La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar a un recurso extraordinario federal presentado por la defensa del cura Juan Diego Escobar Gaviria, condenado en 2017 a 25 años de cárcel por abuso y corrupción de menores, y ahora será la Suprema Corte de Justicia la instancia que deberá analizar si el sacerdote debe esperar en libertad a que la sentencia en su contra quede firme. Sus abogados, Milton Ramón Urrutia y María Alejandra Pérez solicitaron el cese de la prisión preventiva,.

Escobar Gaviria fue a parar con sus huesos a la Unidad Penal de Victoria el 21 de abril de 2017 luego de una resolución firmada por el juez de Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, de modo de evitar que entorpezca la investigación penal en su contra, entonces en su tramo final. Luego, el 6 de septiembre de ese año, cuando el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay lo condenó a 25 años, la prisión preventiva se mantuvo y como argumento estuvo el potencial riesgo de fuga del cura estando en libertad. La Cámara de Casación Penal, primero, y la Sala Penal del STJ, después, han rechazado la excarcelación del cura. Ahora, al acceder la máxima instancia judicial entrerriana al recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Escobar Gaviria, el caso será analizado por la Corte.

En abril último, y con voto dividido, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó la prisión domiciliaria para el cura Escobar Gaviria, condenado en 2017 a la pena de 25 años de prisión por abuso y corrupción de menores, y que desde abril de ese año cumple prisión preventiva en la Unidad Penal de Victoria ante el peligro de fuga, según la tesis del Ministerio Público Fiscal.

El cura había sido condenado el 6 de septiembre por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto. La sentencia fue confirmada en septiembre de 2019 por la Cámara de Casación Penal. En octubre pasado, la Sala Penal revocó parcialmente la condena al cura, y anuló uno de los cuatro casos por los que fue sentenciado y mandó a revisar la sentencia por parte del tribunal de origen de Gualeguay.

En abril, con el voto de los vocales Claudia Mizawak y Miguel Giorgio, y la oposición de Daniel Carubia, la Sala Penal denegó el pedido formulado por la defensora del cura, María Alejandra Pérez, que argumentó que Escobar Gaviria debería ser incluido en los grupos de riesgo por los problemas de salud que padece y por eso mismo pidió que la prisión en una unidad carcelaria la pueda cumplir con la modalidad de arresto domiciliario, en una vivienda de la ciudad de Victoria.

Ahora, fue el propio Carubia quien comendó el voto de la Sala Penal que, en forma unánime, decidió habilitar el camino de la Corte para que se resuelva si el cura debe salir de la cárcel de Victoria y cumplir arresto domiciliario. «Si bien la defensa reitera argumentos ya planteados, cierto es que no todos fueron contestados con completitud, en especial aquellos por los cuales ofrecían alternativas para la morigeración en la forma en que se viene dando el encarcelamiento del encartado», dijo en su voto Carubia. Y agregó: «Conjuntamente con ello, no puede soslayarse que la cuestión en debate trata de la privación de la libertad de manera preventiva y por un plazo que al que se califica de irrazonable, el cual se ha ido prolongando sine die«.

La vocal Mizawak razonó: «Surge del relato precedente que hace más de tres años que es mantenido el encarcelamiento preventivo del Sr. Escobar Gaviria, situación que podría violentar su garantía a ´ser juzgado dentro de un plazo razonable o a ser puesto en libertad´, consagrada por el artículo 7.5 de la Convención Americana de Derechos Humanos, lo que habilita la intervención del Máximo Tribunal Federal en la especie».

El vocal Giorgio, que en abril pasado había dicho que «a la luz de lo actuado en cambio se observa que la situación de Escobar Gaviria no ha variado» y sostuvo que «no se pueda más que sostener que no hay nuevas circunstancias que conmuevan el peligro de fuga, incluso se mantienen las circunstancias de no poseer arraigo personal y familiar pero si medios económicos que le permitirían evadirse de la Justicia», ahora adhirió al voto de Carubia que sostuvo que el plazo de la prisión preventiva de Escobar Gaviria está «largamente excedido».

La causa

Escobar Gaviria fue párroco de Lucas González –un pueblo de poco más de 4.000 habitantes, a 133 kilómetros de Paraná– desde 2005 hasta el 27 de octubre pasado de 2016, cuando fue apartado por orden de la curia.

Desde entonces, el sacerdote no puede oficiar misas en público, y esa situación se mantendrá hasta que se cierre la causa en la Justicia por una disposición que adoptó el arzobispo de Paraná, Juan Alberto Puiggari, que además abrió una investigación canónica sobre el sacerdote.

Escobar Gaviria Recurso Fed… by Entre Ríos Ahora

El lunes 31 de octubre de 2017 y ante la falta de información sobre el paradero del cura,  que ya había sido denunciado por dos monjas del Colegio Castro Barros San José, de Lucas González, los fiscales Rodrigo Molina y Federico Uriburu cursaron un oficio a la curia preguntando por el paradero de Escobar Gaviria. No les respondieron sino hasta el martes 1º de noviembre, a la tarde. Por eso, el juez de Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, libró una orden de captura contra el cura.

Cuatro víctimas acusan al cura por abusos: tres son por promoción a la corrupción agravada; un caso es por abuso sexual. Se trata de exmonaguillos que estuvieron cerca del cura, dejados por sus familias ante la creencia de que estarían en un lugar seguro. Los testimonios que acumula el expediente Escobar Gaviria en la Justicia demuestran que no.

Lo condenaron a 25 años de cárcel, y lo mantuvieron en prisión preventiva en la cárcel de Victoria, donde está ahora. La última resolución de la Sala Penal del STJ ordenó revisar la condena por cuanto fue anulado uno de los cuatro hechos por los que fue sentenciado. Ahora, el máximo tribunal habilitó la vía federal para que revise la medida de prisión preventiva.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora