La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer expresó su preocupación y rechazo frente al fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que ayer lunes revocó una sentencia de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad de una reglamentación que permite la pulverización con agrotóxicos a escasa distancia de los caseríos.

Se trata de la resolución provincial Nº 47 de la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales de la Provincia, de 2004, que establece una distancia de 50 metros para el uso de agroquímicos en lugares donde existan casas o caseríos lindantes a lotes de uso productivo. Ésta había sido declarada inconstitucional, en el marco de un amparo ambiental presentado por la ONG Coordinadora por una vida sin agrotóxicos en Entre Ríos: Basta es Basta, que denunció fumigaciones irregulares en Colonia Avigdor, departamento La Paz.

Desde Agmer lamentaron que «desde la máxima autoridad del Poder Judicial de la provincia se siga haciendo oídos sordos al reclamo de las comunidades rurales, que se fundan en el derecho inalienable a vivir en un ambiente sano, para responder a los requerimientos y exigencias de un modelo productivo que ya ha demostrado ser incompatible con el cuidado de los bienes comunes».

«Seguiremos exigiendo desde nuestra organización sindical medidas que protejan a las comunidades y escuelas rurales del flagelo de las fumigaciones, hasta que avancemos hacia otro sistema productivo, respetuoso del medioambiente», concluyeron.

Tal como informó Entre Ríos Ahora, el fallo del STJ fue firmado por Daniel Omar Carubia, Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Susana Medina (en disidencia parcial). Carubia fue el voto principal que argumentó por la nulidad de la sentencia de primera instancia y con duras consideraciones hacia el juez Rodríguez.

En la resolución, el magistrado calificó el pronunciamiento del juez Rodríguez como “un exagerado activismo judicial” ya que en el caso se “revela de modo inequívoco y evidente un manifiesto vicio de incongruencia entre lo demandado y lo sentenciado”. Antes de convertirse en miembro del Poder Judicial, el titular del Juzgado Civil y Comercial de La Paz fue titular de la organización ambientalista M´Biguá.

Entre otras cosas, propició el rechazo del amparo porque existe un trámite administrativo abierto en la Secretaría de Ambiente desde el 11 de febrero, a raíz de la fumigación del 9 de febrero que denunció la ONG ambientalista.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.