Claudio Izaguirre, presidente de la Asociación Antidrogas de la República Argentina, es un ferviente detractor de la Ley de Salud Mental, sancionada en 2010 e ideada por el psicólogo fueguino Leonardo Gorbacz, legislador nacional con mandato cumplido. La Ley N° 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental fija que «las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental. Las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales, tienen todos los derechos y garantías que se establecen en la presente ley en su relación con los servicios de salud».
La Ley de Salud Mental considera a las internaciones como último recurso. «La internación debe ser lo más breve posible, en función de criterios terapéuticos interdisciplinarios. Tanto la evolución del paciente como cada una de las intervenciones del equipo interdisciplinario deben registrarse a diario en la historia clínica. En ningún caso la internación puede ser indicada o prolongada para resolver problemáticas sociales o de vivienda, para lo cual el Estado debe proveer los recursos adecuados a través de los organismos públicos competentes», dice la norma.
Cuando las internaciones sean voluntarias, y el tiempo supere los 60 días, debe tomar intervención un juez; en el caso de las internaciones involuntarias, la intervención de la Justicia debe darse dentro de las diez horas posteriores al ingreso en una institución.
Claudio Izaguirre ha batallado contra esa ley porque, dice, “derribó la única herramienta legal que tenía una familia para lograr la internación compulsiva de un drogadependiente”. Ahora, Izaguirre dirigió sus dardos hacia la provincia de Entre Ríos, y apuntó al juez Civil, Comercial y del Trabajo de Villa Paranacito, departamento Islas, Agustín Adolfo Weimberg. «El Juez Dr. Agustín Adolfo Weimberg en compañía del defensor oficial Dr. Manuel Ruso, están emperrados en destruir de cualquier forma la Comunidad Terapéutica Ibicuy, acosando desde hace una año a la fecha a la institución», dijo Izaguirre en un comunicado que repartió de modo generoso en todas las redacciones.
La Comunidad Terapéutica Ibicuy funciona en una isla del Delta entrerriano, tiene mayoría de pacientes extraprvoinciales, y una tasa por servicios de internación que ronda los 1.000 dólares para los nacionales, y 2.000 dólares para pacientes extranjeros. Como funciona hoy -de forma restrictiva, cerrada y con internaciones prolongadas-, contraría la Ley de Salud Mental. Pero Izaguirre -que durante seis meses dirigió el Programa de Lucha contra el Narcotráfico en La Pampa y se fue en junio de 2016 en medio de un escándalo y ha participado de manifestaciones en contra de la despenalización del consumo de drogas junto al líder neonazi Alejandro Biondini– defiende capa y espada la actividad comercial que desarrolla en Entre Ríos. Con un discurso apocalíptico, dijo que la Comunidad Terapéutica Ibicuy, que funciona desde 1983,»está en peligro de cierre por la obstinada acción de un juez y un abogado defensor, que diariamente van al centro de rehabilitación y retiran en plena terapia a algún paciente para atormentarlo en el juzgado con inquisitorias preguntas con el único fin que el adicto en rehabilitación abandone su tratamiento».
El defensor oficial es Manuel Ruso, que actúa como abogado defensor de las personas que están internadas contra su voluntad en la comunidad terapéutica, porque así lo fija la ley. La Justicia ya ha obligado a la entidad a externar pacientes en tratamientos que seguían aún excediendo el plazo límite que fija la ley. La situación genera conflicto porque se afectan intereses económicos. Los pacientes que llegan -casi todos de fuera de Entre Ríos- tienen capacidad económica como para afrontar los prolongados y costosos tratamientos. «Juez y Defensor Oficial pretenden robarle la tranquilidad y la vida a los adictos que están en rehabilitación, ¿que harán entonces con los que tengan la desgracia de caer en ese juzgado y esa defensoría?», se pregunta Izaguirre.
La respuesta provino de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos, que pidió «el cese de acciones que atropellan el Estado de Derecho».
«Ante las recientes publicaciones, en la que la Asociación Antidrogas de la República Argentina cuestiona las inspecciones judiciales que se efectúan sobre los internos de la Comunidad Terapéutica Programa Ibicuy, la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de la Provincia de Entre Ríos recuerda que las normativas vigentes obligan a los miembros el Poder Judicial a controlar dichas internaciones, las que fueron dispuestas por motivos de salud mental y adicciones», señaló la entidad.
Y agregó: «Esos controles se hacen garantizando el debido proceso legal de la persona recluida por motivos terapéuticos», tal como lo establece la Ley de Salud Mental. Esa norma «considera a las personas con adicciones como usuarios de los servicios de Salud Mental y, como tal, su problemática debe encontrar respuesta y ser abordada por los diferentes servicios sanitarios, públicos y privados, que se encuentran bajo la supervisión de la Autoridad de Aplicación de la presente Ley (Dirección de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos –art.5, ley 10445)».
«Por esa razón -señaló la entidad que nuclea a los jueces-, las decisiones jurisdiccionales que se hayan adoptado están precedidas de evaluaciones interdisciplinarias realizadas por equipos técnicos profesionales del Poder Judicial y/o por el del Órgano de Revisión de Salud Mental de Entre Ríos. Por consiguiente, se reclama el respeto a la independencia de la judicatura, el cese de acciones que atropellan el estado de derecho, la adopción de las medidas que correspondan por parte de los organismos estatales competentes, y el respeto de los derechos humanos de personas especialmente vulnerables».
El Órgano de Revisión de Salud Mental en Entre Ríos también salió en defensa del trabajo del magistrado y el defensor. «En tanto el recurso terapéutico de internación involuntaria implica una privación de libertad, la ley obliga a los operadores judiciales a controlar estas medidas excepcionales que comúnmente son tomadas por los efectores del servicio de salud cuando la persona no se encuentra en condiciones de ejercer su autonomía y de consentir el tratamiento. También prevé el control externo del Órgano de Revisión, donde intervienen representantes de la sociedad civil. En este sentido, la tarea que están llevando a cabo el Juez, Defensor y Equipo Técnico Interdisciplinario del Órgano de Revisión en la comunidad terapéutica Programa Ibicuy de Villa Paranacito, entrevistándose con las personas internadas, poniendo en conocimiento sus derechos, supervisando las condiciones de internación, no es otra cosa que cumplir con la manda que establece la ley 26657», planteó.
Pero además hizo notar que la comunidad terapéutica se encuentra «en medio del Delta entrerriano, en un lugar inhóspito, en donde la comunicación por cualquier medio no se encuentra favorecida, hacen necesaria una
intervención activa y periódica de los organismos de control».
Carlos Berbara, director de Salud Mental de Entre Ríos, dijo a su vez que no hay un control particularmente centrado en la colonia terapéutica de Paranacito sino que el abordaje se da en todas las instituciones de salud mental de la provincia, públicas y privadas. «La Ley Nacional de Salud Mental le otorga el poder de control, supervisión, seguimiento, no sólo al Ministerio de Salud sino que crea dentro del Poder Judicial las herramientas necesarias para que obligatoriamente controle el cumplimiento de la ley. O sea, hay dos patas del Estado que hacen el seguimiento del abordaje terapéutico», indició.
En declaraciones al programa Informales de Radio Costa Paraná 88.1, Berbara admitió que las instituciones privadas de salud mental que abordan problemáticas referidas a las adicciones sostienen las internaciones más allá de lo «técnica, clínica y profesionalmente necesario. La internación es un último recurso».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.