El 23 de junio de 2020, en medio del momento más feroz de la pandemia de coronavirus, en el Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná se abrió un sumario a un trabajador del sector mantenimiento, a quien se endilgó el supuesto robo de un dispenser de alcohol en gel que estaba colocado cerca del reloj que marca el ingreso y egreso del personal. Ese elemento, el alcohol en gel, era parte del misal diario, cuando la vacuna era una promesa y los contagios se multiplicaban.

CCB, el empleado puesto bajo sospecha, cargó con la acusación de haber sustraído el envase con alcohol en gel, hecho que habría sucedido el 20 de marzo de 2020, entre las 16,24 y las 16,25. La exactitud del momento en que retiró el dispenser -no quedó claro si contenía alcohol en gel o estaba vacío- lo dio el registro de las cámaras de seguridad que, oh sorpresa, nadie se percató de la necesidad de resguardar. En el sumario se agrega el testimonio del personal responsable del Área de Recursos Humanos del Hospital San Roque que dio cuenta que las imágenes se guardan sólo por tres meses y después se borran, sin ningún back up.

El decreto Nº 936, del 23 de junio de 2020, dispuso iniciar la instrucción de un sumario administrativo al trabajador a instancias del entonces director del Hospital San Roque, Víctor Brondi. Las actuaciones administrativas se acompañaron con “imagen captura de video donde presuntamente se observaría la extracción del material/insumo colocado dentro de un dispositivo, sobre una columna, en el pasillo de la División Recursos Humanos”, donde se registran las huellas de ingreso y egreso de todo el personal.

El trabajador, con 17 años de antigüedad y sin ningún reproche a lo largo de su historia laboral, negó haber sustraído nada: dijo que sacó residuos y después hizo lo que cualquiera, fue a higienizarse y no encontró alcohol en gel. Entonces, hizo lo que supuestamente no debía hacer: retirar el envase e ir hasta la farmacia del hospital para que se lo recarguen. El responsable de mantenimiento aseguró que esa no era la vía, que debió dirigirse a su superior para que le suministre el elemento para higienizarse.

En cualquier caso, un asunto muy menor. Pero en la Administración se tomaron tres años para resolver el entuerto del alcohol en gel.

Este viernes 16 de junio se publicó en el Boletín Oficial el texto del decreto Nº 178 por el cual se dio por finalizado el sumario por el caso del dispenser de alcohol en gel. La norma explica, antes de concluir con la aplicación de la sanción de 20 días de suspensión sin goce de haberes al empleado, que “se le reprocha al encartado haber extraído el dispensador de alcohol en gel que se encontraba emplazado frente al reloj de registro de ingreso y egreso”, y que el hecho quedó grabado en las imágenes de las cámaras de seguridad que, sin embargo, se borraron a los tres meses.

“Que al prestar declaración testimonial la Jefa de Recursos Humanos del Hospital Materno Infantil San Roque, de Paraná, manifestó que lo que pudo ver en la filmación es que el agente retiraba el alcohol del soporte que habían puesto en la columna de uno de los ingresos al Hospital, rente a los relojes de marcación del ingreso y egreso del personal; agrega que los videos de las cámaras se borran a los tres meses de grabado, sin advertir dejar un back up de la filmación”, agrega el decreto.

Aunque el defensor del trabajador sostuvo que “no está acreditado que el agente haya efectuado la conducta que se le imputa, no consta el video completo, invoca el principio de inocencia y solicita el archivo” del caso, el Ministerio de Salud se mantuvo en sus trece. Dijo que “del plexo probatorio colectado puede afirmarse sin hesitación que el hecho reprochado al encartado ha quedado acreditado, en el curso de la presente investigación sumarial, quien retiró y/o `sustrajo` el alcohol en gel en cuestión”, y esto, agrega el funcionario que redacta el decreto, “independientemente que no se haya conservado la filmación”.

Después, el texto del decreto discurre en un discurso moralista: “Que el ejercicio de la potestad disciplinaria del Estado busca la buena marcha y funcionamiento de la Administración Pública, por ello las normas en la materia se orientan hacia el cumplimiento de los deberes propios de cada servidor, con lo cual se pretende el logro de las finalidades estatales. La incorporación a la función pública supone un previo conocimiento de un régimen disciplinario específico para esa función, el principio de aceptación de las condiciones del servicio o trabajo, lo que deviene en un condicionante al momento de analizar la responsabilidad del agente”.

Al empleado de mantenimiento del Hospital San Roque le aplicaron 20 días de suspensión, sin goce de haberes.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora