La Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche decidió dar un paso al costado en la investigación penal preparatoria de la causa de los contratos truchos en la Legislatura, y que según la tesis del Ministerio Público Fiscal le habría producido un perjuicio al fisco del orden de los $2.000 millones.
La decisión de Goyeneche, avalada por el Procurador General Jorge Amílcar García, se apoya en la recusación en trámite que ahora debe resolver la Cámara de Casación Penal, que buscaban llegar hasta la máxima instancia, iniciada por un grupo de defensores de imputados en la megacausa de los contratos.
Según refleja el sitio Análisis Digital, el Procurador García avaló el pedido de apartamiento de Goyeneche -la tramitación la llevan adelante los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry- planteado por los defensores «en un incorrecto afán obstrucionista y dilatorio» del caso.
En su carta de apartamiento, Goeyeneche dijo que tomó la decisión por diferentes motivos. “Luego de las primeras semanas de investigación, se determinó la intervención delictiva del contador público Pedro Opromolla, cuyo estudio contable fue allanado el día 3 de octubre de 2018 y fue indagado el día 28 de diciembre de 2018”, dijo en el arranque. “No se relaciona, sin embargo, mi pedido, con los motivos esgrimidos por los defensores de los imputados Gustavo Pérez y Ariel Faure (los abogados Miguel Cullen, Guillermo Vartorelli y Leopoldo Cappa), quienes han utilizado publicaciones falaces en un medio periodístico sobre el vínculo del nombrado con mi esposo -y, consecuentemente, conmigo-, para -sin ningún interés que los ampare- recusarme en la causa, utilizando estas circunstancias para desgastar mi imagen pública y procurar degradar la investigación penal”, agregó.
Dice que “el vínculo de amistad de mi esposo (no mío) con el señor Opromolla, el contrato suscripto para la inversión en un fideicomiso, o la anterior adquisición al mismo de una parte indivisa de un inmueble, de ningún modo afectan mi primordial deber de objetividad en el rol de coordinación de la investigación fiscal, ni han conmovido de manera alguna el curso de la investigación en la presente. Sin embargo -acotó-, la evolución de la causa determinó la necesidad de realizar medidas de contenido patrimonial con el objeto de asegurar el recupero del producto del delito y la ejecución de las penas pecuniarias previstas en las figuras imputadas. En este contexto, los señores fiscales solicitaron -y así dispuso la señora jueza de Garantías, Marina Barbagelata-, la traba de embargos sobre los bienes de los imputados. Para así disponerlo, los fiscales solicitaron la cautelar sobre todos los bienes registrables informados por los registros públicos de la provincia, y fue así que se dispuso un embargo sobre el 50% de titularidad de Pedro Opromolla, de un inmueble ubicado en calle La Paz N°236, Oficina «B», de Paraná”.
El texto señala que “lo que no surgía de la información registral, es que dicho inmueble, que efectivamente fue de titularidad del señor Opromolla, fue adquirido por boleto de compraventa por la suscripta en fecha 9 de marzo de 2017. La traba de la cautelar, me coloca a la fecha en una nueva situación en la causa, en tanto deberé informar adecuadamente de esta circunstancia a la señora jueza de Garantías. Mientras esta situación no se modifique, solicito me dispense de continuar interviniendo en la presente, evitando así que estas circunstancias secundarias, sean utilizadas por sectores interesados para procurar entorpecer la investigación”, dijo luego. Finalmente, Goyeneche remarcó: “Debo destacar que el cese circunstancial de mi labor de coordinación, no significará menoscabo alguno en la impecable trámite de la investigación que están llevando adelante con total solvencia y probidad los señores fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry”.
La recusación
La dimisión de Goyeneche se dio en medio de la tramitación de un pedido de recusación.
Los abogados Miguel Ángel Cullen, Guillermo Vartorelli y Leopoldo Cappa volvieron a presentar un recurso para que la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción sea apartada de la causa en la que se investigan el supuesto fraude a las arcas públicas mediante la confección de contratos truchos en la Legislatura.
Esta vez presentaron un recurso de impugnación extraordinaria ante la Cámara de Casación Penal para que el planteo sea analizado por la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). De no conseguirlo, adelantaron que presentarán un recurso de queja para llegar a la máxima instancia judicial provincial.
La investigación abarca un periodo que va de 2008 a 2018 y, según estima la Fiscalía, el perjuicio económico asciende a 2 mil millones de pesos. Los letrados que defienden a varios acusados, en cambio, sostienen que la acusación pública no precisa de dónde surge ese cálculo.
