La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos destacó el fallo que emitió este martes el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que declaró inconstitucional un artículo de la Ley N° 10.885 del Colegio de la Abogacía que impedía a magistrados jubilados volver a matricularse para reintegrarse al ejercicio de la profesión sin antes renunciar al beneficio jubilatorio.

Pero además, la entidad fustigó el pronunciamiento del Colegio de la Abogacía, que al dar cuenta del pronunciamiento del alto tribunal reprochó el  voto mayoritario, y en particular se centró en la posición que adoptó la vocal Gisela Schumacher, por haber pertenecido a la Asociación de la Magistratura. Fue en el marco de un planteo que impusló el exvocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Pablo Andrés Vírgala.

«El fallo de nuestro Superior Tribunal de Justicia que hace lugar al amparo se destaca no sólo por los sólidos fundamentos constitucionales de los votos que conformaron la mayoría, sino por la independencia de criterio y honestidad intelectual de quienes lo suscribieron», plantéo la entidad que agrupa a funcionarios del Poder Judicial. «De cinco integrantes del Superior Tribunal que votaron en la causa -añadió-, cuatro integran esta Asociación, y sin embargo, nada de ello impidió que en el caso, cada quien votara según su propia conciencia. Dos jueces lo hicieron por el rechazo del amparo y dos por su admisión».

Fallo del STJ: juez jubilado podrá ejercer como abogado sin renunciar a su jubilación

 

Luego, sumó: «Lo mismo debe destacarse respecto del juez que intervino en la primera instancia (Marcelo Marchesi, vocal de la Cámara Civil y Comercial), que también es asociado y resolvió el rechazo del amparo, por entender que no era esa la vía idónea para tramitar el reclamo. Sentencia que, finalmente, fue revocada por el Máximo Tribunal de la provincia». La Asociación de la Magistratura lamentó que «el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, también involucrado en el pleito, en lugar de valorar la independencia de nuestra judicatura, intente generar un manto de sospecha sobre la única magistrada mujer que integró dicho Tribunal para el caso, ya que en un acto que solo puede interpretarse como discriminatorio en razón de su género, el mencionado Colegio le enrostra como un demérito -sólo a ella- la misma calidad de asociada y ex directiva de esta institución, que tienen o han tenido, también, los otros miembros del mismo Tribunal -varones- a quienes no les fue dirigida la misma crítica».

«Expresamos nuestra solidaridad con la doctora Gisela Schumacher -miembro de nuestro STJ-, y nuestro reconocimiento a las y los miembros de la judicatura y de los Ministerios Públicos que, como corresponde, independientemente de su afiliación o pertenencia a una institución específica, honran día a día los más altos valores que constituyen nuestra república, como es el de la independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones y la irrestricta defensa de la supremacía constitucional».

El Colegio de la Abogacía había emitido un pronunciamiento este martes en el que señaló: «La magistrada que desempató el dividido fallo fue la doctora Schumacher, quien fuera en su momento asociada y dirigente de la Asociación de la Magistratura de Entre Ríos; vale recordar que esa Asociación se había presentado como Amigo del Tribunal respaldando la posición de Vírgala».


 

Como informó Entre Ríos Ahora , en fallo dividido, el STJ le dio la razón al exjuez de juicio Pablo Andrés Vírgala y declaró inconstitucional un artículo de la Ley N° 10.885 que impedía a los jueces jubilados volver a matricularse y a ejercer la profesión sin antes renunciar al cobro de su jubilación. El exmagistrado, que accedió a la jubilación en 2022 como vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, sostuvo que presentó amparo contra el Colegio de la Abogacía luego de que el 20 de marzo último la entidad rechazara “mi pedido de rehabilitación como abogado en la matrícula profesional invocando para ello lo dispuesto en el artículo 41.1 inc.g) de la Ley Nº 10.855, condicionándolo a que suspenda el cobro del beneficio previsional que como exmagistrado poseo, pese a mi expreso pedido en tal sentido”.

Se trata de la ley de creación del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, sancionada el 25 de noviembre de 2020 por la Legislatura entrerriana. Esa normativa plantea que «no podrán ejercer la abogacía ni la procuración por incompatibilidad», entre otros, los «magistrados, funcionarios y empleados judiciales provinciales y nacionales jubilados, que no suspendan el beneficio previsional al que accedieron».

En primera instancia, el juez Marcelo Marchesi, vocal de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial, declaró «inadmisible» su pedido de inconstitucionalidad de esa norma. Entonces, Vírgala apeló ante el pleno del STJ, y consiguió fallo favorable en forma dividida.

 

 

En un fallo dividido, el Máximo Tribunal de nuestra provincia hizo lugar al Amparo presentado por Pablo Vírgala, ex juez que pretende reincorporarse como abogado sin cumplir con las disposición de la ley 10.855.

Los vocales Miguel Ángel Giorgio y Carlos Tepsich entendieron que la acción de amparo no era la vía procesal adecuada para atender la pretensión de Vírgala. En cambio, los vocales Germán Carlomagno y Daniel Carubia hicieron lugar al reclamo. La magistrada que desempató fue Gisela Schumacher.

“Con este fallo –señaló el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos-, el STJ contradijo su propia doctrina judicial. En 2020, la señora Rombola, una jubilada docente de 76 años, presentó una acción de amparo contra el Estado Provincial, pues por la ley de Emergencia de la Pandemia se le reducía su jubilación. En dicha ocasión, los jueces del Superior Tribunal dijeron que la Acción de Amparo no era la vía para solicitar la inconstitucionalidad pretendida y le dio la razón al Gobierno”.

 

 

Y agregó: “Ahora, en un caso muy similar, el máximo tribunal entrerriano llamativamente cambió su ´criterio´, y favoreció al exkjuez Vírgala, cuyo haber jubilatorio nunca fue afectado, a pesar de ser significativamente mayor al de una jubilada docente”.

El pleito podría resolverse ahora ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal que cuestione lo resuelto por el STJ.

 

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora