La camarista María Carolina Castagno, integrante del Tribunal de Juicio y Apelaciones, escuchará este viernes, a las 8, los argumentos de los abogados defensores del médico dermatólogo Jorge Luis Daichman denunciado por abusos en su consultorio pero que procura que se dicte su sobreseimiento.
El querellante Milton Urrutia, que representa a la primera víctima que denunció a Daichman, considera que el planteo de la defensa no puede prosperar, y confía en que habrá confirmación para que el Ministerio Público Fiscal avance con la investigación penal preparatoria.
En diciembre último, el juez de Garantías Mauricio Mayer rechazó el pedido de sobreseimiento peticionado por Daichman, de 73 años, con dos denuncias por abuso, y exhortó al Ministerio Público Fiscal a que «en forma inmediata concrete la intimación de los hechos al imputado».
El defensor de Daichman, Hernán Lell, se amparó en un fallo que dictó la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y que derivó en el sobreseimiento de Juan Alfonso Blason Lorenzatto, imputado en una investigación por supuestos contratos truchos mientras se desempeñó en la oficina del exdiputado radical Ricardo Troncoso, por considerar que el Ministerio Público Fiscal alargó los tiempos de la investigación sin argumentos, cuestión que, dice la Sala, no fue advertida ni por el juez de Garantías, el Tribunal de Juicios y Apelaciones ni la Cámara de Casación Penal, ya tuvo su primera consecuencia.
Lell hizo notar que la investigación de la Fiscalía sobre su defendido «lleva más de 18 meses, tomando en cuenta que se inició en el mes de mayo de 2020», por lo que estimó que el Ministerio Público Fiscal «ha perdido la facultad de perseguir legítimamente en relación a los hechos que se investigan y por el mero transcurso del tiempo». Amparándose en el fallo de la Sala Penal del STJ, la defensa sostiene que «en todo el desarrollo de la investigación penal preparatoria, no se verifica pedido de prórroga del plazo al juez de Garantías y a su vez, subraya que no hubo en todo el período actividad procesal (producción de evidencias) que fundamente el alongamiento de los plazos».
Los fiscales Facundo Etienot y Valeria Vilchez se opusieron al planteo del defensor, y señalaron que de seguirse esa postura se estaría ante una «elocuente incompatibilidad con las Convenciones Internacionales, específicamente con la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer conocida como Tratado de Belèm do Parà y la Convención sobre Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer de la Onu -Cedaw, por su sigla en inglés- especialmente porque se estaría desconociendo todo el plexo normativo de protección de la mujer que vincula a nuestro país».
El juez Mayer, sin embargo, hizo un llamado de atención a los fiscales para que agilicen la investigación y den los pasos necesarios. Al respecto, cita el planteo del querellante Patricio Cozzi, y dijo: «Por otra parte, cabe analizar que la práctica referida por la Querella, consistente en colectar evidencias que permitan realizar una ponderación respecto de si adopta la decisión de imputar o no y en el primer caso, realizar el llamado a declarar a la persona acusada, si bien podría constituir una práctica tendencialmente garantista, en el sentido de no dar curso a una imputación por ésta clase de delito, que resulte altamente imporbable o inconsistente, no es menos cierto que, mirado desde el prisma del debido proceso constitucional y del derecho del imputado a la resolución de su situación en tiempo oportuno, podría resultar una práctica poco transparente y perniciosa en sus resultados, toda vez que colocaría de hecho en manos del acusador público una suerte de facultades para imprimir distintas velocidades al proceso penal (cuestión que no figura en la norma procesal), y como efecto resultante se verificaría un alongamiento del proceso sin justificación, circunstancia que conspira contra las garantías constitucionales invocadas pero que también, dispara la necesidad de examinar la labor del acusador en base al principio de objetividad».
El 22 de diciembre último, el juez Mayer concedió la apelación reclamada por los defensores del médico denunciado.