La Sala Segunda en lo Civil y Comercial de Paraná declaró abstracta la causa iniciada por el Colegio de Escribanos de Entre Ríos contra el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, norma instaurada en 2013 por el gobierno del entonces gobernador Sergio Urribarri, más conocido como Impuesto a la Herencia.
El tributo fue aprobado mediante la Ley Nº 10.197, y disponía que con lo recaudado se crearía el Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos (Prodiser), que promovería la construcción de viviendas sociales y de obras conexas, destinadas a la población vulnerable de la provincia.
Dicho impuesto fue conocido como el «impuesto a la herencia», ya que grababa todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito (donación) como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza. Con ese tributo, entre 2013 y 2017, cuando estuvo vigente, la Provincia recaudó 126 millones de pesos. En rigor: $126.247.385.
Según los informes publicados en el sitio de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), estos fueron los millones que recaudaron por año.
Contra esa ley se levantó el Colegio de Escribanos de la provincia, que pidió a la Justicia que la declare inconstitucional por cuanto resultaba incompatible con preceptos constitucionales, y porque afectaba el accionar profesional de los notarios.
La causa se caratuló “Colegio de Escribanos de Entre Ríos C/ Gobierno de la provincia de Entre Ríos S/ Acción de Inconstitucionalidad” y, en una primera instancia, el 16 de marzo de 2017, la ley –y por ende las resoluciones de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER)- fue declarada inconstitucional por el juez Civil y Comercial Nº 4 de Paraná, Eduardo Federico Planas.
El Estado provincial, a través de la Fiscalía de Estado, apeló la decisión bajo el argumento de que la entidad no tenía legitimación en el reclamo, y porque entendían que no se afectaban los intereses de los colegiados.
Sin embargo, los cuestionamientos a la Ley llegaron a la Cámara de Diputados a través de un proyecto de la diputada de Cambiemos, Gabriela Lena, en el que se disponía la derogación de la norma. Finalmente, el gobernador Gustavo Bordet también envió un proyecto en ese sentido que fue aprobado por ambas Cámaras legislativas a fines de 2017. En enero de este año, el mandatario promulgó la ley 10.553 que puso fin al impuesto a la herencia.
De modo que tras la derogación del impuesto, el Colegio de Escribanos solicitó a la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial que declare abstracta la cuestión planteada, pero con un detalle: que le imponga las costas al Gobierno de Entre Ríos.
Finalmente, el pasado 18 de abril, los vocales Graciela Aída Basaldúa, Oscar Daniel Benedetto y Eduardo Romero Carbó declararon abstracta la acción ya que la Ley cuestionada fue derogada.
“Aunque la causa de una pretensión haya podido presentarse inicialmente como concreta es factible que, con posterioridad, se torne abstracta como consecuencia de la variación de las condiciones constitutivas del objeto de la decisión jurisdiccional perseguida. En tales supuestos la cuestión articulada no constituye materia de decisión judicial al no subsistir las condiciones indispensables para que el Tribunal se pronuncie”, dijo el Tribunal en la resolución a la que tuvo acceso Entre Ríos Ahora.
En esa dirección, señalaron que “la nueva ley que deroga la norma cuestionada de inconstitucionalidad, configura un hecho que debe tenerse en cuenta al resolver, conforme lo prescribe el artículo 160 inc. 6) del ritual, último apartado”. Por ello consideraron que el recurso de apelación presentado por la Provincia “carece de objeto” ya que desapareció el interés del Colegio de Escribanos.
En cuanto a la imposición de las costas, el Tribunal destacó que si no existe parte «vencida», “no es dable imponerlas a ninguna, habida cuenta que se considera ‘cuestión abstracta’ al planteo de inconstitucionalidad que constituyó la materia del proceso”. En ese punto, se remarcó que no corresponde imponerle las costas al Estado provincial ya que “la derogación de la norma no implica reconocer la inconstitucionalidad pretendida”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.