La carta con la que el cardiólogo César Pazo le reclamó al gobernador Gustavo Bordet, mediante una carta pública que posteó en su muro de Facebook, que lo designe en el cargo de jefe del Servicio de Cardiología del Hospital San Martín, de Paraná, provocó sorpresa en el Ministerio de Salud y no poca indignación.
«Me dirijo a Usted con el fin de que vea la posibilidad de que pueda asumir el cargo que debería estar dirigiendo, desde 2015 en forma interina, y desde el 1° ae Agosto de 2020 en forma definitiva. Según la Ley 9.892, artículo 23 y otros, para poder realizar los controles cardiovasculares, en equipos en la periferias, y en localidades con bajo nivel de complejidad médica que son presas del temor», dice el texto que publicó Pazo, miembro de la Red de Familias Entrerrianas, férreo opositor a la legalización del aborto y que en 2019, después de distintos proyectos partidarios que naufragaron a lo largo de los años, se postuló para el cargo de Defensor del Pueblo.
No lo consiguió: la selección del Defensor del Pueblo de Paraná quedó desierta, y el trámite volvió a activarse en esta gestión. Pero Pazo ya no insistió con su postulación.
Ahora, lo que pretende es que el Gobierno le reconozca el cargo de jefe de Servicio de Cardiología del Hospital San Martín.
La petición la hizo apoyado en las necesidades sanitarias provocadas por la pandemia en Entre Ríos. «Las características de la pandemia hacen que tengamos que utilizar todo el ingenio para la protección de la Salud de la población que tenemos a nuestro cargo», planteó el médico.
Pazo reclamó su designación en el Hospital San Martín con el argumento de que las enfermedades cardiovasculares son las de «mayor mortalidad, incluso en la pandemia», y siendo él jefe de servicio por concurso aunque nunca confirmado en el cargo, se impondría que se oficialice su nombramiento.
«Es un persona. Vino la pandemia, y se borró», dicen desde el Ministerio de Salud respecto de la situación laboral de Pazo en el Hospital San Martín.
-¿Cómo que se borró?
-Sí, presentó un certificado y se mandó a mudar -responden desde la cartera sanitaria-. Presentó un certificado médico en el hospital para no ir a trabajar. Sin embargo, en su consultorio privado sigue atendiendo a pacientes.
Convertido en estandarte de los grupos pro vida que se oponen a la legalización del aborto, Pazo ha dejado anotado su nombre en un expediente judicial.
El 7 de noviembre de 2018, la Fiscalía de Estado de Entre Ríos presentó el comprobante de depósito de la suma a la que lo condenó la Justicia en el marco de una causa civil iniciada por una mujer, a la que le fue negado el acceso a la práctica de un aborto no punible, fue obligada a continuar con su embarazo, dio a luz fuera de la provincia y como consecuencia sufrió un accidente cerebro vascular (ACV) cuyas secuelas la acompañan de por vida.
El monto global que depositó la provincia en la Justicia es de $646.720,25, “correspondiente al pago total de capital condenado ($460.32,25) y honorarios regulados en primera y segunda instancia al doctor Martín Rodrigo Navarro ($91.750) y $41.300, respectivamente) y doctor Arsenio Aditardo Navarro en primera instancia ($18.350) y los honorarios de la Perito Médica Nadina Desiree Schumacher ($35.000)”, según el texto de la presentación que hizo el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.
El 10 de septiembre de 2018, la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de Paraná, con el voto del juez Oscar Benedetto, al que adhirió Eduardo Romeo Carbó, con la abstención de Graciela Aída Basaldúa, confirmó un fallo que había dictado un año atrás, el 22 de septiembre de 2017, el titular del Juzgado Civil y Comercial N° 7, Martín Furman, que condenó al Estado a pagarle a MG, una mujer oriunda de María Grande, una indemnización por los daños ocasionados al negarle una práctica que había recomendado un comité de profesionales del Hospital San Roque, pero que le fue negada en el Hospital San Martín.
La Cámara Civil consideró “reprobable y antijurídica” la actitud del Estado al haber impedido a una mujer “corregir su patología cardíaca de base y negarle la posibilidad de concretar la ligadura de trompas como medio anticonceptivo lícito sin justificación alguna, ambos derechos humanos fundamentales: al disfrute del más alto nivel posible de salud y a decidir no tener más embarazos; todo lo cual desembocó en la gravidez cuya interrupción había consentido y tampoco pudo llevar a cabo por los motivos expuestos, y en la posterior cesárea y el accidente cerebro vascular”.
En primera instancia, el juez Furman condenó al Estado a pagarle $448.000,00 más $12.320,25 por daños y perjuicios.
El día 9 de agosto de 2011, MG fue evaluada por la médica residente Romanela Montenegro. Esa profesional solicitó una interconsulta con Cardiología. El día 10 la atiende otra residente, María Gimena Fernández, que también pidió interconsulta con Cardiología. Ese mismo día la vuelve a controlar Montenegro, y también la doctora Lucía López. Y después, la doctora María Belén Montero.Entonces, aparece la intervención del médico César Pazo, un militante pro vida que ahora se muestra junto a la Red de Familias Entrerrianas, una ONG antiaborto. En la historia clínica de MG “obra un asiento, sin fecha” de la intervención de Pazo. ¿Por qué intervino y provocó que MG no accediera al aborto recomendado por el ateneo interdisciplinario del Hospital San Roque? El juez Furman entendió que su intervención fue “por motivos ideológicos y no estrictamente médicos”.“Es importante recordar -sostiene el magistrado- que el aborto era legítimo porque se justificaba para proteger la salud y la vida de la mujer embarazada. Así, es claro que Pazo interfirió indebidamente en una decisión legítima que la paciente ya había tomado para proteger su salud y su vida, violando su derecho humano a gozar del más alto nivel posible de salud”-Conseguida la interrupción del aborto y de la cirugía de ligadura de trompas, MG fue devuelta al Hospital San Roque y, desde allí, derivada al Hospital Posadas, de Buenos Aires. “Entonces, es evidente que la actora sí consintió la cancelación del aborto y que ella decidió continuar con su embarazo. No fue alegado que haya viajado a la Provincia de Buenos Aires privada ilegalmente de su libertad ni que así haya estado durante su internación.
Ahora bien, ese consentimiento y esa decisión están viciadas”, dice el fallo.Para la Justicia, lo “concreto y no controvertido es que el embarazo continuó y que la actora sufrió el ACV el día 2/12/2011, es decir, en el séptimo día post cesárea, y estando todavía internada. No lo sufrió antes de estar embarazada ni tampoco un año después del parto, sino, insisto, siete días después. Y, como también dijo la experta, en las mujeres embarazadas que sufren la Tetralogía de Fallot no corregida, los cambios hemodinámicos pueden agudizarse. En otras palabras, también es posible y probable que el ACV haya sido consecuencia de no haber interrumpido el embarazo”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora