El laboratorio Biomas SA recolectó orina sin la autorización del Ministerio de Salud de Entre Ríos. El caso se supo recientemente, cuando en el Boletín Oficial se publicó la resolución Nº 2.389, del 8 de agosto de 2016, firmada por el entonces ministro Ariel de la Rosa. A través de ese instrumento legal, el Estado le denegó a la firma la habilitación para realizar la recolección de pis. El fluido que se juntó, pese a la prohibición, es el de mujeres menopáusicas y embarazadas, ya que sirve para generar una medicina para tratar la fertilidad femenina y masculina.
En octubre de 2016, Entre Ríos Ahora dio cuenta de que el laboratorio llevó a cabo el procedimiento en Paraná, luego de tramitar un permiso ante la subsecretaria de Salud Pública de la Municipalidad. Es decir, obtuvo autorización municipal pero no del organismo rector en materia sanitaria en la provincia, el Ministerio de Salud.
En agosto de 2016, Salud concluyó que Biomas SA “no contaría con parámetros básicos que permitan inferir al personal específicamente competente en el Ministerio de Salud, garantizar el derecho a la salud constitucionalmente amparado”.
Según se lee en el Boletín del 18 de enero de este año – información pública que llega con una demora de dos años- el laboratorio Biomas SA, con sede en San Martín, provincia de Buenos Aires, solicitó autorización para recolectar orina que donan las mujeres menopáusicas y embarazadas, y cuyo fin último es la fabricación de gonadotrofinas, utilizadas para tratar la infertilidad. El procedimiento de recolección era simple, según explicó la firma a Salud: el pis se junta en bidones individuales casa por casa, tres veces por semana.
El trámite para la autorización pasó por diferentes departamentos, antes de concluir en la prohibición de la actividad. En primera instancia el Departamento Integral del Medicamento, elaboró un informe en el que concluyó que “nuestra legislación vigente no contempla el tipo de actividad de la cual se requiere autorización para ejercer en la provincia”; más tarde, la Dirección de Asuntos Jurídicos solicitó la intervención del Departamento Bioquímica, que confeccionó otro informe en el que se le requirió a la firma interesada documentación que avale su pretensión; luego fue el turno del Comité Central de Bioética en la Práctica y en la Investigación Biomédica, que llegó a una conclusión categórica: “De la documentación presentada no surge con claridad el procedimiento llevado a cabo para captar a las participantes, el tratamiento y disposición final de la orina recolectada, la aprobación y el control que esto tiene por parte de la Autoridad Sanitaria. Por lo tanto, lo presentado no es suficiente para cumplir con las garantías éticas necesarias para resguardar la seguridad de la población participante”.
Tras esa resolución, según se lee en el BO, nuevamente intervino la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, que por intermedio del Departamento Integral del Medicamento, remitió cartas documentos a Biomas SA, informándole de las conclusiones. La empresa respondió con nueva documentación, pero esta nueva presentación fue considerada “insuficiente”.
“En especial no se agrega documentación alguna de la pedida por Carta Documento N°37404916. Se adjunta copia de habilitación de Anmat no autoriza a la aludida sociedad a la recolección de orina”, se señaló en la resolución y se agregó que el Comité Central de Bioética en la Práctica y en la Investigación Biomédica Jurisdiccional, realizó nuevas observaciones sobre la documentación y lo propio hizo el Departamento Bioquímica de la cartera sanitaria. Este último añadió en su informe copias de noticias sobre la actividad del laboratorio que levantaron revuelo en otros puntos del país.
La última palabra la tuvo la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud , que manifestó: “Si bien no existe marco normativo específico respecto del preciso objeto de autos, la Ley N° 3818 establece en general, y en particular en sus artículos 1º y 13º, el derecho y el deber de este Ministerio de Salud de ejercer el control tanto de los establecimientos como de las ramas del arte de curar; Que atento a lo expuesto y conforme los diversos informes realizados por las áreas técnicas pertinentes como así también la documentación adjunta, la actividad que pretende ser autorizada a desarrollar el laboratorio Biomas SA en la Provincia, no contaría con parámetros básicos que permitan inferir al personal específicamente competente en el Ministerio de Salud, garantizar el derecho a la salud constitucionalmente amparado”.
“Que conforme a ello, no solo correspondería denegar la habilitación del citado laboratorio en nuestra provincia ni autorizar la actividad que realizan, sino que se sugiere prohibir expresamente la recolección de orina que pretende realizar el mentado laboratorio en la Provincia de Entre Ríos”, remarca la resolución que firmó Ariel de la Rosa en agosto de 2016.
Sin embargo, a pesar de esta prohibición, el laboratorio salió a las calles y juntó los fluidos para trabajar la infertilidad de mujeres y hombres.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.