Los integrantes de la Cámara de Casación Penal de Paraná -Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti- no intervendrán en la apelación formulada por la defensa del cura Juan Diego Escobar Gaviria a la segunda condena que le aplicó la Justicia en un nuevo caso de corrupción de menores.
En 2020, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay declaró a Escobar Gaviria, ya condenado en 2017 a 25 años de cárcel por abuso de menores, como «autor material y penalmente responsable del delito de promoción de la corrupción de menores, agravada por su condición de guardador», y le impuso la pena de 11 años de prisión.
El juicio se sustanció durante dos días, miércoles 18 y jueves 19 de noviembre, en Gualeguay, y al término de las audiencias el fiscal Rodrigo Molina y el querellante Mariano Navarro pidieron 12 años de cárcel para el sacerdote, que desde el 21 de abril de 2017 cumple prisión preventiva en la cárcel de Victoria. La defensa, a cargo de Milton Urrutia y María Alejandra Pérez, reclamó el sobreseimiento de su cliente.
Como el cura, que entre 2005 y 2016, fue párroco de San Lucas Evangelista, en Lucas González, ya carga con una condena, lo que ocurrirá es que, una vez que la primera y segunda sentencias queden firmes, se hará una audiencia para «unificar» las condenas que ha recibido Escobar Gaviria: a 25 años de prisión, en 2017, y a 11 años, en 2020.
Escobar Gaviria Recusación … by Entre Ríos Ahora
El cura fue condenado el 6 de septiembre de 2017 por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.
El fallo, que se conoció de forma íntegra el jueves 14 de septiembre de 2017, contiene 304 páginas, en las que se encuentran todas las actuaciones del caso. Desde las primeras testimoniales tomadas a los menores cuando denunciaron los abusos, hasta las declaraciones de testigos –familiares, amigos, colaboradores de la parroquia-, y otros elementos que le permitieron al Tribunal llegar a la conclusión de que Escobar Gaviria cometió abusos, condenándolo a una pena proporcional a la gravedad de los delitos: 25 años de prisión efectiva.
La condena a Escobar Gaviria fue confirmada en Casación, pero cuando el caso se debatió en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el alto cuerpo anuló una parte de la sentencia y ordenó al Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay computar de nuevo la pena. Fue sentenciado por tres casos de corrupción de menores y uno de abuso sexual simple. Este último caso por el que fue condenado encontró una anulación en el STJ.
La segunda condena a Escobar Gaviria, a 11 años, llegó a la Cámara de Casación Penal de Paraná en apelación, pero sus tres integrantes se inhibieron por cuanto ya se habían pronunciado en el primer juicio. El pronunciamiento fue tras el tratamiento de la recusación que plantearon los defensores de Escobar Gaviria, y que debió resolver la Cámara de Casación Penal de Concordia.
«En relación a la recusación que nos formulan los Sres. Defensores (…) en virtud de que este Tribunal de Casación confirmó la condena dictada oportunamente por los Señores Vocales del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Dres. Javier Cadenas y Darío Crespo y Dra. Ma. Angélica Pivas, en el Legajo nº 138/17 caratulado «Escobar Gaviria Juan Diego s/Corrupción de Menores y Abuso Sexual Gravemente Ultrajante Agravado», resultan aplicables a este Tribunal de Casación los mismos motivos invocados por los Señores Magistrados para excusarse de intervenir en las presentes actuaciones. Ello en tanto en dicho juicio fueron ventilados -via declaración testimonial- por el aquí denunciante,
hechos que ahora se atribuyen al mismo encausado Juan Diego Escobar Gaviria como nuevo delito. Resulta evidente entonces, que también nos encontramos los suscriptos inmersos en la causal invocada por los Magistrados antes referidos (…), en tanto hemos emitido opinión fundada
sobre el objeto procesal y las cuestiones de fondo que aquí se investigan. En virtud de los motivos expuestos y a los fines de preservar la imparcialidad del Tribunal que debe entender en el presente recurso, se nos excuse de intervenir en este legajo».
Precisamente, la conformación del tribunal que debía juzgar a Escobar Gaviria por segunda vez fue lo que generó la primera postergación de la fecha de inicio del juicio, que debió realizarse entre el 12 y el 13 de noviembre de 2018.
Originariamente , el tribunal que debió juzgar al sacerdote quedó conformado por los jueces Calleja, Gómez e Ignacio Boris Telenta, pero este último magistrado concursó y ganó el cargo de juez de Garantías de Gualeguaychú, y por tanto dejó su puesto de juez de Garantías en Gualeguay.
Los otros magistrados de Gualeguay quedaron afuera por cuanto ya habían actuado en el primer juicio: María Angélica Pibas, Darío Crespo y Javier Cadenas. Tampoco pudo ser incluido Dardo Tortul porque si bien ahora es juez de juicio, actuó en el debate contra Escobar Gaviria en representación del Ministerio Público Fiscal y llevó adelante la acusación.
Las audiencias de debate habían sido fijadas para una nueva fecha, los días 23 y 24 de mayo de 2019, pero el querellante Mariano Navarro pidió aplazar el trámite en función de la imposibilidad del denunciante, Santiago Tavares., un muchacho de 19 años, de asistir al tribunal.
Pero antes de comenzar las audiencias el trámite fue suspendido nuevamente. El aplazamiento fue pedido por el abogado querellante, Mariano Navarro, en función de que la víctima que denunció el quinto caso de corrupción de menores del cura Escobar Gaviria, no está en condiciones de salud psicológica como para afrontar el juicio.
La tercera programación del juicio se fijó para los días 4, 5 y 6 de diciembre de 2019. Pero hubo una tercera suspensión.
Pero en noviembre de ese año se conoció la decisión de postergar las audiencias.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora