Por unanimidad, el Senado convirtió en ley la creación de la Fiscalía Anticorrupción a partir de un proyecto enviado por el Poder Ejecutivo que a principios de mes había tenido media sanción en Diputados. Hasta mayo último, cuando fue destituida por el Jurado de Enjuiciamiento, la Procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche, ocupaba la Fiscalía Anticorrupción, nombrada por el Procurador General, Jorge García. Pero ahora, ese instituto, creado por la Constitución, tiene rango de ley y mecanismo de cobertura.
Tras la sesión, la vicegobernadora Laura Stratta destacó que la aprobación definitiva de la creación de la Fiscalía Anticorrupción era un compromiso que el gobernador Gustavo Bordet formuló en la apertura del período de sesiones ordinarias en el mes de febrero, y remarcó que luego de presentado el proyecto de ley por el Poder Ejecutivo, la Legislatura entrerriana trabajó con seriedad en el tema, lo que se reflejó en la aprobación por unanimidad en ambas Cámaras.
Stratta insistió en la importancia institucional que tiene haber reglamentado el artículo 208 de la Constitución de Entre Ríos, respetando lo decidido oportunamente por la Asamblea Constituyente.
En la sesión, el senador Horacio Amavet (Frente Creer) dijo: “Es un paso muy importante para nuestra democracia entrerriana. Con la aprobación de este proyecto , se logra cumplir un precepto constitucional”. Luego, valoró que el nuevo instituto con competencia en la Provincia, tendrá a su cargo la investigación y acusación de los hechos de corrupción y otros delitos contra la administración pública. Su titular y demás integrantes serán fiscales designados con intervención del Consejo de la Magistratura.
Por su parte, el senador Rubén Dal Molin (Federación- Cambiemos) adelantó el apoyo de la bancada opositora al proyecto que establece la creación de la Fiscalía Anticorrupción.
Además, destacó la unanimidad en las dos Cámaras para la aprobación de este proyecto. “Esto refleja la voluntad de nuestro espacio de acompañar todas las políticas públicas que consideramos cuestión de Estado, y esta es una de ellas, en momento sensible para la aprobación de una norma de esta naturaleza, basada en los principios básicos de la República como la libertad, la transparencia e independencia en los poderes políticos”.
En su alocución, también recordó una célebre frase del General Juan Domingo Perón: “El hombre es bueno pero si se lo vigila es mejor”.
A su turno, el senador Armando Gay (Concordia- Frente Justicialista) mencionó aspectos puntuales del detalle proyecto y expresó: “Estamos regulando una Fiscalía que fue creada por la Reforma Constitucional de 2008. Es decir, fue voluntad de hombres y mujeres convencionales, que le da legitimidad y una mirada más profunda; y también hablamos de una Constitución de avanzada donde primó el diálogo en conjunto”.
Y continuó: “Todos los integrantes de este cuerpo estamos convencidos de la necesidad de luchar contra la corrupción. Para ello, es necesario también contar con hombres y mujeres que se dediquen exclusivamente al ejercicio de la acción penal de estos delitos”.
Para el legislador este proyecto es muy importante además porque “es fruto del consenso de todas las fuerzas políticas”. Y ratificó: “Es a partir del diálogo que se logran soluciones superadoras”.
Diputados dio media sanción a la creación de la Fiscalía Anticorrupción
El proyecto
El proyectgo, enviado por el Poder Ejecutivo en marzo último a la Legislatura, consta de 13 artículos, crea la Fiscalía Anticorrupción, prevista en el artículo 208° de la Constitución de Entre Ríos, «que funcionará bajo la órbita del Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos, con dependencia orgánica y funcional directa del Procurador General de la Provincia», cargo que hoy ocupa Jorge Amílcar Luciano García.
La iniciativa que el Gobernador envió a la Legislatura plantea que esa Fiscalíla Anticorrupción estará conformada por un cargo de Fiscal Anticorrupción, «con asiento en la ciudad de Paraná, con jerarquía de Procurador Adjunto»; dos cargos «de Fiscales Anticorrupción Adjuntos, uno con asiento en la ciudad de Paraná y otro con asiento en la ciudad de Concordia, los que tendrán jerarquía de Agentes Fiscales, a todos sus efectos, con dependencia directa del Fiscal Anticorrupción».
