Las escuelas primarias de la provincia tienen un nuevo sistema de evaluación de sus alumnos, según lo ha dispuesto el Consejo General de Educación (CGE) a través de la resolución N° 920 dictada el 13 de marzo último.

La directora de Educación Primaria del CGE, Rosana Castro, señaló que dicho documento, “fue una construcción que se viene realizando desde hace varios años, donde en diferentes encuentros con los supervisores de la provincia empezamos a elaborar esta propuesta, más que nada ante una necesidad de las instituciones en el momento de plasmar la nota, ya que en el momento de la evaluación la resolución anterior, no estaba acorde con los nuevos lineamientos de como entendemos la trayectoria escolar del alumno”.

La novedad tomó por sorpresa a las comunidades educativas, que no están al tanto de la nueva reglamentación que deberán aplicar en el ciclo lectivo 2019.  «En mi opinión, con un montón de otros cambios, sobre todo de mentalidades, sería fantástica esta resolución. Le da a la evaluación un rol de parte del proceso de enseñanza aprendizaje y con la finalidad de realizar ajustes sobre las propias prácticas, y no como castigo al chico. Pero la vida cotidiana de las escuelas nos pasa por encima y más con un estado desresponsabilizado. Imaginate lo que va a ser la aplicación si nadie la conoce», dice Mónica Ruiz Díaz, docente de primaria, exdirigente de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer).

El nuevo ordenamiento elimina los aplazos del sistema de calificaciones -sólo existirán calificaciones del 6 al 10- y permite al chico acumular más inasistencias de las que hoy la reglamentación permite. Además, ya no será necesario asistir al nivel inicial -que es obligatorio- para empezar la primaria.

“Que un/a estudiante no asista los días estipulados por el régimen de asistencia no implica la no promoción del grado o ciclo. La escuela, a través de su equipo docente y directivo, instrumentará acciones y decisiones pedagógicas necesarias para compensar los días de ausencia injustificada”, dice la nueva normativa que no cuenta con la firma de la vocal representante de los docentes, Perla Florentín.

La nueva reglamentación apunta a garantizar “la inclusión de todos los alumnos en edad escolar y ofrecer que las condiciones para el tránsito por las escuelas primarias sean de calidad”. Y fija que la escuela primaria se estructura en dos ciclos de tres grados cada uno: a) primer ciclo, que incluye 1°, 2° y 3° grados; y b) segundo ciclo, que abarca 4°, 5° y 6° grados. “Los pasajes intra e interciclos deben ser asistidos y serán acompañados con medidas de gestión institucional, pedagógicas y didácticas, con un seguimiento individualizado del alumno que permita garantizar los logros en la escolaridad primaria en los tiempos pautados por el sistema”, dice la norma.

El nivel primario, considerado obligatorio, dice la resolución del CGE, debe contar con las garantías del Estado en la creación de “condiciones para que los alumnos ingresen, permanezcan y egresen” con aprendizajes de calidad. Pero agrega que “la obligatoriedad del nivel inicial no ha de constituirse en un impedimento para que los niños y niñas que no han accedido a dicho nivel ingresen igualmente al nivel primario”.

O sea: si nunca asistió a salas de 3, 4 o 5 años, igual podrá empezar 1° grado.

“Cuando no hubiera correspondencia entre la edad cronológica y la edad que establece el sistema para ingresar, la institución (en forma conjunta con los equipos intervinientes) determinará en qué grado se lo incorpora, sin que prime el criterio administrativo por sobre el cuidado del trayecto, ponderando la incorporación al grupo de pares de su edad cronológica, con una propuesta adecuada y tomando decisiones pedagógicas que no vayan en desfavor de las trayectorias”, amplía el documento.

Asistencia


“La asistencia a la escuela constituye un derecho fundamental que necesita sostenerse en el cumplimiento de rutinas cotidianas”, dice el nuevo ordenamiento para el nivel primario. Y plantea la necesidad de contemplar los días de asistencia a clase “con la cantidad de días de clase impartidos, registrando en el boletín la cantidad de días reales dictados por la institución”, agrega.

Luego incorpora un dato para la polémica: “Que un/a estudiante no asista los días estipulados por el régimen de asistencia no implica la no promoción del grado o ciclo. La escuela, a través de su equipo docente y directivo, instrumentará acciones y decisiones pedagógicas necesarias para compensar los días de ausencia injustificada”.

Evaluación


La evaluación, dice la resolución del CGE, “aporta información y brinda elementos para interpretar a nivel institucional los logros alcanzados y el camino que se puede continuar construyendo. Es un proceso continuo que permite pensar la enseñanza y el aprendizaje como momentos  recursivos. A su vez, demanda y exige al docente pensar y repensar sus prácticas de enseñanza, señalando (en diversos tiempos) cuándo es necesario proponer otras estrategias didácticas para que todos puedan transitar su escolaridad en los tiempos pautados”.

El seguimiento de los alumnos será registrado en documentos que servirán para informar a las familias sobre las trayectorias de los hijos. Uno, es el Informe Pedagógico, que se comunica a mitad de cada cuatrimestre, y que da cuenta de los avances del alumno; el otro es el Boletín de Calificaciones, que, aclara, “no tiene validez si no es acompañado por el Informe Pedagógico”, y es la valoración de los avances del estudiantes a través de una escala numérica.

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Acá, se incluyen modificaciones. En el Boletín, el docente deberá consignar si hubo promoción directa del estudiante; o si hubo promoción acompañada, esto es si no logró llegar a un 6.

Las calificaciones serán con una nueva escala, del 6 al 10: 6 es aprobado; 7 es bueno; 8 muy bueno; 9 distinguido; y 10 sobresaliente.

La promoción directa es la “que se realiza al finalizar la unidad pedagógica o el grado en curso. En esta instancia, el equipo de enseñanza contempla en la decisión los avances de aprendizajes logrados y aquellos en los que se puede avanzar al año siguiente”.

En cambio, la promoción acompañada “es la que permite promocionar a un grado subsiguiente garantizando que los contenidos que no fueron aprehendidos en el año anterior se sigan trabajando en el siguiente, siempre con una propuesta sostenida, organizada y fundamentada desde criterios pedagógicos, cognitivos y disciplinarios”.

Pero la promoción acompañada “no podrá extenderse por más de un período escolar, comprendido entre el inicio de clases de un año al siguiente”.

La nueva reglamentación apunta, en teoría, a garantizar la inclusión de todos los alumnos. “La igualdad de oportunidades para todos a través de la inclusión plena, total y oportuna, el acompañamiento ante el ingreso tardío y los ´desacoples´frente a algunos recorridos esperados, provocados por la discontinuidad en las asistencias a clase, por la itinerancia institucional -.cambio de escuela-, los bajos logros, las trayectorias no lineales, la sobreedad respecto a lo establecido por la organización escolar, entre otros factores, serán la prioridad en la propuesta pedagógica elaborada institucionalmente. Esta tarea será realizada con el asesoramiento de la maestra orientadora integradora, el acompañante pedagógico y la maestra auxiliar, el referente de educación domiciliaria u hospitalaria y los equipos dee los Servicios de Apoyo a la Integración Escolar (SAIE) en los casos que amerite”.

¿Se podrá?

 

 

Foto: Gentileza La Lucha en la Calle

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.