Jorge Julián Christe, condenado en 2021 a prisión perpetua por el femicidio de su pareja, María Julieta Riera, presentó una denuncia penal contra Héctor Brunner, médico del Departamento Médico Forense del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos.
La denuncia la promovió a través de su abogada defensora Mariana Barbitta, quien desde hace algunos meses viene trabajando para conseguir la anulación del juicio en la que se lo declaró culpable del delito de homicidio triplemente agravado por el vínculo, alevosía y violencia de género.
Recientemente, el máximo tribunal provincial rechazó el pedido de su defensa para tratar el pedido de excarcelación y el beneficio de arresto domiciliario hasta que quede firme el fallo condenatorio.
Ahora, la defensa formalizó la denuncia contra el médico forense -cuestión que había adelantado a principios de junio – ante el Ministerio Público Fiscal. La presentación es contra Héctor Brunner, un médico forense de larga trayectoria en los Tribunales entrerrianos.
La defensa del femicida sostiene que Brunner pudo haber cometido los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público (tipificado en el artículo 2491 del Código Penal) y falso testimonio (artículo 2752).
En la denuncia, Christe reitera la versión que dio en el proceso en su contra: que Riera se cayó accidentalmente del balcón. “Fui arbitrariamente señalado y detenido como autor de ‘femicidio’, cuando en realidad, lo que ocurrió fue un accidente”, afirma, según la denuncia a la que accedió Entre Ríos Ahora.
La defensa del femicida Christe quiere denunciar a un forense del STJ
“La imputación del Fiscal, quien salió a hablar en los medios ese mismo día, ya había instalado en la sociedad que lo que había ocurrido había sido un hecho de violencia de género, todo ello sin haberme indagado y sin haber recopilado elementos de prueba para sostener tal imputación. De lo único que se sostuvo para afirmar ello, fue el dictamen forense del Dr. Brunner, quien, en aquel momento, era médico forense del Departamento Forense del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, y estuvo a cargo de la realización de la autopsia de Julieta”, agrega.
En esa línea, sostiene que Brunner no fue profesional en la elaboración del informe, ya que habría incumplido protocolos de la práctica forense. “La falta de profesionalidad del Dr. Brunner – dice -y la sistemática violación de los deberes que él tenía como funcionario público -tanto en la realización de la autopsia como en su posterior actuación en el debate oral, e incluso en la instancia de casación- han contribuido a la afirmación de conclusiones erróneas y alejadas de los parámetros medico legales, que llevaron a la acusación pública, y también a la querella, a sostener la grave y arbitraria imputación en mi contra, que desde el primer momento, fue direccionada tanto por los medios de comunicación como por la falta de profesionalidad y objetividad de quienes intervinieron en el proceso”.
En la demanda especificó que el médico practicó la autopsia el 30 de abril de 2020 a las 11 en la morgue judicial de Oro Verde. “Allí, según surge del informe de autopsia, el Dr. Brunner colaboró con el Sr. Acosta Sciesa José Luis. El dictamen de la autopsia se remitió al Ministerio Público Fiscal (al Dr. Ignacio Aramberry) el día 6/5/2020. Además de ese informe que sería el ‘principal’, suscribió dos dictámenes más. Uno de ellos ‘preliminar’ (es decir, anterior al del día 6/5/2020), de fecha 1/5/2020 y otro ‘ampliatorio’ (es decir, posterior), de fecha 15/5/2020. Luego, el Dr. Brunner declaró en el debate oral, en el formato de Juicio por Jurados, el día 12/4/2021, aproximadamente luego de las 11:15 hs am”, detalló.
Sobre el informe forense que suscribió Brunner, afirmó: “En primer lugar, el Dr. Brunner ¡no fue al lugar de los hechos! En ningún momento se dirigió al edificio donde se produjo el accidente, y mucho menos al departamento de donde Julieta se cayó. Es extremadamente importante recalcar que Julieta al caer, golpeó con diversos elementos (red de contención, toldo con caño metálico y reja de hierro), y que la parte superior de su cuerpo (cuello y cabeza) quedaron atrapados en medio de una reja. Toda esta información, según la declaración del Dr. Brunner, no la conocía al momento de realizar la autopsia. El hecho de que no se haya presentado en el lugar donde se produjo el accidente, que no haya analizado las características físicas y ambientales del lugar donde cayó, sobre todo teniendo en cuenta la forma particular en la que el cuerpo se introdujo en medio de una reja, y que no haya supervisado la maniobra que utilizó la policía para sacar el cuerpo de ese lugar, cuyo acceso era absolutamente complejo, evidencia graves déficits desde el comienzo”.
El femicida Christe, a través de su abogada, planteó que el protocolo es claro en cuanto determina que “el forense debe ir al lugar de los hechos”; que es “el único habilitado para mover el cadáver antes de que sea fotografiado, circunstancia que en este caso jamás se acreditó, ya que tampoco se grabó ni se supo cómo las fuerzas lograron sacar el cuerpo del lugar donde cayó”; y que “debe dejar constancia de todas las características del lugar donde fue encontrado el cuerpo, situación que tampoco ocurrió, lo cual generó que el Dr. Brunner al momento de hacer la autopsia no conociera las particularidades de la zona del accidente”.
“Sin perjuicio de que insisto, jamás cometí un femicidio, y no se trató de un homicidio sospechoso, si esa era la hipótesis del Fiscal desde el comienzo, el Dr. Brunner debería haber seguido los protocolos citados previamente y haberse acercado a estudiar el cuerpo de Julieta desde el primer momento, sobre todo para analizar las particularidades del lugar donde cayó, ya que probablemente ello hubiera reducido los graves déficits que tuvo la investigación, los cuales han generado que recaiga sobre mí una condena perpetua, por un delito que nunca cometí”, completó.
La causa
Christe fue condenado por haber arrojado a su pareja por el balcón del 8° piso del edificio del Instituto del Seguro ubicado en Peatonal San Martín, de Paraná, frente a Plaza de Mayo. Fue hallado culpable del delito de homicidio triplemente agravado por el vínculo, alevosía y violencia de género. La condena de culpabilidad la dio un jurado popular el 15 de abril de 2021.
Durante todo el proceso, Christe, hijo de la exjueza Ana María Stagnaro, fue defendido por los abogados Franco Azziani Cánepa y Ladislao Uzín Olleros. Tras la sentencia, los letrados dejaron de representarlo y el caso pasó a Barbitta, especialista en Derecho Penal, profesora de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y presidenta de la Asociación de Mujeres Penalistas de Argentina (AMPA).
Denuncia Christe a Brunner by Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.