Se realiza este mediodía una audiencia para definir la suerte del cura Juan Diego Escobar Gaviria, imputado en una causa por abuso de un nene de 11 años, monaguillo de la Parroquia San Lucas Evangelista, de Lucas González.
El cura viajó esta mañana desde Oro Verde hasta Nogoyá, tras enterarse que anoche una comisión policial lo fue a buscar, sin suerte, al lugar que fijó como domicilio para su prisión preventiva, la Casa Padre Lamy, de Oro Verde.
Los efectivos comunicaron al fiscal Federico Uriburu, quien les había encomendado la misión, que el sacerdote no fue encontrado. Aunque en forma paralela, Escobar Gaviria, acompañado de su defensor, Milton Urrutia, se presentó en la comisaría de Oro Verde para informar su domicilio.
El jueves 3 la Justicia le dictó prisión preventiva por 20 días y lo envió a la Unidad Penal N° 5, de Victoria. Pero esa medida fue apelada por los defensores Milton Urrutia y Juan Pablo Temón. Y fue revocada el martes de esta semana por un camarista de Gualeguaychú.
La historia, a esta altura, parece una comedia de enredos: Escobar Gaviria entiende que la Justicia le dio la libertad, y vive a su mudo, sin barrotes; la Justicia de Nogoyá, en cambio, asegura que tiene prisión domiciliaria, y que esa prisión la debe cumplir en la casa de retiros Padre Lamy.
Pero se agrega un dato más, que complejiza todo. Los religiosos de la congregación Servidores de Jesús y de María abandonaron estos días la Casa Padre Lamy, y dejaron al cuidado a un casero. De modo que la fijación del domicilio en ese lugar de Escobar Gaviria se vuelve un asunto insólito.
Hoy, en la audiencia de Nogoyá, se dilucidará el alcance de lo resuelto el martes por el camarista Arturo Exequiel Dumón, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú.
Dumón resolvió, textual, esto: I). Rechazar el agravio esgrimido por los defensores técnicos del imputado contra la resolución dictada por el juez de Garantías de Nogoyá por el cual rechazo el planteo de nulidad en la audiencia respectiva, con costas a la defensa apelante. II).- Hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto, contra la resolución del juez de Garantías y Transición de Nogoyá por la que decreto la prisión preventiva del imputado, resolviendo la sustitución de dicha medida dispuesta, debiendo el imputado someterse a las siguientes reglas : a) al cuidado y vigilancia de la institución del arzobispo Juan Alberto Puiggari, quien deberá informar periódicamente – dos veces a la semana- que el imputado sigue bajo la medida dispuesta, b) obligación de presentarse dos veces a la semana ante la fiscalía actuante, c) la prohibición de salir sin autorización de la localidad de Oro verde, de la provincia de Entre Ríos y del país durante la vigencia de la misma. e) prohibición de mantener cualquier tipo de contacto o comunicación, con la supuesta víctima, sus familiares o allegados, ya sea a través de interpósita persona o a través de cualquier medio. Art. 349 inc. c. del C.P.P.E.R III) Disponer la inmediata libertad del imputado y la carga a sus defensores del traslado bajo su responsabilidad, hacia la Casa Padre Lamy en Oro Verde, comunicándose al Juzgado de Garantías lo obrado a los fines de que practique las comunicaciones pertinentes e imponiendo las costas en materia de agravios por su orden. No siendo para más se dio por terminado la audiencia, siendo las 15:11 horas, labrándose la presente, la que previa lectura y ratificación se firma por el Sr. Vocal, y los comparecientes. Se deja constancia que el presente acto ha sido registrado mediante soporte digital de audio y video, lo que se remitirá adjunto al legajo y se procederá a adelantar el contenido de la presente vía fax / mail.”.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.