La Cámara de Casación Penal de Paraná no hizo lugar al pedido de excarcelación formulado por los abogados defensores del cura Juan Diego Escobar Gaviria, quien fue condenado en 2017 a la pena de 25 años de prisión por abuso y corrupción de menores. Consideraron que aún subsiste el peligro de fuga.

El pedido para que finalice la prisión preventiva había sido presentado por los abogados Milton Urrutia y Alejandra Pérez . En su presentación los defensores pedían “la inmediata libertad en orden a las prescripciones del artículo 367 del Código Procesal Penal en tanto otorga el derecho a la libertad a quien se encuentre cumpliendo una prisión preventiva que haya excedido el tiempo de 18 meses desde su imposición. Escobar Gaviria lleva 23 meses desde que se inició la medida cautelar y 18 meses desde que se dictó la condena”.

También señalaron que Gaviria compartía celda con otros condenados con condena firme, y que ello incumple los estándares internacionales, e incluso la jurisprudencia dictada por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia en la causa de los contratos truchos de la Legislatura, donde ordenó excarcelaciones a imputados sin condena.

Los letrados también apelaron al caso “Forcher”, donde la Sala Penal revocó la prisión preventiva a Juan Forcher, el dirigente scout de Diamante condenado a 14 años de cárcel por corrupción de menores.

Sin embargo, según supo Entre Ríos Ahora, este viernes los jueces de Casación dieron a conocer su fallo unánime para que el cura siga en la cárcel, ya que consideran que aún hay riesgo de fuga.

“Se advierte que la situación de Escobar Gaviría en nada ha variado; que el riesgo del peligro de fuga, no se ha visto conmovido con nada de lo que los defensores plantean, ni hay nuevas circunstancias que permitan deducir otra cuestión. Escobar Gaviría no tiene arraigo, tiene doble nacionalidad, tiene los medios económicos que le permitirían evadirse de la Justicia, y se encuentra condenado a una pena muy alta; las razones por las cuales se dispuso que no se le hiciera lugar al arresto domiciliario, por otra parte, subsisten”, dijo Marcela Badano, que formuló el primer voto.

A su pronunciamiento adhirieron Hugo Perotti y Marcela Davite. Finalmente se fijó audiencia para el 6 de agosto para notificar personalmente a Gaviria de la decisión tomada.

Preso desde 2017

El 21 de abril de 2017, y por pedido del querellante particular Mariano Navarro, petición a la que adhirió el fiscal Federico Uriburi, el juez de Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, dictó la prisión preventiva del cura Escobar Gaviria para evitar un entorpecimiento de la investigación penal preparatoria, entonces en desarrollo, y para impedir que el sacerdote influenciara sobre testigos y denunciantes.

El 6 de septiembre de ese mismo año, cuando el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay condenó a Escobar Gaviria a la pena de 25 años de cárcel por los delitos de abuso y corrupción de menores, dictó una medida accesoria: confirmó la presión preventiva hasta que el fallo quede firme. El fallo, claro, no está firme, porque ha sido recurrido por los defensores del cura, María Alejandra Pérez y Milton Urrutia ante Casación. Los abogados hacen dos peticiones: que se revise la sentencia y que se deje sin efecto la continuidad de la preventiva, que Escobar Gaviria está cumpliendo en la Unidad Penal de Victoria.

El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, integrado por María Angélica Pivas, Roberto Javier Cadenas y Darío Ernesto Crespo lo condenó a 25 años de prisión al hallarlo material y penalmente responsable por cuatro hechos de abusos y corrupción de menores, que salieron a la luz en 2016.

El sacerdote colombiano fue párroco de la Parroquia San Lucas Evangelista de la localidad de Lucas González, del departamento Nogoyá.

La jueza  Pivas fue quien fundamentó el voto al que adhirieron los vocales Cadenas y Crespo. Entre las frases más contundentes de la resolución se encuentra la siguiente: “Las conductas reprochadas fueron realizadas personal y directamente por el acusado, como así también las mismas se perfeccionaron con el pleno conocimiento y la voluntad de realización de actos de contenido sexual que contaban con las características exigidas por los tipos. Escobar Gaviria actuó, en todos los casos,  con  intención y voluntad, en todos los casos, quiso lo que hizo e hizo lo que quiso”.