La causa se inició en septiembre de 2018, cuando un grupo de personas fueron detenidas mientras retiraba dinero de un cajero automático del Banco de Entre Ríos, ubicado en calle Alsina. La operación la realizaban con varias tarjetas de débito que luego se descubrió que pertenecían a contratados ficticios, personas a la que se les pagaba una suma ínfima de un contrato que iba de 4 mil a 50 mil pesos.
Tras ello se imputaron a más de 35 personas, entre quienes se encuentra Juan Pablo Aguilera, cuñado del exgobernador Sergio Urribarri y secretario del bloque de Senadores del PJ; y los directores Administrativos Contables de ambas Cámaras Legislativas, Gustavo Pérez (Senado) y Sergio Cardoso (Diputados).
En la causa han surgido diferentes discusiones procesales: primero hubo un ida y vuelta por la validez de las prisiones preventivas para un buen número de imputados; y tras las excarcelaciones dictadas en marzo, comenzó una nueva que tiene que ver con un embargo por 3 mil millones que pesa sobre varios acusados.
A estas disputas entre la Fiscalía y defensores se le suma la recusación a la Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche, a quien se le reprocha su falta de imparcialidad por una vinculación comercial con el contador Pedro Opromolla, investigado en la causa.
El planteo es motorizado por los abogados Cullen, Vartorelli, defensores de Gustavo Pérez, ex Director Administrativo Contable de la Cámara de Senadores; y Leopoldo Cappa, abogado del contador Roberto Ariel Faure.
La semana pasada los letrados interpusieron una impugnación extraordinaria contra el fallo dictado el 1º de abril por la Cámara de Casación Penal que confirmó la resolución dictada por la camarista María Carolina Castagno, el 13 de febrero, que rechazó la recusación planteada por los letrados.
Posturas
La fiscal Goyeneche sostiene que en el planteo de recusación debe aplicarse la ley del Ministerio Público Fiscal, Nº 10.407, que en su artículo 35 establece que “los miembros del Ministerio Público Fiscal sólo podrán excusarse o ser recusados en los casos previstos en la legislación procesal vigente, siempre que exista una grave afectación del principio de objetividad. El apartamiento será resuelto por el Fiscal General de Coordinación o el Procurador General, según el caso”.
A su vez, señala que la norma es “posterior y específica” y que deroga el artículo 60 del Código Procesal Penal provincial.
Por su parte, los abogados afirman que la Ley Nº 10.407 no es aplicable a la Fiscal Anticorrupción. Remarcan que el artículo 207 de la Constitución provincial establece que el Ministerio Público Fiscal debe ser objetivo e imparcial. Y que en el caso debe aplicarse el artículo 60 del Código Procesal Penal, que dispone que un juez debe velar por la garantía de imparcialidad en un proceso y, por ello, es quien define el apartamento de un fiscal.
Recusación
La discusión sobre este asunto empezó en diciembre de 2018, cuando la jueza de Garantías Marina Barbagelata hizo lugar a un recurso de reposición presentado por la fiscal Goyeneche. En su resolución entendió que es la Procuración quien debe definir sobre su continuidad o no en la investigación.
Apelada esta resolución, la vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Carolina Castagno, confirmó lo dicho por Barbagelata. No conformes con ello, los abogados fueron en Casación, pero obtuvieron un nuevo revés. La Cámara declaró inadmisible el recurso.
Ahora buscan llegar a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), para que, al igual que lo hizo con las prisiones preventivas, dilucide la discusión.
En el recurso de impugnación extrarodinario los letrados sostienen la declaración de inadmisibilidad realizada por la Cámara de Casación, “incumple con la jurisprudencia de la CSJN lo que es motivo suficiente para la habilitación del remedio extraordinario hoy esgrimido, y sería suficiente motivo para que se revoque la decisión impugnada habilitando la instancia casatoria”.
Por otra parte, reiteran que sólo los jueces pueden emitir fallos que restablezcan o restrinjan los derechos que emanan de las leyes, la Constitución Provincial, Nacional o los Pactos Constitucionalizados.
Además, reiteran que el cumplimiento del garantía de imparcialidad debe ser resuelta por un magistrado. “La obligación emanada del artículo 207 de la Constitución Provincial, en cuanto establece que los fiscales deben ser imparciales, pone en cabeza del ciudadano un derecho correlativo de exigir a un juez el cumplimiento de la garantía de imparcialidad, si entiende que dicha garantía no está siendo respetada”, afirman según el escrito al que accedió Entre Ríos Ahora.
Entre otras consideraciones, sentencian: “Nos guste o no, la norma constitucional establece la imparcialidad de los fiscales y no pueden ser sino los jueces los garantes de la Constitución”.
En febrero, el abogado Cappa afirmó que llevarían la discusión hasta la última instancia provincial.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora