SRL, “absorbieron la casi totalidad de la publicidad en vía pública del Estado Provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción”.

“En mérito de las evidencias recolectadas, los fiscales consideraron a esas conductas como delictivas y las subsumieron en los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública -reiteradas-, peculado y fraude a la administración pública, previstos en los artículos 265, 261, 173 inc. 7 en función del art. 174 inc. 5, y 55 del Código Penal, imputando a Sergio Daniel Urribarri y Pedro Ángel Báez como autores, a Juan Pablo Aguilera, Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamante, Hugo Fernando Montañana y Gustavo Rubén Tamay, como partícipes primarios -art. 45 del C.P- y a Luciana Belén Almada, Emiliano Oscar Giacopuzzi, Alejandro Luis José Almada y a Maximilano José Sena, como partícipes secundarios”, revelaron desde la Justicia.

Belén Almada es la esposa de Juan Pablo Aguilera; Alejandro Luis José Almada, su hermano, es el que adquirió impacto mediático tras el secuestro de una fuerte suma de dinero durante un operativo de la Policía Federal en el Acceso Norte.

En forma provisoria, los fiscales adelantaron que pedirán ocho años de cárcel para Urribarri, Báez y Aguilera; para Corina Elizabeth Cargnel  y Hugo Fernando Montañana, seis años de prisión de cumplimiento efectivo; igual pena para Gustavo Rubén Tamay, con la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos; y cuatro años para Luciana Belén Almada, Emiliano Oscar Giacopuzzi, Alejandro Luis José Almada y Maximiliano Romero Sena.

Aunque desde que el Ministerio Público Fiscal hizo el pedido de remisión a juicio, en febrero último, los planteos de la defensa han sido constantes.

El 14 de mayo último, la Cámara de Casación Penal rotuló como  “inadmisibles” los recursos presentados por los defensores de Urribarri, del actual diputado provincial Pedro Báez y del cuñado Juan Pablo Aguilera contra la decisión adoptada por el juez de Garantías, José Eduardo Ruhl, más tarde confirmada por el camarista Daniel Julián Antonio Malatesta, contra los embargos decretados sobre el patrimonio de los tres en la causa que investiga la distribución irregular de publicidad a las firmas Tep SRL y Next SRL.

El reproche a esos embargos no sólo fue planteado por los defensores de Urribarri, Báez y Aguilera

En la causa, están Barrandeguy,  que ejerce la defensa de Urribarri junto a Candelario Pérez; Marcos Rodríguez Allende representa a Urribarri, pero también a Aguilera y a su esposa, Luciana Almada; Ignacio Díaz defiende a Báez, junto a José Velázquez; Guillermo Vartorelli, a Gustavo Tamay, Emiliano Giacopuzzi y Corina Cargnel; Miguel Cullen, a Alejandro Almada, Maximiliano Sena y Corina Cargnel; y Gastón Rosenberg, defensor de Jesús Bustamante.

A Casación fueron, además, Rosenberg, Cullen y Vartorelli.  En todos los casos, haciendo reserva del caso federal, con lo cual luego del pronunciamiento de Casación, irán al Superior Tribunal de Justicia (STJ), y, más tarde, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.