La Cámara de Diputados de Entre Ríos comenzó a trabajar un proyecto que busca crear en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social el Programa Provincial de Prevención, Sensibilización y Concientización sobre Violencia de Género Digital.
La iniciativa –impulsada por las diputadas Mariana Farfán y Silvia del Carmen Moreno, ambas del bloque del Frente Creer- entiende como violencia de género digital a “cualquier acto de violencia que se comete, se presta asistencia o se agrava en parte o totalmente por el uso de las TIC (tecnología de la información y la comunicación), tales como teléfonos móviles y teléfonos inteligentes, internet, plataformas de redes sociales o correo electrónico, contra una mujer porque es una mujer, o que afecta a las mujeres de manera desproporcionada”.
En los fundamentos del proyecto, las legisladores hace notar que “es necesario incorporar al análisis la idea de que las problemáticas o tensiones que suceden en espacios virtuales no son menos reales o tangibles que las que se desarrollan cara a cara. Por el contrario, son experiencias de mucha angustia para quien las sufre”, y que “debemos comenzar por comprender que el espacio online ya no es más, como en los comienzos, un lugar superficial y separado de nuestra cotidianidad, donde los límites eran claros y rígidos. Por el contrario, lo digital penetró en nuestras vidas filtrándose en casi todos los aspectos de nuestro día a día: trabajar, estudiar, divertirse, investigar, conocer gente, aprender oficios, jugar, pelearse, enamorarse, viajar, y tantos otros. Ya no existen horarios o dispositivos pautados de conexión, sino una penetración tal de lo digital que vuelve casi imposible dividir lo cotidiano de lo online, convirtiendo nuestros espacios en mixtos”.
Pero además, sostienen que la violencia de género digital “existe porque existe una violencia que la precede y con la que se retroalimenta, que es la violencia diaria vivida en las calles, colegios, trabajos, plazas, boliches, canchas de fútbol, etc. Es entendible y lógico que la violencia tenga su versión digital. Así como la mayoría de las prácticas comenzaron a digitalizarse, las violencias hicieron lo mismo”.
Entre las conductas que se consideran como violencia de género digital, se encuentran: difusión o publicación no consentida de imágenes íntimas o con contenido sexual, sexting y sextorsión; creación de perfiles falsos; difusión o publicación de datos personales o sensibles, como teléfono personal, correo electrónico, o datos que permitan ubicar físicamente a la víctima; publicación de mensajes, imágenes o videos y creación de etiquetas con el objeto de molestar, provocar o incitar a la violencia (troleo); amenazar, acosar, hostigar, manipular, difamar, humillar, insultar, desprestigiar; desobedecer, mediante el uso de las TICs, medidas cautelares impuestas por la autoridad en el marco de procesos judiciales de violencia de género; manifestarse en las publicaciones digitales de la víctima (mediante publicaciones, emoticones, etc.); discursos de odio o de discriminación hacia el género femenino; ciberbullying; linchamiento digital; suplantación de identidad; difusión de información falsa o fuera de contexto; vigilancia constante a la vida en línea de la persona; denuncias falsas o maliciosas contra la víctima; omisión o ausencia de interés de las autoridades estatales respecto a las conductas de violencia digital.
El proyecto fue tratado por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y la Banca de las Mujeres, Géneros y Diversidad. “Buscamos que se conceptualicen nuevos tipos de violencia que se identifican, como en este caso la digital”, expresó Farfán. Por su parte, Moreno dijo que “siempre hemos sufrido la violencia de género digital, es algo que aparece en las conversaciones y de los territorios. Estamos dando un paso en un debate que también se está desarrollando a nivel nacional”.
Proyecto Ley Violencia de G… by Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora