El Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrado por jueces ad hoc, rechazó confirmó la constitucionalidad de la Ley N° 10.806 de Emergencia Solidaria en un planteo efectuado por un grupo de jubilados del Poder Judicial. La sentencia, que se firmó este lunes 23, feriado, se dio en el marco de la causa «Cook Carlos y otros c/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y Otra. s/ Acción de Amparo».

El planteo de un grupo de jubilados del Poder Judicial apuntó contra el artículo 6° de la Ley de Emergencia, que fijó aportes “solidarios extraordinarios” para cubrir el déficit de la Caja de Jubilaciones. Serán calculados en forma proporcional al nivel de ingresos, a detraer sobre el monto total nominal liquidado a cada uno de los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.

Emergencia Fallo Cook Carlos by Entre Ríos Ahora

Quienes tengan un salario desde $75.001 a $100 mil aportarán un 4%; desde $100.001 a $200 mil un 6%; desde $200.001 a $300 mil un 8% y desde $300.001 en adelante aportarán un 10%.

El planteo de los jubilados de la Justicia fue resuelto por un tribunal ad hoc. En agosto último, la Legislatura aprobó los pliegos de 18 conjueces, 14 varones y 4 mujeres, para el Superior Tribunal de Justicia (STJ) que actúan “en caso de recusación, excusación, licencia o vacancia de los miembros del citado Tribunal y cuando no pudiera integrarse por los vocales de las Cámaras Primera, Segunda y Tercera de la ciudad de Paraná”. La lista de conjueces quedó conformada así: lejandro Daniel Canavesio, Gastón Alberto Justet, Amado Siede, Martín Acevedo Miño, Raúl Barrandeguy, Roberto Behéran, Luis María Campos, María Susana Benítez, Enrique Marciano Martínez, Miguel Ángel Federik, Ladislao Fermín Uzín Olleros, Carlos Alberto Schiavo, Julio Federik, Blanca Raquel Acosta, Gabriela María del Carmen Ceballos, Alejandro Daniel Briozzo, María Elena Romero y Carlos Antonio Chemez.

El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, indicó que “es la tercera vez que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, con diferentes integraciones, ratifica la constitucionalidad de la ley 10806. El primer caso fue “Rombolá”, una jubilada docente, mientras que en “Pabón de Espeleta” y “Cook” los actores fueron jubilados del Poder Judicial”.

El funcionario sostuvo que, “de esta manera, se va consolidando la jurisprudencia del máximo Tribunal provincial en el sentido de la constitucionalidad de la norma, dada la evidente crisis sanitaria, que produce efectos directos en el nivel de actividad económica y la recaudación”.

En el reciente caso “Cooke”, el Tribunal estuvo constituido por los conjueces Gabriela María del Carmen Ceballos, María Susana Benítez, Alejandro Daniel Canavesio, Martín Julián Acevedo Miño Y Enrique Marciano Martínez.

Martínez, Canavesio y Benítez conformaron los votos de la mayoría quienes no se limitaron a realizar un examen de admisibilidad sino que fueron al fondo de la cuestión y revisaron los requisitos de constitucionalidad de las leyes de emergencia conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El conjuez Alejandro Canavesio, presidente del Colegio de Abogados de Entre Ríos, observó el principio de «intangibilidad» de los sueldos de los magistrados y dijo en un contexto de emergencia hay «razones suficientes para apartarse de esa doctrina».

«Creer que la intangibilidad de las remuneraciones de los magistrados es un principio absoluto, incluso en una situación de emergencia que comprende a todos los demás funcionarios y empleados del Estado, es convertir la garantía en privilegio, lo que afecta el principio de igualdad y repugna al sistema republicano. La prioridad en una emergencia como la que vivimos es la salvaguardia del Estado y su continuidad preservando, a través de una justa interpretación, el espíritu de la Constitución tanto Nacional como Provincial. Por otra parte, aceptar que un sector pueda quedar al margen del esfuerzo que realiza la sociedad toda, es una claudicación ética que compromete la solidaridad y viola la equidad», señaló Canavesio en su voto.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.