En el Poder Judicial entienden que no les corresponde el congelamiento salarial que dispuso el Poder Ejecutivo para funcionarios y personal fuera de escalafón a partir del 1º de julio por aplicación del decreto Nº 1.391, dictado el miércoles 25 del actual. «No podemos adherir ni queriendo hacerlo», admitió un vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

También los trabajadores judiciales rechazan la aplicación en el Poder Judicial del decreto que congela los salarios de funcionarios y empleados fuera de escalafón dispuesta por el Gobierno.

“El problema es que la aplicación, así tal cual, de este decreto en el Poder Judicial significaría el congelamiento de los salarios de los trabajadores, e iría en contra del sistema salarial que tenemos los trabajadores judiciales desde hace más de 40 años. Entendemos que no corresponde que se aplique el congelamiento en el Poder Judicial”, señalo José María Segura, secretario general de la Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER).

 

El decreto de congelamiento salarial generó reacción de AJER

 

El dirigente se mostró enfático al resaltar que ese decreto no es de aplicación en el Poder Judicial. “Un decreto no puede modificar una ley. En la Justicia, el sistema salarial está regido por dos leyes, la ley porcentual y la ley de enganche”, apuntó Segura. “Además, este decreto está destinado a funcionarios del Gobierno provincial y no está destinado a los trabajadores ni estatales ni docentes ni policías, con lo cual aplicarlo y que tenga efecto de descuento o de congelamiento sobre los sueldos de los trabajadores es un objetivo que en el mismo decreto no se plantea, con lo cual nosotros entendemos que no corresponde su aplicación”, razonó.

Además, instruyó “a las autoridades de los Entes Descentralizados, Autárquicos y Autónomos, Sociedades y Empresas del Estado, a adecuar el régimen salarial” al marco de la nueva disposición que estableció el decreto Nº 1.391, dictado el miércoles 25 del actual. Además, el Gobierno invitó a adoptar igual criterio a los poderes Legislativo y Judicial.La medida, arguye la norma, se apoya en “la caída real de los ingresos nacionales coparticipables, la eliminación de múltiples trasferencias del Gobierno Nacional a la Provincia y los vencimientos de los pagos de los servicios de la deuda en los próximos meses, entre otras erogaciones, son factores que impactan de modo directo sobre las cuentas del Estado Provincial”.Y justifica en que “el mantenimiento del equilibrio fiscal resulta un deber del Estado consagrado en el Artículo 35º de la Constitución Provincial, el cual genera la necesidad de implementar medidas en todos sus ámbitos con el objetivo de continuar con la atención de las obligaciones fundamentales”.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora