La estrategia judicial de Dolores Etchevehere, que recusó a los fiscales que pidieron llevarla a juicio oral bajo los cargos de usurpación y desobediencia, volvió naufragar. Después de que el juez de Garantías de La Paz, Walter Carballo, rechazara esa vía, los abogados de Dolores apelaron la decisión, pero se encontraron con un nuevo revés.

Carballo concedió el recurso de apelación, pero cuando el caso fue revisado por la jueza María Carolina Castagno, integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, declaró «mal concedido el recurso de apelación» presentado por el abogado Patricio Cozzi, defensor de Dolores Etchevehere y también del abogado Facundo Taboada, ambos involucrados en la causa por usurpación de la estancia Casa Nueva, en Paraje El Quebracho, en el acceso a Santa Elena, ocurrida en octubre de 2020.

Castagno resolvió así no hacer lugar a la recusación de los fiscales Oscar Sobko y María Constanza Bessa.

En la resolución a la que accedió Entre Ríos Ahora, la magistrada sostiene que «al ingresar al examen de admisibilidad del medio impugnaticio articulado por el recurrente», dice, «advierto claramente que la decisión impugnada no resulta susceptible de apelación,  por cuanto la norma (…) dispone que sólo lo son aquellas resoluciones que expresamente así se declaren o que causen un gravamen irreparable».

Revés para Dolores: rechazan la recusación del fiscal

 

 «En efecto, el impugnante desarrolla en su escrito las razones por las que entiende que la decisión adoptada por el Sr. Juez de Garantías que resuelve en sentido adverso a su planteo recusatorio de los representantes del Ministerio Público Fiscal intervinientes le ocasiona un gravamen de imposible reparación ulterior, sin detenerse en la expresa irrecurribilidad de dicha resolución, ni cuestionar la validez constitucional de la norma que lo establece, a saber el citado art. 46 in fine del C.P.P., el cual siquiera menciona, conservando por ende plena eficacia, vale decir, se encuentra debidamente activado el enunciado legal que establece la irrecurribilidad de la resolución que resuelve sobre el planteo recusatorio», agrega Castagno.
La resolución se da en  torno al pedido de remisión a juicio oral de la causa penal que se inició por la toma del campo Casa Nueva, cerca del acceso a Santa Elena, entre el 15 y 29 de octubre de 2020. El ingreso a la estancia suscitó la atención nacional, puesto que contó con el apoyo e impulso del dirigente del movimiento de los Trabajadores Excluidos (MTE) y abogado Juan Grabois.

Dolores Etchevehere: el pedido de cárcel condicional y los 21 testigos para el juicio

 

 

El 4 de junio de este año, a casi un año de los hechos, los fiscales Oscar Sobko y María Constanza Bessa, de la Unidad Fiscal de La Paz, solicitaron la remisión de la causa a juicio, con un pedido de condenada de un año de prisión condicional –no irán presos- para Dolores y el abogado Facundo Taboada.  Pero la remisión a juicio no pudo darse por cuanto Dolores Etchevehere recusó a los fiscales que la acusan.

La defensa plantearon la recusación por entender que Fiscalía perdió objetividad durante la tramitación de la causa. Consideraron que el fiscal se adelantó a determinar en varios pasajes del escrito de remisión a juicio que Dolores carece de derechos hereditarios sobre el inmueble en conflicto. Resaltaron los defensores que ello «lo debe determinar el juez de la sucesión del patrimonio de Félix Etchevehere».

Plantearon que el fiscal partió de un «prejuicio» contra Dolores, ya que la tildó de mentirle a las personas que la acompañaron en el ingreso a la estancia de que tenía derechos sobre el campo. Para los defensores esa postura revela una «falta de perspectiva de género» y aseguraron que cuando Dolores se entrevistó con el fiscal en Casa Nueva le pidió que investigue que estaba siendo violentada por sus hermanos y los ruralistas. Recordaron que Luis Miguel, Juan Diego y Arturo Sebastián Etchevehere cerraron con candado la tranquera de ingreso al campo y que un grupo de ruralistas incluso ingresó al predio y le propusieron «un salvoconducto para salir de la provincia».

Los abogados de Dolores y Taboada también pusieron en conocimiento del juez que en la causa por estafa y vaciamiento de El Diario de Paraná, Dolores fue aceptada como querellante; y que en dicho proceso la jueza Parola Firpo la convocó para que ratifique un convenio por la división de las acciones de Las Margaritas SA, y este no fue ratificado.

Asimismo, cuestionaron que el fiscal no haya investigado la denuncia de violencia de género que formuló Dolores, a pesar de que existen procesos como el que lleva adelante el fiscal federal porteño Federico Delgado, que investiga a los hermanos Etchevehere por supuesta «extorsión y violencia económica».

En tercer lugar, recusaron al fiscal porque entendieron que en la investigación cometió una falta de criterio porque pretende llevar a juicio un delito de usurpación que generalmente se resuelve por salidas alternativas. «Es inédito en la provincia y en el país elevar a juicio un conflicto entre hermanos por un bien que está indiviso. Es un acto discriminatorio contra Dolores», manifestó el abogado Cozzi.

Etchevehere: ordenan el desalojo de Dolores

 

 

Primero, el planteo fue rechazado por el juez de Garantías de La Paz, Walter Carballo; ahora, el revés provino de la vocal María Carolina Castagno, la misma jueza que el 29 de octubre de 2020 resolvió ordenar el desalojo de Dolores Etchevehere de la estancia Casa Nueva, que dio lugar a la causa por usurpación y, después, por desobediencia judicial, cuando se negó a cumplir la medida.

 

Dolores Etchevehere Resoluc… by Entre Ríos Ahora

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora