El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos confirmó la sanción de suspensión impuesta al abogado nogoyaense Maximiliano Casey, quien estuvo involucrado en una causa por el presunto delito de estafa, pero de la que logró salir con una probation o suspensión de juicio a prueba. Tras cumplirla, fue sobreseído.

En 2020, la entidad suspendió a Casey para ejercer como abogado durante 18 meses y en abril de este año, ante una apelación del acusado, confirmó la resolución. El dato se conoció en el Boletín Oficial de este 6 de julio.

La causa de la que zafó Casey fue la que le iniciaron los padres de un niño de 7 años que murió atropellado por un camión el 30 de septiembre de 2013, en la localidad de Strobel, departamento Diamante.

El padre del niño, José Favero, recorrió diferentes medios contando la historia del abogado Casey. Señaló que contrató al profesional para iniciar las acciones legales contra la aseguradora del camión que atropelló a su hijo y que, ante la falta de avance de la causa por casi un año, decidió averiguar con otro abogado qué había pasado con el expediente. Su sorpresa fue mayor cuando se enteró que Casey había acordado con la firma aseguradora hacía tiempo y que cobró la suma de $25 mil de entonces. Al enterarse de que su maniobra fue descubierta, Casey depositó dicha suma en la cuenta judicial de su cliente.

El padre del niño entendió que el abogado lo había estafado y por ello presentó una demanda penal en la Unidad Fiscal de Diamante en la que se consignó que la maniobra se habría concretado entre los primeros días de noviembre de 2014 y el 24 de septiembre de 2015. Lo cierto es que la causa no terminó como el demandante esperaba, ya que Casey consiguió un acuerdo de probatión con la Fiscalía.

El 13 de septiembre de 2018, el abogado accedió a una probation de un año dictada por el juez de Garantías y Transición de Diamante, Jorge Barbagelata Xavier. En dicha resolución el letrado se comprometió a abonar la suma de $.6.000,00, para cada una de las víctimas (los padres del niño fallecido), lo que hizo un total de $12 mil. Luego hubo otra audiencia en la que se fijó que el tiempo para cumplir la probation comenzara a correr desde el 16 de abril de 2019.

Ante la oposición que expresaron los padres demandantes a la salida alternativa, en la resolución de la probation se dejó asentado que “se hará saber a las mismas que se trata de una reparación simbólica que de ningún manera implica la renuncia a reclamar en sede civil la reparación integral del daño sufrido o menoscabo patrimonial y/o moral”. Y se agregó que “en caso de que no se acepte, será destinada a Hogar de Ancianos Municipal ‘Padre Zanitti’ de Nogoyá, a nombres de los denunciantes, a cuyas autoridades se facultará para emitir el correspondiente recibo de pago”.

Además, el abogado acordó realizar 200 horas de tareas de trabajo comunitario durante seis meses, en la Jurisdicción de Nogoyá. Asimismo, se le suspendió la matricula ante el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos por el término de cinco meses.

El 26 de marzo de 2020, el Tribunal de Disciplina del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos le aumentó dicha sanción: le aplicó una suspensión en el ejercicio de la profesión por el término de 18 meses. El correctivo se le impuso dos meses antes de cumplir la probation en la causa por estafa.

Finalmente, el 26 de mayo de 2020, la fiscal Sofía Patat interesó el sobreseimiento de Casey por cuanto cumplió con las medidas impuestas en la probation.

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El CAER confirmó la sanción al abogado

A través del Boletín Oficial, el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos informó este 6 de julio la resolución N° 29, fechada el 29 de abril de este año, mediante el cual confirmó la suspensión del letrado.

“Que el H. Tribunal de Disciplina del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, dictó sentencia en fecha 26/03/2020, aplicándole al letrado la sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión por el término de dieciocho (18) meses; Que el letrado interpuso recurso de nulidad y apelación contra la sentencia mencionada, concedida mediante Resol. Nº 28.529/21 CAER;. Que en el expediente caratulado: “Casey Maximiliano c/ Resolución del Honorable Tribunal de Disciplina del CAER de fecha 26/03/2020 Recurso de Nulidad y Apelación- Nº 6112 en fecha 15/02/2022 se deniega el recurso extraordinario; Que el Dr. Casey realiza un pedido de reconsideración; Que el Consejo Directivo considera el pedido y decide por unanimidad no hacer lugar a lo solicitado, ya que la sanción se encuentra confirmada por el Superior Tribunal de Justicia; Que por lo expuesto, la sanción aplicada se encuentra firme y consentida, a los fines de ser ejecutoriada por el C.A.E.R”, dice la resolución.

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De la Redacción de Entre Ríos Ahora.