El Gobierno provincial dio a conocer este jueves el esperado nuevo decreto que regula la aplicación de agroquímicos cerca de escuelas rurales. La norma intenta dar respuesta a dos actores en pugna: los productores y los ambientalistas.
El fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes, uno de los redactores del nuevo decreto, consideró que la polémica entre ambos sectores continuará a pesar de la nueva normativa.
“Creo que esta historia no va a terminar. Es una historia donde hay posiciones muy antagónicas, en el sentido de que el sector del Foro Ecologista plantea un tipo de producción, no una modalidad en la aplicación de plaguicidas. Ellos plantean un tipo de producción contrapuesto al que se utiliza en Entre Ríos y el país”, dijo Signes este jueves en diálogo con el programa Puro Cuento de Radio Costa Praná 88.1.
Este jueves se conoció el decreto N° 2239/ 19, por el cual el Gobierno entrerriano estableció zonas de exclusión que llegan a los 500 metros, áreas de restricción que llegan a los 3.000 metros y unidades centinelas y de control en escuelas rurales y agrotécnicas para la aplicación de plaguicidas y productos fitosanitarios. También prohibió el uso de máquinas pulverizadoras no registradas e instruyó al Ministerio de Salud a realizar un programa de seguimiento de la salud de agricultores y comunidades rurales.
Las decisiones del Poder Ejecutivo instruye además al Consejo de Educación a elaborar un mapa georeferenciado de las escuelas rurales, y a la Secretaria de la Producción a aplicar un sistema de monitoreo remoto, a reempadronar todos los equipos de aplicación en uso en Entre Ríos y a celebrar convenios de capacitación con el INTA y las universidades.
La decisión del Gobierno sobreviene luego de la batalla judicial que entabló el Poder Ejecutivo en la Justicia a partir de un amparo ambiental que habían presentado en 2018 el Foro Ecologista y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer).
El Fiscal de Estado explicó que la controversia alrededor del tema no culmina con la nueva norma. “La aplicación del plaguicidas en cercanías de escuelas rurales es un capitulo de esa contienda que excede a lo que puedo decir. Simplemente me he limitado a tomar los fallos judiciales, interpretarlos y proyectar un reglamento que recoja principios básicos: no intoxiquemos y preservemos la salud y la gente. Es positivo todo esto, a pesar que hay muchos productores rurales que se han sentido perjudicados por esta sentencia”, dijo.
Luego resumió los aspectos centrales del nuevo decreto sobre aplicación de agroquímicas cerca de escuelas rurales. “Este no es un tema de distancia, es un sistema de control de aplicación de plaguicidas cerca de escuelas rurales. Sustentados en cuatro cláusulas fundamentales: la primera es la unidad centinela, que debe existir en cada escuela. Su jefatura la ejerce el director de la escuela, pero con apoyo de un ingeniero agrónomo. Esta unidad debe recibir la receta agronómica, y tiene que controlar que se haga la aplicación a contraturno, es decir, fuera de hora de clases. Y tiene controlar que la aplicación se haga de acuerdo a las buenas prácticas de aplicaciones de fitosanitarios. Respetando las distancias, el tipo de productos y las condiciones meteorológicas”.
Un segundo punto dijo que es “la necesidad de que a partir de 2020 las aplicaciones se puedan transmitir vía internet a un centro que esté controlándola online”.
En tercer término, señaló que está la obligatoriedad de que las máquinas pulverizadoras tienen que estar debidamente homologadas y registradas ante la autoridad de aplicación.
En cuanto a las distancias de aplicación, que se discutieron en la justicia, el funcionario explicó: “De 0 a 100 metros no se puede aplicar ningún producto por vía terrestre; de 0 500 metros tampoco se puede aplicar en forma aérea. Esa es una primera zona de exclusión, después hay una zona de restricción, donde los productos de las clases toxicológicas 1A, 1B y 2B no se pueden aplicar y sí se pueden aplicar de la clase 3 y 4. En una segunda zona, para las aplicaciones aéreas, de 100 a 3 mil metros no se pueden aplicar los productos 1A, 1B y 2B; y sí se puede aplicar el 3 y 4”.
Finalmente, Signes destacó que el nuevo decreto atiende los señalamientos de los diferentes fallos judiciales, y que se tuvieron en cuenta los informes del ministerio de Salud, Ambiente, y organismos como el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet).
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.