El presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, Daniel Elías, defendió su postura en la concluida discusión administrativa –y judicial- que entabló el experito del Poder Judicial, Daniel Vitale, para acceder a su jubilación.
El experito balísitico había iniciado sus trámites jubilatorios en mayo de 2017, en medio de la investigación penal en su contra. Un año después fue condenado por el robo de armas que estaban bajo su resguardo en Tribunales.
Su expediente para acceder al beneficio previsional estuvo trabado en la Caja de Jubilaciones a raíz de la discusión en cuanto a si cumplía los requisitos exigidos por la Ley. Luego de dos años, tras varios idas y vueltas administrativos y judiciales, el Poder Ejecutivo Provincial hizo lugar a un recurso de apelación presentado por el experito y ordenó a la Caja que le otorgue la jubilación.
Previamente, esta discusión enfrentó a la familia de Vitale y el titular de la Caja, Daniel Elías. La controversia llegó a un punto tal de fricción que, por vía legal, pidieron el apartamiento del funcionario luego de que tuviera un altercado con uno de los hijos del experito balístico, Dalmiro Vitale, agente de la Policía de Entre Ríos.
En diálogo con el programa Puro Cuento de Radio Costa Paraná 88.1, Elías defendió la postura que asumió para denegarle –hasta que cumpla con un requisito- el beneficio jubilatorio a Vitale, y rechazó los cuestionamientos del abogado Ramiro Pereira, que representa a la esposa del experito, Mariel González.
“No estaba en peligro dejar a un afiliado sin derecho, sino lo que estábamos discutiendo es la fecha a partir de la cual se generaba el derecho a la prestación”, dijo y afirmó que a la brevedad ejecutarán el decreto firmado por el gobernador Gustavo Bordet.
El titular del organismo previsional recordó que Vitale no accedía a la jubilación por cuestiones administrativas y no por un encono personal que le adjudicó el representante legal de la familia del experito condenado.
En ese sentido, dijo que según su criterio, Vitale iba a acceder al beneficio jubilatorio en el mediano plazo “porque tenía más de 30 años de servicio”, pero marcó que le faltaba cumplir con la edad jubilatoria.
En ese sentido, señaló que el caso de Vitale se enmarcaba en lo que dispone el artículo 55 de ley de jubilaciones, que establece que un trabajador que tenga los 30 años de servicios con aportes, pero que al momento de cumplir la edad jubilatoria no esté en actividad, puede acceder al beneficio jubilatorio si la edad jubilatoria la alcanza en los 5 años posteriores al cese.
“Bajo ese artículo el afiliado Vitale iba a tener derecho porque el beneficio estaba apto para ser concedido en el mes de julio. Yo había desestimado unos años que el trabajador ‘compra’ a través de la moratoria de Anses. Esa compra de servicios, para mi presidencia, no son tenidos en cuenta desde hace 3 años y medio, en prácticamente todos los casos”, explicó Elías y agregó que la Provincia acepta la “compra” de años de servicios a Anses de manera excepcional cuando se acredita que el trabajador realizó los servicios que declara.
En ese marco, sostuvo que “este fue el criterio que tuvimos, porque entendí que los servicios que había comprado en moratoria no estaban acreditados en el expediente de Anses”.
En esa línea, afirmó que su posición jurídica “está en el marco de la doctrina mayoritaria de las Cajas de las provincias”. A su vez, aseguró que el dictamen del Poder Ejecutivo a favor de Vitale se produjo porque evitó responder al pedido de apartamiento para entender en el trámite que formuló la esposa de Vitale.
Elías había sido recusado luego de haber tenido un entredicho en un comercio con el hijo de Vitale, Dalmiro, que le reclamó agilidad en el trámite. Al respecto, el titular de la Caja dijo que “detenerme a resolver la recusación lo único que iba a generar era postergar la decisión y eso podía perjudicar al afiliado”.
Luego rechazó las declaraciones del abogado de la familia, Ramiro Pereira, quien consideró que existía una actitud dilatoria por parte de Elías. “Creo que los abogados tenemos que acostumbrarnos a manifestarnos en el ámbito procesal y no por fuera”, dijo y agregó que no consideró oportuno responder “a las afirmaciones de que había una actitud tendenciosa y personalizada” contra Vitale.
Finalmente, resaltó que si se continuaba con su criterio, es decir, no aceptar los años de aportes “comprados” a Anses, Vitale hubiese accedido a su jubilación en julio de este año. Sin embargo, al seguirse el criterio adoptado por la Fiscalía de Estado –dictamen en el que se apoya el decreto del Poder Ejecutivo- Vitale accede su jubilación con retroactividad a julio de 2018.
“No estaba en peligro dejar a un afiliado sin derecho, sino lo que estábamos discutiendo es la fecha a partir de la cual se generaba el derecho a la prestación. Con mi posicionamiento era julio de 2019 y con el de la Fiscalía de Estado es julio de 2018. Ahora lo que tenemos que hacer es cumplir con el decreto y estaremos pagando a la brevedad”, cerró.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.