En pocos días se cumplirá un mes desde que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) declaró abstracto el planteo de inconstitucionalidad a la designación de Guillermo Smaldone en el Tribunal de Cuentas, efectuado por el entonces gobernador Sergio Urribarri, a través del decreto Nº 1.112 de 2014.

La resolución llegó por el voto de la mayoría de los vocales del STJ, aunque el de uno aún resuena en la Casa de Gobierno y, más precisamente, en el despacho del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.
Se trata del voto formulado por el juez Carlos Chiara Díaz, el único vocal que votó a favor de declarar inconstitucional la designación del exministro de Trabajo, al considerar que se violó la Constitución de 2008 que establece que para acceder a la presidencia del organismo de control se debe pasar por un concurso de antecedentes y oposición.

En el voto de Chiara Díaz, los verbos “insostenible”, “arbitrario” e “inaceptable” son el hilo conductor de su cuestionamiento al procedimiento que se utilizó para nombrar a Smaldone en el organismo de control.

Chiara Díaz no sólo dictaminó a favor del exsenador radical y convencional constituyente, Juan Carlos Arralde, sino que además apuntó su pluma al fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, por su encendida defensa a la polémica designación.

En su voto, el magistrado lo cuestionó por esa postura: “Llama la atención a esta altura del análisis que siendo el fiscal de Estado el organismo institucionalmente concebido para preservar la legalidad a partir de la Constitución, decline tan importante función utilizando una apariencia argumental que lo ubica más como un Defensor o Representante del titular del Poder Ejecutivo que en el rol específico de preservar la nueva Constitución vigente desde el 2008 y sus objetivos básicos”, escribió el veterano vocal del STJ, luego de reseñar el pedido de Arralde, la respuesta de Smaldone, y las posiciones del Procurador General Jorge Amílcar García, y la de Rodríguez Signes.

No fueron los únicos párrafos en los que Chiara Díaz planteó lisa y llanamente que el fiscal de Estado no defendió la Constitución reformada en 2008. En otros, advirtió que el funcionario hizo “caso omiso” a que el entonces gobernador Urribarri nombró a Smaldone con la derogada Carta Magna de 1933.

En otro fragmento, Chiara Díaz expuso: “El fiscal de Estado, sin defender el nuevo esquema instaurado por la Constitución vigente desde el año 2008, contestó la acción planteando la improponibilidad de la demanda por la vía escogida, argumentando la falta de legitimación del actor para accionar en virtud del art. 62 de la Constitución Provincial y de pretender la invalidación del acto de nombramiento producido por el Poder Ejecutivo a través del Decreto Nº 1.112/14, haciendo caso omiso que el Sr. Gobernador de la Provincia aplicó en tal ocasión una Constitución derogada para la criticada designación, que solo por ello ya es inválida e ilegítima, contrariando ese objetivo indiscutible del constituyente de mayor transparencia en el control de la cuentas públicas en beneficio de la sociedad”.

“Esto, que es insostenible, permitió la arbitrariedad en la selección, aunque se pretende justificarlo a través de supuestas y no acreditadas razones de necesidad y urgencia, argumento no probado y que de todas maneras era inaceptable porque como ya lo advirtiera el destacado Profesor y Tratadista Agustín Gordillo, la reglamentación no puede ser elevada a la condición de requisito previo para cumplir la ley y mucho menos la Constitución, dado que las mismas no dependen en modo alguno de que el Poder Ejecutivo decida reglamentarlas o no: Los jueces y la misma administración deben acatar y ejecutar o hacer ejecutar las leyes en los casos concretos, interpretándolas para salvar sus vacíos en la medida que fuere necesario en los casos ocurrentes, pero sin depender de que no hayan sido reglamentadas”, escribió en otro pasaje que puede leerse en la resolución que se conoció el 30 de septiembre.

Finalmente, el magistrado consideró que Arralde estaba en lo cierto: Smaldone fue designado de forma irregular, violando la Constitución del 2008. Aunque existe una corriente que busca más apertura de los magistrados para comunicar sus posturas sobre determinado temas de interés público, en este caso aún sigue vigente aquella antigua sentencia de que “los jueces hablan por sus sentencias”. ¿Lo habrá escuchado Rodríguez Signes y compañía?

Otras controversias
Chiara Díaz superó en agosto un pedido de juicio político impulsado por los peronistas Augusto Alasino, Domingo Daniel Rossi, Hugo Berthet, Aníbal Vergara, Carlos Reggiardo y Sergio Paz. La denuncia fue a raíz de la existencia de un juicio por alimentos iniciado por la expareja del juez, Liliana Mercedes del Valle Mac Dougall, en representación de su hijo. El trámite no avanzó: fue rechazado por la comisión de juicio político de Diputados.

Más tarde, protagonizó una controversia con el presidente de la Asociación de Magistrados de Entre Ríos, Rubén Chaia, quien en declaraciones radiales se manifestó a favor del “recambio” en la cúspide del Poder Judicial. Chiara Díaz se sintió aludido y salió a responderle a través de una carta que se publicó en el sitio del Poder Judicial. En su respuesta le hizo saber a Chaia que “nunca convocó a una reunión o asamblea para tratar y definir posiciones de la Asociación acerca de la edad límite para ser nombrado o integrar el Superior Tribunal de Justicia”.
Ese desencuentro promete más capítulos.

Gonzalo Núñez
Especial para Entre Ríos Ahora.