La Cámara de Diputados convirtió en ley por unamidad el proyecto enviado por el Ejecutivo que dispone un aumento del Fondo de Desarrollo y Conservación Vial.
La norma prevé que ese fondo se constituirá con el 50% de lo recaudado en concepto del Impuesto Inmobiliario Rural. Actualmente es del 20%. El Fondo será administrado por la Dirección Provincial de Vialidad.
Bruno Sarubi (Juntos por Entre Ríos) sostuvo que “la ley trae soluciones concretas a una problemática que lleva muchos años y una de las mayores demandas que tienen los entrerrianos, que son las rutas y, sobre todo, los caminos rurales”, tanto para la producción, como para la conectividad de las poblaciones del campo. Y agregó: “Esta fue una promesa de campaña del gobernador y le estamos dando una herramienta para cumplirla”.
Juan José Bahillo (Más para Entre Ríos) precisó que “Entre Ríos tiene 22.000 kilómetros de caminos de tierra, 7.000 cruces de ríos, arroyos, riachos y desagües pluviales que atraviesan esos caminos y suelos arcillosos que hacen muy difícil su mantenimiento. Esto, sumado al incremento de la producción, hace que sea un desafío creciente para todos los gobiernos atender la transitabilidad”.
El miércoles 15 del actual, el Senado había dado la media sanción al proyecto que modifica el artículo 37° de la Ley N° 9.602 de Presupuesto de la Administración Provincial que establece, el cual trata sobre el aumento del porcentaje destinado al Fondo de Desarrollo y Conservación Vial, que pasa a constituirse del 20% al 50% de lo recaudado en concepto del Impuesto Inmobiliario Rural. El Fondo estará administrado por la Dirección Provincial de Vialidad.
En su artículo 1°, la iniciativa modifica la Ley 9.602 de Presupuesto, y fija: “Créase el Fondo de Desarrollo y Conservación Vial, que se constituirá con los recursos provenientes del 50% de lo recaudado en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural. Este Fondo tendrá como destino el financiamiento de lo siguiente:
- a) Construcción, mantenimiento y conservación de la red vial provincial, comprendiendo los caminos, carreteras, puentes y obras complementarias o accesorias de los mismos.
- b) Adquisición, alquiler, mantenimiento y reparación de maquinarias, equipos, repuestos y accesorios, que se afecten a las actividades definidas en el inciso a).
- c) Adquisición de materiales y otros insumos, que se afecten directamente a las actividades definidas en el inciso a).
“La administración del Fondo estará a cargo de la Dirección Provincial de Vialidad y su implementación se hará de conformidad a lo que determine la reglamentación, debiendo tener en cuenta como indicadores para su distribución geográfica: la recaudación correspondiente a los inmuebles rurales de cada departamento, la cantidad de kilómetros de caminos de cada jurisdicción, y otros paramentos que aseguren una asignación equitativa. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente, sus procedimientos, y realizará las modificaciones y/o ampliaciones presupuestarias que resulten necesarias a efectos de la instrumentación del Fondo; pudiendo, asimismo, conformar un órgano consultivo para su asesoramiento respecto a la ejecución de dicho Fondo, el que funcionará ad honorem y deberá contar con la representación de los sectores productivos y profesionales pertinente”, dispone.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora