El defensor del exgobernador Sergio Urribarri, Leopoldo Cappa, tildó de agraviantes los conceptos vertidos por el representante de la Procuración, el fiscal Leandro Dato, en un escrito que contestó un pedido de recusación de miembros de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que debe resolver un recurso de queja en el marco de la condena a 8 años de cárcel derivado de la sustanciación del denominado megajuicio, en 2022.
Cappa había recusado, primero, a los vocales Gisela Schumacher y Miguel Ángel Giorgio, y su planteo fue rechazado “in límine” -sin considerar- por el presidente de la Sala Menal, Germán Carlomagno. El defensor de Urribarri insistió para que el planteo lo tratase el pleno del STJ y Carlomagno revisó su decisión: entonces permitió que otros dos vocales, Susana Medina y Carlos Tepsich analizaron las recusaciones.
Pero entonces Cappa recusó a Tepsich, con dos argumentos: ser cuñado del secretario Legal y Técnico de la Gobernación, Esteban Tepsich, y no tener acuerdo constitucional del Senado.
El fiscal Dato pidió Tribunal de Ética para el defensor de Urribarri
«Se trata sin lugar a dudas de una burda maniobra de elongamiento», sostuvo el fiscal Dato al analizar el planteo recusatorio. El fiscal aludió a una «inconducta procesal» al recusar a Tepsich, «aludiendo a inaceptables cuestiones de su vida privada y desconociendo lalegitimidad Constitucional de su designación». Y por eso pidió Tribunal de Ética del Colegio de la Abogacía para el defensor.
Pero Cappa le dio a beber de su propia medicina al fiscal Dato: pidió a la Sala Penal del STJ que analice una eventual sanción por el tono de su pronunciamiento. Lo consideró «agraviante».
«Atento a los extremos agraviantes que surgen del escrito presentado por el titular de la acción pública según la vista que se le corriera el 8 de abril del corriente, suplico a VE que adopte las medidas disciplinarias correspondientes, a fin de garantizar la objetividad del MPF (Ministerio Público Fiscal) que permita el desarrollo de un debido proceso legal en términos constitucionales”, señaló Cappa. en un escrito dirigido a la Sala Penal. «Ello -añadió- sin perjuicio de la oportuna extracción de testimonios a fin de dar eventual inicio a los procedimientos constitucionales reservados a la destitución de los miembros del Ministerio Público”.
En su presentación, el letrado se refirió a las expresiones vertidas por el fiscal manifestando que: “Atento a los extremos agraviantes que surgen del escrito presentado por el titular de la acción pública según la vista que se le corriera el 8 de abril del corriente, suplico a VE que adopte las medidas disciplinarias correspondientes, a fin de garantizar la objetividad del MPF que permita el desarrollo de un debido proceso legal en términos constitucionales”.
“Ello sin perjuicio de la oportuna extracción de testimonios a fin de dar eventual inicio a los procedimientos constitucionales reservados a la destitución de los miembros del Ministerio Público”, agregó.
En esa línea, Cappa señaló que “el hecho de que un miembro del Ministerio Público Fiscal se refiera en términos despectivos y solicite sanciones contra un abogado del foro por la simple circunstancia de ejercer su ministerio, implica un grave avasallamiento contra el libre ejercicio de la profesión y no hace otra cosa que sumar otra arbitrariedad más, a las múltiples ya denunciadas en el escrito de impugnación extraordinaria”.
Seguidamente, el abogado afirmó que el Ministerio Público Fiscal “ha contestado su vista sin manifestar oposición al planteo concreto por el que VE le corriera vista” por lo que “considero que debe resolverse en consecuencia haciéndose lugar a la reposición, según la reconducción operada por este alto tribunal”.
Finalmente, Cappa hizo “reserva de agotar todas las instancias nacionales e internacionales y especialmente de ocurrir ante el máximo tribunal federal” argumentando para ello diversos principios y normativas.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora