El exlegislador provincial y exembajador argentina en Cuba durante el kirchnerismo, Raúl Taleb planteó un recurso ante la Cámara de Casación Penal luego de que un tribunal lo sentenciara en abril de 2016 a la pena de tres años de prisión condicional, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos, el pago de una multa de $442.577 y reglas de conducta a cumplir por el término de tres años. Además, dispuso el decomiso de un inmueble de su propiedad, ubicado en calle Buenos Aires de Paraná.
El recurso de casación, presentado por el abogado Julio Federik, defensor de Taleb, será analizado durante una audiencia pública que fue citada para este jueves 2 de noviembre, a las 9,30. Taleb insiste con su planteo de inocencia y reclama el sobreseimiento.
La causa «Raúl Abraham Traleb s/Enriquecimiento ilícito de funcionario público» se había iniciado en el año 2003, a partir de una denuncia del exdiputado nacional radical Rodolfo Miguel Parente, diamantino al igual que Taleb. En la denuncia, se le atribuyen 17 hechos ocurridos entre 1991 y 2003, período durante el cual se desempeñó como diputado provincial, cuando “produjo un enriquecimiento patrimonial apreciable que no se condice con los haberes percibidos en el ejercicio de dicho cargo público”.
Recién en julio de 2012, Taleb fue procesado por el juez Civil y Comercial de Diamante, Julián El Halli Obeid. Su caso fue resuelto, aunque el juicio oral recién se dio en abril de 2016. En esa instancia, y ante un tribunal conformado por Elvio Osir Gtarzón, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Malatesta, los fiscales Alejandro Cánepa y Carolina Castagno pidieron pidieron una pena de 4 años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos, el pago de 442.577 pesos en concepto de multas, y el decomiso de un departamento en calle Buenos Aires 38, de Paraná.
El 18 de abril de 2016 se conoció el adelanto de sentencia que, en forma unánime por el tribunal, halló culpable a Taleb del delito de enriquecimiento ilícito. Los jueces llegaron a la conclusión de que Taleb «se ha enriquecido ilícitamente en ocasión de ocupar un cargo de funcionario público».
En relación a la pena, el tribunal concluyó que no era aplicable una de cumplimiento efectivo (siguiendo los fundamentes esgrimidos en las causas Rossi y Morard de Castoldi), y que para su determinación se consideraron atenuantes como la falta de antecedentes penales, el excesivo tiempo del proceso llevado adelante y la edad del imputado.
Así, por unanimidad, el Tribunal Declaro a Raúl Abraham Taleb autor material y responsable del delito de Enriquecimiento Ilícito de Funcionario Público, y en consecuencia lo condenó a la pena de tres años de prisión condicional con más la de inhabilitación absoluta perpetua y el pago de una multa de $ 442.577. Además, le fijó las siguientes reglas de conducta a cumplir por el término de tres años: a) constituir domicilio, el que no podrá variar sin autorización del Tribunal; y b) realizar trabajos no remunerados en favor de una institución de bien público de la localidad de Diamante. De igual modo, dispuso el decomiso del inmueble de propiedad del exembajador en Cuba, ubicado en calle Buenos Aires.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.