 

Paso a Paso


El 21 de abril de 2017 la Justicia le dictó prisión preventiva, y en esa situación quedó luego de que un tribunal de Gualeguay lo condenara, en septiembre de 2017, a 25 años de prisión. Mientras esa condena no adquiera firmeza, seguirá donde está: la Unidad Penal N° 5, de Victoria.

El domingo 23 de abril de 2017 –un día insólito para la Justicia- el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú confirmó la resolución que había tomado el viernes 21 de ese mes el juez Gustavo Acosta, titular del Juzgado de Garantías de Nogoyá, que le dictó prisión preventiva por 20 días a Escobar Gaviria y lo envió a la cárcel.

Allá, el cura –que fue párroco de San Lucas Evangelista de Lucas Gonzalez entre 2005 y finales de octubre de 2016– fue alojado en uno de los cinco pabellones del penal. El pedido de prisión del sacerdote fue planteado por el abogado querellante, Mariano Navarro, apoyado en lo que consideró como “hostigamientos” por parte del cura hacia las víctimas y también por la insidiosa presencia de Escobar Gaviria cerca de los testigos de la causa cuando ésta estaba en etapa de investigación penal.

Antes de que vencieran esos 20 días, el 9 de mayo de 2017, el juez Acosta aceptó la petición el fiscal Uriburu y elevó la causa a juicio oral. Además, el magistrado decidió prorrogar la prisión preventiva hasta el momento del inicio de los debates, en Gualeguay.

Pero los defensores de Escobar Gaviria, Milton Ramón Urrutia y Juan Pablo Temón, insistieron con la liberación del sacerdote, aunque sin éxito. El 26 de mayor de 2017, el entonces juez de Garantías de Gualeguay -hoy convertido en fiscal de coordinación-, Esteban Santiago Elal, resolvió no hacer lugar al pedido de libertad formulado por los abogados. Además, el magistrado prorrogó la prisión preventiva del cura “hasta que recaiga sentencia firme”.

El cura fue condenado el 6 de septiembre de 2017 por haber abusado a cuatro menores en Lucas González, sitio al cual llegó en 2005 y de donde salió, de apuro, a finales de octubre de 2016, tras una primera denuncia presentada en la Justicia. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.

La condena a 25 años de cárcel no está firme -está en proceso de apelación- pero la Justicia decidió mantenerlo tras las rejas por el riesgo procesal de fuga.

En la Cámara de Casación los defensores de Escobar Gaviria también soportaron un revés.

El 28 de julio de 2017 los defensores del cura interpusieron un recurso de impugnación extraordinaria contra la sentencia de la Cámara de Casación Penal el del 7 de julio de ese año a través de la cual no se hizo lugar recurso de Casación presentado contra la sentencia que había confirmado la prisión preventiva. El tribunal confirmó parcialmente el fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, y dispuso la prórroga de la prisión preventiva de Escobar Gaviria “hasta la finalización del juicio oral y dictado de la sentencia respectiva”. Aunque en septiembre de 2017, cuando fue condenado, se le impuso la continuidad de la preventiva “hasta que la sentencia adquiera firmeza”.

Por eso mismo, sigue en la cárcel.

 

Otro juicio


La Justicia fijó un tercer calendario de audiencias para sentar en el banquillo de los acusados, y por segunda vez, al cura Juan Diego Escobar Gaviria. Las audiencias se desarrollarán en el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay los días martes 3, jueves 5 y viernes 6 de diciembre próximos.

El inicio del juicio ya fue aplazado en dos oportunidades.

Las audiencias de debate habían sido fijadas para los días 23 y 24 de mayo pasados, pero el querellante Mariano Navarro pidió aplazar el trámite en función de la imposibilidad del denunciante, Santiago Tavares, un muchacho de 19 años, de asistir al tribunal.

Para juzgar a Escobar Gaviria se conformó un tribunal integrado por los jueces de la jurisdicción de Gualeguay, Alejandro Calleja y  Alejandra María Cristina Gómez. Y un magistrado de la jurisdicción Gualeguaychú, Mauricio Daniel Derudi.

Precisamente la conformación del tribunal que debía juzgar a Escobar Gaviria -que purga prisión preventiva desde el 21 de abril de 2017 en la Unidad Penal de Victoria y que ya fue condenado hace más de un año a 25 años de cárcel por cuatro casos de abusos y corrupción de menores- fue lo que generó la postergación de la fecha de inicio del juicio, que debió realizarse entre el 12 y el 13 de noviembre de 2018.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.