El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná condenó este martes a tres años y medio de prisión de cumplimiento efectivo al exvicegobernador Héctor Alanis (PJ) y al exvicepresidente primero del Senado Humberto Carlos Re (UCR), al hallarlos culpable por el desvío de un monto próximo a los u$s 6 millones durante el año 1999 en el Senado de Entre Ríos, cuyo destino final todavía hoy se desconoce. Además, les impuso la pena de inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos y al pago de una multa de $90 mil.

Ninguno, de momento, irá a prisión hasta que la condena quede firme. Los otros dos involucrados en la causa por peculado –utilizar fondos públicos en asuntos privados-, los exadminsitradores de las cuentas del Senado, Maximiliano Alanis, sobrino del exvicegobernador y yerno del exgobernador Jorge Busti, y el contador José Maximiliano Crettón Pereyra, recibieron sendas condenas de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional al haber accedido a un juicio abreviado.

La lectura del adelanto de sentencia –los fundamentos se conocerán el próximo 16 de abril- fue leída este martes a mediodía por el presidente del tribunal, Gervasio Labriola, acompañado por los camaristas Gustavo Pimentel y Rafael Cotorruelo, ante la presencia de los cuatro imputados, sus defensores, Julio Federik, Leopoldo Lambruschini, Humberto Re (hijo) y Tulio Manuel Kamlofky, los fiscales Alejandro Cánepa y Patricia Yedro, y los querellantes Juan de Torres, por Fiscalía de Estado, y Julián Gracia, por la Oficina Anticorrupción.

“El tribunal llegó a las distintas conclusiones por unanimidad”, afirmó Labriola, que primero hizo saber del rechazo al planteo de excepción por falta de acción formulado por los defensores de Alanis, Lambruschini y Federik. “La causa no se encuentra prescripta y no se ha vulnerado ninguna garantía. La acción penal se encuentra vigente”, dijo el magistrado, aunque reconoció más adelante lo extenso del proceso, que se inició en 2000 y recién llegó a juicio oral en 2018.

 

Los hechos


 

 

La acusación de la Fiscalía señala que entre 1998 y 1999 hubo un manejo de dinero poco claro en el Senado entrerriano. Los investigadores se centran en las trasferencias de una cuenta corriente de la Cámara Alta en el Banco de Entre Ríos del “Programa 17” hacia el “Programa 18”. Esas trasferencias nunca se rindieron al Tribunal de Cuentas, por lo que no se sabe en qué se gastaron los fondos. Maximiliano Alanis fue el director del Programa 18; mientras que Cretton Pereyra estuvo a cargo de la Administración del Senado, y del Programa 17. Héctor Alanis era el vicegobernador y por lo tanto presidente de la Cámara Baja; mientras que el radical Humberto Ré era el vicepresidente primero, durante la segunda gobernación de Jorge Busti, entre 1995 y 1999.

 

Maximiliano Alanis, a cago del Programa 18, y Crettón Pereyra, responsable del Programa 17, reconocieron su responsabilidad en el delito de peculado y accedieron a un juicio abreviado. Les impusieron una pena de dos años y ocho meses de prisión condicional.

El exvicegobernador y el exsenador Re, en cambio, siguieron en juicio oral.

La maniobra de desvío, según la acusación, en una primera instancia habría permitido sustraer $5.912.825,20 pesos/dólares. Luego se habrían detectado maniobras irregulares con $220.000 pesos/dólares. La suma de ambas operaciones da como resultado 6.132.825,20 de pesos/dólares que nunca se pudieron establecer donde fueron a parar.

El tribunal reconoció que “existió el hecho” , y al respecto en el adelanto de sentencia, afirmó: “Se encuentran acreditados los hechos imputados y atribuidos a los acusados”. Y habló de una “disposición discrecional de los caudales públicos por parte de los imputados”.

 

“Triangulación”


La Justicia estableció que durante la gestión de Alanis/Re (1995/1999) en el Senado hubo desvío de fondos, que se transferían recursos de una cuenta a otra, mediante el retiro de dinero en efectivo de los bancos, y que ese dinero tenía luego un destino que jamás se pudo establecer. En ello cooperó el “pobrísimo” trabajo de auditoría del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, según entendió el tribunal.

No sólo la falla estuvo en los auditores Marta Aurora Pérez y Álvaro Cristina Treppo –actual intendente de Seguí- sino también en los escalones más altos del Tribunal de Cuentas, hasta llegar a la presidencia, ejercida entonces por Hugo Molina.

“No existió real control por parte de los auditores”, concluyó la Justicia. “Tampoco sobre la existencia de documentación respaldatoria”, agregó. “Lo que queda demostrado es lo contrario. Que existió indulgencia por parte de Treppo y Pérez, y que esa indulgencia permitió la sustracción de fondos públicos”, acotaron los jueces.

El tribunal dio por probadas las maniobras de “triangulación” de fondos: ingresaban por un programa, se transferían a otro, y se gastaba con una imputación totalmente diferente. Y todo eso, con la venia del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, y en eso tuvieron responsabilidad directa Alanis y Re, concluyó. “No hay otra explicación racional que el acuerdo previo para el desarrollo de esta maniobra”, sentenció.

El destino de esos fondos, unos u$s 6 millones es, todavía hoy, una incertidumbre. Y allí, dijeron los jueces, “hubo un comportamiento doloso o imprudente de los auditores del Tribunal de Cuentas”.

 

Comparación


La pena de tres años y medio de prisión de cumplimiento efectivo para Alanis y para Re es más baja que la que había solicitado la Fiscalía durante los alegatos del 22 de marzo. Entonces, el Procurador General Jorge García pidió una pena de 5 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, la inhablitación absoluta para ejercer cargos públicos y el pago de una multa de $ 90 mil.

El fiscal Alejandro Cánepa dio por probado ese desvío y achacó buena parte de la responsabilidad en la falta de controles en el control renditivo del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos. Al respecto, señaló que se probó el retiro de fondos del senado de 5,9 millones de dólares que “se evaporaron, y nadie sabe hasta ahora cuál fue el destino”. Y agregó: “Esa maniobra requirió del concurso delictivo d varias personas”

“Nada de todo eso hubiera ocurrido si el Tribunal de Cuentas hubiera sido celoso en los controles”, aseveró, y reprochó que los auditores aprobaran rendiciones sin ver la documentación, y sólo basados en la confianza hacia los controlados. “La cuenta correspondiente al año 99 se aprobó en tiempo record”, subrayó.

Las defensas de Alanis y de Re, en tanto, fueron por la absolución. En tanto, la querella había pedido una pena más leve: 3 años de prisión de cumplimiento cumplimiento condicional.

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.