También incluirá en su planta un profesional de la abogacía, «con trayectoria acreditada en procesos administrativos, con jerarquía de Fiscal Auxiliar Ministerio Público, con asiento en la ciudad de Paraná»; dos cagos de contadores o licenciados en Ciencias Económicas, «que formarán parte del equipo pericial, con jerarquía y remuneración de Secretario de Juzgado de Primera Instancia (…), con asiento en la ciudad de Paraná». Además, un experto en Informática.
«La Fiscalía Anticorrupción tendrá a su cargo la investigación y acusación de los delitos contra la administración pública provincial cometidos en la Provincia o fuera de ella, en función de la competencia que determinen las leyes aplicables (…) , debiendo ajustar su proceder a las instrucciones que imparta el Procurador General de la Provincia», dice respecto de los funciones. Y agrega: «A tales fines, promoverá la investigación de la conducta de los funcionarios y empleados de los tres órganos de gobierno (legislativo, ejecutivo y judicial) del Estado provincial, municipal y comunal, incluyendo a las empresas, sociedades y todo otro ente en que los Estados en cualquiera de sus esferas de gobierno tengan participación, ante la presunta comisión de delitos que afecten a la administración pública, en sentido amplio considerada, siendo comprensiva su actuación respecto de las personas que, no formando parte del Estado, hayan obrado como partícipes o encubridores, en cualquier grado, de los delitos objeto de investigación».
La Fiscalía Anticorrupción tendrá los siguientes deberes y facultades, según el proyecto:
a) Promover la actuación de la justicia frente a delitos contra la administración pública.
b) Actuar por denuncia o de oficio ante la noticia de la comisión de delitos vinculados a
su competencia, desarrollando las investigaciones pertinentes.
c) Proseguir todas aquellas causas iniciadas en distintos puntos de la Provincia, que
fueran de la competencia de la Fiscalía Anticorrupción, lo cual se implementará una
vez conformado el organismo, con los Fiscales que resulten designados.
d) Solicitar la realización de pericias e informes técnicos, para lo cual se valdrá de su
equipo profesional y podrá requerir de las reparticiones públicas la colaboración
necesaria. Asimismo, desarrollará toda su labor investigativa con todos los derechos
y obligaciones que poseen los miembros del Ministerio Público Fiscal y que autoriza
el Código de Procedimientos en materia penal.
e) Podrá constituirse en cualquier localidad de la provincia, tomando intervención en
los lugares de posible comisión de los delitos investigados o donde fuera necesario
para obtener prueba.
f) Podrá delegar trámites o diligencias en el Fiscal del lugar donde sucedió el hecho,
sin resignar su competencia. El Fiscal Anticorrupción podrá disponer que el ejercicio
de la acción pública en casos relativos a su competencia quede a cargo de los
fiscales ordinarios competentes de la jurisdicción donde quede radicada la denuncia,
a través de la delegación funcional dispuesta al efecto, con noticia al Procurador
General.
g) Solicitar al Procurador General de la Provincia la ampliación presupuestaria, a los
fines de asegurar el cumplimiento de sus funciones.
h) Asignar a los Fiscales Adjuntos las investigaciones que resolviera no llevar adelante
personalmente, sin perjuicio de su actuación en la etapa de juicio, por sí o a través
del Fiscal Adjunto que designe.
i) Impartir instrucciones y directivas a empleados judiciales a su cargo, que sean
necesarias y convenientes para el desarrollo de sus funciones.
j) Controlar el desempeño de quienes lo asisten y dictar el reglamento de
funcionamiento interno de la Fiscalía Anticorrupción, el que será elevado para su
aprobación al Procurador General de la Provincia.
k) Elevar al Procurador General la propuesta de creación, supresión o modificación de
cargos de funcionarios y empleados administrativos que se desempeñen en la
Fiscalía.
l) Elevar al Procurador General un informe anual sobre la gestión de la Fiscalía a su
cargo.
«Todas las investigaciones que se encuentren en trámite y sean vinculadas a la competencia de la Fiscalía Anticorrupción, serán remitidas para su sustanciación ante la misma, dentro de los quince días corridos de puesta en funciones de la Fiscalía Anticorrupción, Fiscalías Adjuntas y Fiscalía Auxiliar, una vez concursados los cargos y
efectuada la designación correspondiente, con acuerdo del Senado. No habrá designaciones transitorias de los cargos de fiscales establecidos por la presente ley, debiendo procederse a su concurso inmediatamente después de la promulgación de la presente, por el procedimiento vigente, dándose conocimiento al Consejo de la Magistratura
de Entre Ríos», añade.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora