Los tres condenados por el caso de la escuela fumigada en Santa Anita, departamento Uruguay, en diciembre de 2014, llegaron hoy a la Cámara de Casación Penal con un recurso de apelación a través del cual pretenden que se decrete la nulidad de las condenas que recibieron el 3 de octubre de 2017.

José Mario Honecker, titular del campo lindante a la escuela; Erminio Bernardo Rodríguez, presidente de la firma Aero Litoral SA, de Villaguay; y el piloto de fumigó el campo, César Martín Visconti, fueron condenados el 3 de octubre de 2017 por el Tribunal de Juicio de Concepción del Uruguay, integrado por Fabián López Mora, Mariano Martínez y Mariela Emilce Rojas.

El Tribunal los condenó a un año y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional por los delitos de lesiones leves culposas –imprudente- en concurso ideal con contaminación ambiental al presidente de la empresa fumigadora de Villaguay Aero Litoral SA, Erminio Bernardo Rodríguez; al titular del campo de arroz y maíz que contrató la fumigación con agrotóxicos, José Mario Honecker; y al piloto que manejaba la aeronave, César Martín Visconti. Este último, además, fue inhabilitado por un año para pilotar una avioneta.

Los jueces coincidieron con la Fiscalía y los condenó por el delito de lesiones leves culposas –negligente- en concurso ideal con contaminación ambiental por haber fumigado la Escuela N° 44 República Argentina, de Colonia Santa Anita, en el departamento Uruguay.

El caso


La pulverización ocurrió el 4 de diciembre de 2014 en un área del campo que explotaba con cultivo de arroz y maíz localizado en los kilómetros 7 y 11 de la zona rural, frente a la escuela. La fumigación afectó a la maestra Mariela Leiva -referente de la campaña Paren de Fumigar las Escuelas- y a cinco chicos que se encontraban en el aula.

Aquella vez, hace casi cuatro años, la avioneta descargó un cóctel peligroso para la salud: los productos químicos Ako Power, Dash, Aura y Clincher. Este último calificado como Residuo Peligroso por la Ley Nacional 24.051.

Disconformes con la resolución, los abogados  Carlos Antico (defensora de Honeker) y Eduardo Emilio De Casas, (que asiste a Visconti y Rodríguez) fueron en apelación ante la Cámara de Casación Penal con el fin de que se revoque la sentencia. La principal tesis de los letrados es que en el caso no sólo fueron sentenciados sus defendidos “sino todo un modelo productivo”.

Ante el tribunal de Casación, conformado por los jueces Marcela Davite, Marcela Badano y Hugo Perotti, el defensor Antico consideró que la sentencia dictada por el tribuna uruguayense fue “arbitraria y violatoria de la Constitución”. Durante la audiencia que tuvo lugar esta mañana en Tribunales, el letrado dijo también que ese fallo fue “violatorio de la defensa en juicio” y de los tratados internacionales que tienen rango  constitucional, como la Convención Americana por los Derechos del Hombre.

Argumentos


“El fallo condenatorio se ha sustentado en la creación de un delito de peligro abstracto”, arguyó, y negó que lo ocurrido en la escuela de Santa Anita haya sido “intoxicación” como también negó que haya ocurrido contaminación ambiental.

“Según lo que hemos observado”, dijo el letrado, que no fue parte de los debates en Uruguay, “llegamos a la conclusión que no podemos observar la existencia de daño ni lesión en las personas que aducen haber tenido esa situación, y en cuanto a todo el estudio que se hizo alrededor de la escuela, tierra y agua, no se encontraron residuos peligrosos, ni ninguna contaminación”.

“Creo que la Cámara ha hecho una suerte futurología de la existencia de un posible daño o lesión. Y no se ha podido comprobar tal circunstancia”, señaló.

“En cuanto a la imputación a mi defendido, el señor Honeker es dueño de una arrocera, y contrató los servicios de un tercero para hacer esta aplicación. Los responsables de la aplicación son quienes aplican. En la mala aplicación del elemento, el señor Honecker no tiene nada que ver con esto, porque no ha sido él quien realizó la receta”, apuntó.

Y por eso solicitó en Casación “la absolución de culpa y cargo de su defendido”.

El abogado De Casas, en tanto, sostuvo que la sentencia “carece de fundamentación suficiente, no tiene sustento fidedigno y existe una segmentación y una parcialización que distorsiona el resultado”.

Afirmó que el avión fumigador no pertenecía a Aero Litoral SA, que fue una máquina contratada. “No es menor el detalle, porque la Fiscalía cabalga sobre ese error”, aseguró. Apreció que la sentencia es “un galimatías”, y que no están probados los cargos sobre sus defendidos.

Calificó a la sentencia como “absurda”. Y dijo que el responsable de la “receta agronómica” que sirvió para la aplicación del plaguicida no es ninguno de los tres condenados. Por eso, consideró que se impone la absolución de Rodríguez y de Visconti.

El fiscal coordinador de Concepción del Uruguay, Fernando Lombardi, resaltó el alto impacto social del caso, y de la condena. “El juicio y la condena fue contra un productor y un aplicador que hicieron mal las cosas. Las manifestaciones de la defensa distorsionan el análisis del hecho. Son una mera disconformidad con lo que fundadamente ha resuelto la Cámara”, señaló el representante del Ministerio Público Fiscal.

“Una de las cuestiones centrales de los agravios de los defensores es la inexistencia de lesiones. Y esta afirmación es falsa”, dijo Lombardi. E hizo notar que tanto la empresa como el avión fumigador utilizado no estaban habilitados. Y que la pulverización se realizó sin la presencia de un ingeniero agrónomo, y en un momento del día y con condiciones meteorológicas que sólo permitieron bajar los costos de aplicación para el productor, sin considerar el daño que producía.

“Previo a la pulveización, los que se deciden a pulverizar tienen la obligación de comunicar a los vecinos. Esto es sentido común”, planteó el fiscal.

Lombardi, así, pidió que Casación confirme la sentencia.

En la audiencia –en la que no hubo representantes del Ministerio Público Pupilar, algo que hizo notar expresamente la presidenta del tribunal, Marcela Davite.- se comunicó que la resolución se conocerá el martes 18 de septiembre, a las 12, 30.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.