Juan Alberto Forcher, el exjefe del grupo scout San Cipriano, de Diamante, condenado a 14 años de cárcel por corrupción de menores, recibió un nuevo revés en la Justicia: le denegaron el pedido de llevar su caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La investigación penal se abrió luego de la presentación que hicieran dos hermanos, CJM y CLE,  en 2015. Tres años después, cuando se desarrolló el juicio oral, el fiscal  Gilberto Robledo dijo en el alegato de apertura:  “La fiscalía demostró que a lo largo de 20 años el señor Forcher se valió de su condición de líder del grupo scout de Diamante para corromper la sexualidad de jóvenes que tenía a su cargo”.

La Fiscalía señaló que Forcher “sabía perfectamente lo que hacía, ya que elegía a sus víctimas, todos menores entre los 13  y 17 años, adolescentes en pleno desarrollo psicosexual, totalmente  vulnerables y manejables, los cuales eran captados de la institución  educativa de la cual el Señor Forcher era profesor  (Colegio Santa María) y del grupo scout del cual precisamente era dirigente (San Cipriano), a cargo de la rama que en un  comienzo se llamó ´raiders´, luego caminantes, donde se realizaban  actividades que eran ejecutados por jóvenes, muchas veces desnudos, y  siempre en la privacidad  delitos de alcoba . Siempre se tomaron  imágenes y los jóvenes quedaron sorprendidos porque nunca pudieron  verlas, las cuales estaban guardadas y protegidas por Forcher en su  ámbito de intimidad; y los padres que apoyaron a Forcher jamás  conocieron las actividades a las cuales estaban siendo sometidos sus  hijos”.

Qué dice la condena al jefe scout que corrompía menores

 

Un tribunal, conformado por los jueces Alejandro Cánepa, Gervasio Labriola y María Carolina Castagno, lo encontró culpable del delito de promoción a la corrupción y lo condenó a 14 años de prisión. En su voto, el juez Cánepa reprochó los dichos del defensor de Forcher, Nelson Schlotahuer: “Realmente no resiste ningún análisis – y hasta ofende la inteligencia del decisor -, que ante tal cuadro de situación, la explicación de la defensa sea que tales desnudos obedecían a ´las noches de calor de Diamante´, ya que de ninguna manera esas conductas eran aisladas, conforme fue más arriba indicado al describir el contenido de los videos que fueron secuestrados en la casa de Forcher y que forman parte de la pericia aceptada como prueba de autos, amén de los testimonios transcriptos en donde surge acabadamente lo contrario”.

En la tramitación en Tribunales, la condenada aplicada en 2018 fue confirmada y a Forcher le fueron dando la espalda los distintos magistrados que tramitaron sus planteos recursivos.

 

Otro revés para el jefe scout condenado por abusar de menores

Ahora, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó el recuso extraordinario federal que planteó el defensor de Juan Alberto Forcher, exjefe del grupo Scout San Cipriano de Diamante, quien fue considerado «autor de los delitos de promoción a la corrupción de menores, agravada por engaños y por su condición de encargado de la educación y guarda, en concurso real por la pluralidad de victimas (cuatro), todo ello en concurso ideal con la producción de pornografía infantil, específicamente de la reproducción de las partes genitales de menores de edad», y condenado en 2018 a la pena de 14 años de cárcel.

El 5 de agosto último, el máximo tribunal, con el voto de Claudia Mizawak, la adhesión de Miguel Giorgio y la abstención de Germán Carlomagno, resolvió «denegar la concesión del recurso extraordinario federal». Al respecto, planteó Mizawak: «El recurso extraordinario federal está previsto al sólo efecto de afirmar la supremacía de la Constitución Nacional y no tiene por objeto corregir -como si fuera otra instancia ordinaria- las sentencias equivocadas o que se reputen tales por los impugnantes, sino que fue ideado para hacer realidad la exigencia constitucional que impone a las decisiones jurisdiccionales estar suficientemente fundadas y constituirse en una derivación razonada del derecho vigente, debiendo siempre basarse en las constancias legítimamente agregadas al proceso».

 

Forcher fue condenado el 5 de octubre de 2018 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado por los vocales Alejandro Cánepa, María Carolina Castagno y Gervasio Labriola. Durante la realización del juicio, víctimas y testigos aportaron su testimonio respecto de qué ocurría en los campamentos scouts que Forcher dirigía. Un testigo relató «que el primero que se desnudaba era Forcher, y describió tres situaciones: que en una oportunidad se despertó con la mano de Forcher en los genitales; en otra, tocándole el trasero, y en la tercera, con una excusa, terminó masturbándolo en el baño».

En la sentencia de la Cámara de Casación Penal del 20 de agosto de 2020 que confirmó aquella sentencia se destaca que un testigo «apuntó que ellos, niños, no entendían las situaciones, pero que no se querían acostar al lado de Forcher. Y que una vez los llevó a su casa a ver una película porno gay. Explicó que no consideraban delitos esas conductas; y que su hermana puso en palabras ´que ellos habían sido abusados´, lo que le dio vergüenza -lo que habla de los tiempos y los modos para autopercibirse como víctima de un ataque sexual siendo niños-, y que la finalidad de la denuncia era poder liberarse».

Nelson Schlotahuer, defensor de Forcher, cuestionó la resolución de Casación y acudió con un recurso de impugnación extraordinaria, que le fue rechazado el 5 de febrero de 2021. Fue entonces que acudió a la Sala Penal del STJ con un recurso de queja, donde también obtuvo un revés el 5 de mayo último. La vía que le quedaba al exjefe scout de Diamante era el recuso extraordinario federal y llevar su caso a la Corte, pero el máximo tribunal provincial rechazó esa vía. Aunque todavía no se agotaron las instancias: lo que sigue es un recuso de queja para llegar directamente a la Corte.

El caso

El miércoles 18 de octubre de 2o17 la causa fue elevada a juicio oral por el juez de Garantías de Diamante, Julián Vergara. En tanto, el 11 de noviembre de 2017, juez Rafael Martín Cotorruelovocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, rechazó el planteo del defensor Nelson Schlotahuer, y confirmó la resolución que ya había adoptado el juez  Vergara: elevó la causa a juicio oral.

Cuando el caso llegó a la Justicia, comenzaron a develarse una serie de situaciones hasta entonces desconocidas para la mayoría de las familias que dejaban a sus hijos al cuidado de Forcher.  Entonces, según describieron los fiscales Gilberto Robledo y Laureano Dato, se empezó a correr el velo del horror: Forcher, profesor en el Colegio Santa María, jefe del Grupo Scout N° 287 San Cipriano, fue siempre un líder carismático, querido por todos. Pero lo que nadie sabía es lo que ocurría en los campamentos que organizaba con niños y adolescentes: no siempre salían a las afueras de Diamante; también los campamentos tenían lugar en pleno centro de Diamante, sobre calle Belgrano, detrás de la parroquia San Cipriano, o en la casa del jefe del grupo Scout, en Urquiza al 500.

En esas reuniones campamentiles, Forcher organizaba juegos, según el detalle que elaboró el Ministerio Público Fiscal, y que sirvió de base para la acusación. Uno de esos juegos se llamaba “cortar riendas”, liberar la cabeza del pene del prepucio; otra, ocuparse de la depilación de la zona pélvica, alrededor del pene; en ocasiones, someter a cada uno de los adolescentes a una rutina precisa: medir la extensión del miembro viril. Todos esos “juegos”, claro, eran con una condición sine qua non: todos los scouts debían estar completamente desnudos.A lo sumo, con ropas mínimas. Eso era así cuando jugaban al juego de la “toldería de los indios”, y Forcher los hacía desnudar y sólo vestir con taparrabos.

Pero casi siempre el guiño era sacarse la ropa y quedarse desnudos: los chicos del Grupo Scout San Cipriano y también el jefe del Grupo Scout San Cipriano, Juan Carlos Forcher. Todos sin ropa. “No se preocupen, que esto no sale de acá”, los convencía.

 

Forcher Recuso Federal STJ by Entre Ríos Ahora

 

Forcher había sido enviado a la cárcel en 2018, pero su defensor recurrió esa medida, y en 2019 recuperó la libertad por decisión de la Sala Penal del STJ, hasta que la condena quede firme, cuestión que ocurrirá cuando eventualmente se pronuncie la Corte, instancia a la que podrá recurrir en queja.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora