El personal de la Administración Pública Municipal tendrá receso administrativo desde el 2 al 20 de enero de 2017. Asimismo, se dispuso asueto e inhábil administrativo, para los días 23, 29 y 30 de diciembre. El período de receso será considerado inhábil a los efectos del trámite de expedientes, reclamos o recursos.

El Departamento Ejecutivo Municipal dispuso mediante Decreto 2.524 un período de Receso Administrativo para el personal de la Administración Municipal a partir 2 al 20 de Enero de 2017, ambos inclusive, en el que se deberá gozar obligatoriamente de la Licencia Anual Año 2016, en la proporción correspondiente.
En los casos de agentes que cuenten con Licencias reconocidas, pendientes de uso, correspondientes a los calendarios anuales anteriores, deberán gozar de las mismas en forma obligatoria y previa a la del presente año, como así también en los francos compensatorios que le fueran otorgados.
Asimismo, se declara Asueto e inhábil administrativo los días 23, 29 y 30 de diciembre del corriente año. El agente que por razones de organización deba prestar servicios en esos días, tendrá derecho a Franco Compensatorio y/o Licencia Especial, a otorgarse en oportunidad que determine el Director o Responsable de la Unidad de Organización facultado a tales efectos.
Las Secretarías que conforman el Gabinete Municipal, a través de los responsables de las áreas a su cargo, adoptarán los recaudos pertinentes que hacen a la prestación de los servicios esenciales y/o aquellos que se consideren ineludibles, a los efectos de no resentir la correcta prestación de los mismos
El período de receso será considerado inhábil a los efectos del trámite de expedientes, reclamos o recursos-