Los cuatro sindicatos del Estado que acudieron con un recurso para que la Justicia declare inconstitucional la Ley N° 10.806 reprochan cuatro artículos clave de esa norma sancionada el jueves 2 del actual por la Legislatura: los que aplican recortes salariales a los pasivos, crean un aporte extra a los activos y suspende la aplicación de la discusión paritaria salarial.
La acción de inconstitucionalidad que plantearon este lunes en la Justicia la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (Amet), la Unión Docentes Argentinos I(UDA) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) incorpora una medida cautelar innovativa, a través de la cual pretenden que se frene la aplicación de 4°, 5° y 6% de la Ley de Emergencia, y así evitar los recortes salariales.
“La cautelar se dispondrá respecto de la totalidad de los trabajadores de la educación activos y pasivos representados por Agmer, Amet y UDA, trabajadores de la Administración Pública cualquiera fuese su dependencia orgánica o funcional, activos y pasivos representados por ATE, todos gremios que poseen personería gremial de primer grado con lo cual quedarán amparados en esta medida, la totalidad de activos y pasivos de dichos sectores, afiliados y no afiliados, medida que se interesa sea dictada hasta tanto se resuelva la cuestión principal que se promueve junto con la presente”, dice el texto que ingresó este lunes en el Juzgado de Familia N° 3.
El artículo 4° de la Ley de Emergencia establece: “En razón del estado de emergencia declarado, y con el fin de mantener el sostenimiento del régimen previsional provincial, los aportes personales se calcularán sobre el total de la remuneración liquidada al personal en actividad según el siguiente esquema:
Salario Nominal (en $) – Aportes Personales (en %)
a) hasta 75.000 – 16 %
b) desde 75.001 a 100.000 – 18%
c) desde 100.001 a 200.000 – 20%
d) desde 200.001 en adelante – 22%”.
Mientras, el artículo 5°dispone que «el personal comprendido en la Ley Nº 5.654/75, continuará efectuando el aporte establecido de acuerdo al Artículo 242º de dicho cuerpo legal en tanto sus haberes estén incluidos en la escala prevista en los apartados a y b del esquema del Artículo 4º. Para quienes perciban haberes iguales o superiores a $ 100.001, los aportes personales se incrementarán según el porcentaje de la escala prevista en los apartados c y d del Artículo 4º. De igual manera se procederá con los agentes comprendidos en la Ley Nº 5797/75”.
Hoy, según la Ley Previsional N° 8.732, el aporte personal a la Caja de Jubilaciones es del 16%, e igual porcentaje es el aporte del Estado como empleador, con lo cual la suba propuesta sobre los salarios produce quitas que van del 2% al 4%.
En cambio, se mantiene el aporte jubilatorio para el personal de la Policía, que es del 18%, según el Reglamento General de la fuerza, según la Ley N° 5.654, del año 1974, en tanto los haberes de los efectivos policiales no supere los $100 mil. Por encima de ese monto, se aplicará el mismo esquema que para el resto de la Administración: desde $100.001 a $200 mil aportarán el 20%); y desde $200.001 en adelante aportarán el 22%.
Igual criterio que el de la Policía se aplicará para el personal del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, cuyo regimen está comprendido en la Ley N° 5.797.
Y el artículo 6°establece que durante la Emergenia se apliquen «aportes solidarios extraordinarios» a los jubilados «con destino a cubrir el déficit previsional»:
Monto total beneficio Nominal en $ – aporte %
a) desde 75.001 a 100.000 – 4%
b) desde 100.001 a 200.000 – 6%
c) desde 200.001 a 300.000 – 8%
d) más de 300.001 – 10% .
Después de cuestionar el tratamiento «exprés» que tuvo en la Legislatura -«cuatro días hábiles-, los gremios pidieron a la Justicia la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 4°,5°, 6° y 10° “por resultar lesivos de numerosos derechos y principios que surgen de normas jerárquicamente superiores, que tutelan a nuestros representados activos y pasivos de la Administración de la Provincia de Entre Ríos”.
Ese último artículo fija que durante la vigencia de la Emergencia “ queda suspendida la aplicación de todos los dispositivos de actualización de haberes instituidos por cualquier normativa que alcance las remuneraciones que abonan los tres poderes del Estado Provincial, sus entes descentralizados, autárquicos, autónomos, empresas y sociedades del estado, las que quedarán sujetas a los incrementos que disponga el Poder Ejecutivo de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias en el marco de las paritarias que se celebren”.
La inconstitucionalidad de la Emergencia, según el planteo de los gremios, está en la colisión con el artículo 14 de la Constitución Nacional en lo que hace a una “retribución justa”, y al respecto el recurso judicial plantea que “comprende, entre otras cuestiones, el derecho a percibir el salario de forma íntegra y en orden a los derechos reconocidos”. También se apoya en el artículo 82 de la Constitución de Entre Ríos, que agrega: “El trabajo es un derecho que el Estado protege e impulsa”, y establece que el “salario mínimo para los obreros del Estado” se fijará “conforme el costo de vida”.
Pero también cuestionan el “ataque” a los principios de las convenciones colectivos de trabajo que supone el artículo 10 de la Emergencia que suspende la negociación paritaria en la provincia.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora