La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná concedió el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Estado contra la sentencia que lo obliga a pagarle casi $4 millones a un hombre que fue víctima de un disparo criminal por parte de un policía de Gualeguay. La Provincia cuestiona el fallo que la condenó solidariamiente junto al agente que hirió de gravedad a una persona en 2017.

Según registró Entre Ríos Ahora, el fallo está fechado el 20 de septiembre y ahora el caso fue elevado a la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrada por los vocales Martín Carbonell, Gisela Schumacher y Leonardo Portela.

La historia comenzó la medianoche del 2 de septiembre de 2017, cuando LMD –se preserva su identidad- recibió un disparo por parte de un policía cuando estaba en la vereda de su casa junto a un amigo. El ejecutor del balazo criminal fue Luis Alberto Ibarra, quien se desempeñaba en el Puesto Caminero de Gualeguay y que en el día del hecho estaba fuera de servicio.

LMD fue atacado con un arma calibre 9 mm, Fm Hi Power, modelo Detective, perteneciente al Policía de Entre Ríos. La bala ingresó en su abdomen y le perforó el intestino delgado. Una cirugía reconstructiva le salvó la vida, pero aún lidia con las secuelas.

Condenan al Estado y a un policía a pagar casi $4 millones por un disparo criminal

Por ese hecho, el policía Ibarra fue condenado el 25 de octubre de 2019 en la Justicia penal en el marco de un juicio abreviado, donde aceptó la pena de 3 años de prisión condicional por el delito de lesiones graves.

En tanto, en los Tribunal aún sigue abierta la causa civil iniciada por la víctima, quien ha obtenido dos resoluciones a favor. La primera sentencia fue el 26 de agosto de 2021 y la emitió el juez Civil y Comercial N° 1 de Gualeguay, Fabián Morahán, quien ordenó al Estado y al policía a pagar $3.732.943,36 en concepto de incapacidad sobreviniente, daño estético y psicológico, entre otros rubros.

La segunda resolución es del 3 de junio de este año, y es de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná, que rechazó la apelación del Estado y dejó firme la sentencia de primera instancia.

Sin embargo, la discusión judicial no terminó ahí, puesto que el Estado insiste en que no tiene responsabilidad por el criminal actuar del policía Ibarra. Fue así que la Fiscalía de Estado presentó un recurso de inaplicabilidad de ley y lo fundó en que “la sentencia de Cámara, dictada el 3 de junio de 2022, se apartó de la solución normativa que debió darle al caso”.

Se agravió en “la errónea aplicación del Código Civil y Comercial de la Nación -artículos 1764, 1765, 1766, 1776 y concordantes.; de la Ley nacional de Responsabilidad del Estado 26.944 -artículos 3 y cctes.- cuya aplicación analógica consideró que correspondía en función de la época; de la ley local N° 5654 (Reglamento General de Policía de Entre Ríos) -artículos 9, 10, 15 y cctes.-; y el artículo 44 y concordantes de la Constitución provincial”.

Además, insistió en que “las conclusiones de la sentencia censuradas resultan arbitrarias y absurdas, por carecer de respaldo, por no vincularse con los antecedentes de la causa y apartarse del sentido común”.

La postura de la Fiscalía de Estado es que a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, en su artículo 1764 “establece la inaplicabilidad de las disposiciones que regulan la responsabilidad civil a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria”. Además, remarcó que el policía Ibarra no estaba de servicio el día del hecho y que por ello no existe responsabilidad del Estado.

Lo cierto es que el recurso de apelación presentado por el Estado tuvo acogida por parte de la Cámara Contencioso Administrativo, integrada por Marcelo Bardión, Daniel González Elías y Adriana Beatriz Acevedo.

De los tres, sólo González Elías no estuvo de acuerdo en que el caso sea elevado a la Sala Civil y Comercial del STJ, sino que fue de la opinión de que debía hacerlo el pleno del máximo órgano de los tribunales.

 

Criminal accionar policial:… by Entre Ríos Ahora

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.