El abogado Enrique Pita, que defiende a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche, en el proceso de jury presentado ante el Jurado de Enjuiciamiento, cruzó a los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Martín Carbonell, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, quienes, a su entender, adelantaron posición en un asunto que, de momento, no está oficialmente resuelto.

Sorpresivamente, los vocales del STJ -3 de los 7 integrantes del Jurado de Enjuiciamiento que debe pronunciarse respecto de la denuncia presentada contra la Procuradora Adjunta y también el Procurador General Jorge García, acusados de supuesto mal desempeño en la causa de los contratos truchos en la Legislatura- emitieron un comunicado en el que aludieron a «recientes operaciones mediáticas y declaraciones corporativas carentes de objetividad y veracidad relativas a la tramitación de denuncias respecto de las cuales aún no se ha dictado siquiera resolución de admisión de ellas y apertura de causa, y resultando atentatorias contra la credibilidad de las instituciones vigentes y que menoscaban la propia ´independencia´ del Poder Judicial que declaman defender, nos vemos obligados a efectuar la presente aclaración a fin de ilustrar e informar debidamente a la ciudadanía sobre el particular”.

Jury: los vocales del STJ hablan de «operaciones mediáticas»

 

Respecto a una eventual resolución en el caso Goyeneche, señalaron: «En todos los casos en que éste deba intervenir, si se adopta la decisión de suspender al/a magistrado/a o funcionario/a acusado/a, el Poder Judicial o, en su caso, los Ministerios Públicos disponen de las herramientas necesarias para proveer lo pertinente a fin de no entorpecer, dilatar ni impedir el trámite y decisión de las causas donde intervenga la persona acusada, como tampoco la trascendencia de estas causas podrán entorpecer, dilatar ni impedir la libre actuación del órgano constitucional de control ni el dictado de la resolución definitiva fundada en los hechos y en las pruebas legalmente incorporadas al enjuiciamiento con pleno control y absoluto respeto del derecho de defensa en juicio (art. 18, Const. Nac.) ejercido dentro del proceso y conforme a las reglas del procedimiento legalmente establecido».

Al respecto, Pita señaló que «resulta preocupante que los integrantes de un órgano colegiado de juzgamiento, como lo es el Jury de Enjuiciamiento, emitan anticipadamente declaraciones y manifestaciones sobre la causa cuando esta se encuentra en trámite, incluso en su etapa inicial. La independencia e imparcialidad que se pretende de ese órgano y de sus integrantes parece incompatible con manifestaciones públicas como las que ahora nos ocupan, circunstancias que ameritan eventualmente su recusación en la instancia procesal oportuna».

Se detiene el letrado en un apartado del pronunciamiento de los tres integrantes del máximo tribunal de Entre Ríos, en el que, «con un aparente afán didáctico», los vocales del STJ «pretenden dirigir un mensaje tranquilizador a la sociedad en el sentido que -si se adopta la decisión de suspender a los funcionarios denunciados- existen herramientas legales destinadas a proveer a su reemplazo en las causas de corrupción donde intervienen o han intervenido. Manifestaciones de esta índole no pueden sino causar especial inquietud a los denunciados -entre ellos mi patrocinada- pues las entrelíneas nos permitiría suponer que esa es la solución que se propiciaría por el Jurado de Enjuiciamiento y que ella sería eventualmente compartida por los Sres. Vocales».
«Tampoco -agrega Pita- puede pasarse por alto el último párrafo del comunicado donde se hace especial referencia lo que denominan ´operaciones mediáticas carentes de objetividad y veracidad´, siendo que -según allí se expresa- aún no ha sido dictada la resolución de apertura del Jury. A través de la prensa -local y nacional- hemos seguido las vicisitudes del Jury y hemos tenido noticia de los supuestos votos emitidos, del sentido de cada uno de ellos y también de las eventuales propuestas de suspensión en el cargo. Esto es un hecho inusual y grave  con relación a las decisiones que emiten órganos colegiados, asimilables en cuanto a su trámite a los órganos jurisdiccionales. Más que preocuparse por supuestas operaciones mediáticas, los Sres. Vocales integrantes del Jury deberían procurar resguardar la privacidad y reserva de los votos emitidos, cuyo conocimiento público anticipado ha generado su previsible réplica social, mediática e institucional. Si el resultado final de la votación del Jury se corresponde a lo que se anticipó periodísticamente, no se trataría de una ´operación mediática´, como se señala, sino de información veraz y debidamente verificada».

Y apunta: «Finalmente, corresponde también destacar la referencia a ´declaraciones corporativas” carentes de objetividad y veracidad, con relación a una denuncia aún en trámite. Si bien no se individualizan las ´corporaciones´ a las que se alude, es dable presumir que se refieren a declaraciones -o propuestas de declaración- emanadas de diferentes colectivos, representativos de los fiscales y de los magistrados. Los Sres. Vocales deberán tomar debida nota que las instituciones a que se hace mención -peyorativamente calificadas
como ´corporativas´- no han hecho otra cosa que cumplir con sus fines institucionales, consistentes en garantizar la independencia del poder judicial y evitar el uso desviado del mecanismo de remoción y sanción de jueces y fiscales. Sería pecar de ingenuidad analizar la denuncia promovida contra el Procurador General y la Procuradora Adjunta aisladamente y no el contexto que le proporciona la causa a la que la misma refiere. Se trata de la investigación de una presunta organización criminal, que habría operado durante más de 10 años, en la que habrían intervenidos altos funcionarios del Estado. La minuciosa y extensa remisión de la causa a juicio ilustra adecuadamente al respecto y permite así verificar la trascendencia y gravedad de los hechos imputados, realidad subyacente que resulta de ineludible análisis a la hora apreciar -con sentido de integridad y contextualidad- el enjuiciamiento al que ahora son sometidos los fiscales denunciados».

 

 

Jury Respuesta de Pita a Lo… by Entre Ríos Ahora

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora