El martes 13 de agosto último, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la condena que pesaba sobre el exlegislador provincial y exembajador argentino en Cuba Raúl Abraham Taleb, aunque la morigeró.
Taleb fue condenado en 2016 a la pena de 3 años de prisión condicional, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos público, al pago de una multa de casi medio millón de pesos al hallárselo culpable del delito de enriquecimiento ilícito y al decomiso de un departamento ubicado en un edificio de calle Buenos Aires 38, de Paraná.
Pero tras una presentación del defensor de Taleb, Julio Federik, la Sala Penal introdujo variaciones a aquella condena. Confirmó la condena a 3 años de prisión de cumplimiento condicional por enriquecimiento ilícito, pero dispuso que la inhabilitación para ocupar cargos públicos no será perpetua sino por el término de cinco años, y dejó sin efecto el pago de la multa de $442.577. Aunque mantuvo el decomiso del departamento de calle Buenos Aires 38.
El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, entiende que lo que debe ocurrir ahora es que opere esa sentencia en lo que respecta al decomiso de ese departamento, y que pase al patrimonio del Estado entrerriano, tal cual ocurrió en anteriores condenas en casos de corrupción: el extitular de la Dirección de Obras Sanitarias de Entre Ríos, Hugo Righelato, y el exsenador provincial Mario Yedro.
«Va a pasar lo misnmo que pasó con Righelato; lo mismo que pasó con el caso Yedro. Acá también tiene que cumplimentarse la sentencia de la Justicia. Ese departamento va ser decomisado y va a pasar al patrimonio del Estado. En caso de que no lo haga voluntariamente Taleb, la Fiscalía de Estado lo que tiene que hacer es ejecutar la sentencia. Este tipo de acciones son las que corresponden», explicó Rodríguez Signes.
Al respecto, sostuvo que la Fiscalía de Estado lleva adelante el trámite de incorporación a los bienes del Estado, pero después es el Poder Ejecutivo quien define cuál será el destino posterior de ese departamento decomisado como consecuencia de un fallo en una causa por corrupción.
El 2 de noviembre de 2017, la Cámara de Casación -integrada por Elisa Zilli, Hugo Perotti y Alejandro Grippo- confirmó la sentencia contra Taleb, y respecto del decomiso del departamento de calle Buenos Aires rechazó el planteo de la defensa, y sostuvo que «el mismo no es más que la consecuencia necesaria del dictado de una sentencia condenatoria en materia penal». Y que «habiéndose establecido con certeza que ese departamento de calle Buenos Aires fue producto del enriquecimiento ilícito, no cabe otra solución que la dictada por el Tribunal de Juicio, esto es, el decomiso del mismo».
Una investigación de años
Dos años atrás, la defensa de Taleb había recurrido la condena. El 1° de diciembre de 2017, Federik interpuso una impugnación extraordinaria ante la Cámara de Casación Penal para conseguir revisar en una instancia superior, la Sala Penal, la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2017 por la Cámara de Casación Penal, a través de la cual confirmaron la condena que le había impuesto el 18 de abril de 2016 el tribunal conformado por Elvio Garzón, Miguel Giorgio y Daniel Malatesta. Trece días después, el 14 de diciembre de 2017, la Cámara de Casación Penal, con el voto de los jueces Elisa Zilli, Hugo Perotti y Alejandro Grippo, concedió el recurso extraordinario para que la condena a Taleb sea revisada por la Sala Penal del STJ. Ese trámite, escuchar los argumentos de la defensa de Taleb, recién ocurrió el lunes 5 de agosto de 2019, casi dos años después.
Taleb fue condenado porque se comprobó que entre los años 1991 a 2003, durante el cual se desempeñó como diputado provincial, “produjo un enriquecimiento patrimonial apreciable que no se condice con los haberes percibidos en el ejercicio de dicho cargo público”, y que “requerido formalmente en fecha 21 de marzo de 2006 a justificar la procedencia de ese incremento patrimonial, lo hizo en forma insuficiente en fecha 15 de junio de 2006, no acreditando el desproporcionado patrimonio”.
El Tribunal de Juicio condenó al dirigente diamantino a tres años de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos y a devolver en concepto de multa la suma de $442.577. Además, lo obligó a realizar trabajos no remunerados en favor de una institución de bien público de Diamante por el término de la condena, y dispuso el decomiso de un inmueble de su propiedad, ubicado en calle Buenos Aires N°38, de Paraná. Las pericias oficiales concluyeron que el monto del incremento patrimonial del ex legislador fue de $ 885.154.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.